5/08/2010

Aunque no reformó el artículo cuarto de la Constitución
Continúa proceso penal en Veracruz contra 3 mujeres por aborto


Por Anayeli García Martínez

México, D.F., 7 may 10 (CIMAC).- El “indulto” otorgado por el gobernador de Veracruz, Fidel
Herrera Beltrán, a 8 mujeres presas en distintos penales del estado por interrumpir un embarazo no deseado, quedó sólo en “promesa” porque cinco de las nueve acusadas ya están libres, obtuvieron su libertad por el “beneficio de la liberación anticipada”.

En entrevista, Araceli González Saavedra, activista e integrante de la organización civil Xochiquetzal, dijo que cinco mujeres están libres luego de que recurrieron a la figura jurídica del “beneficio de la liberación anticipada”, la cual se les concedió debido a que “cumplieron su deuda con la sociedad” y presentaron buena conducta, problemas de salud, o cumplieron la mitad de su condena que pudo ser de tres a 12 años de prisión.

No obstante, en Veracruz aún hay tres mujeres que están enfrentando un proceso penal por interrumpir un embarazo no deseado. Por ello la activista afirmó que si bien es cierto que las mujeres del estado celebran que el Congreso estatal rechazara ayer, en segunda vuelta, la reforma al artículo cuarto de la Constitución local, que buscaba “proteger la vida desde el momento de la concepción y hasta la muerte natural”, aún tienen un largo camino por recorrer.

TODAVÍA ES UN DELITO

En la discusión de ayer, en el Congreso, no se alcanzó el número de votos suficientes para que fuera aprobada esta reforma -pues se necesitaban 34 votos a favor y sólo se obtuvieron 25- sin embargo, el aborto aún es considerado un delito, señaló González Saavedra.

Además González Saavedra explicó, que de acuerdo con el trabajo de investigación de Xochiquetzal, de las nueve mujeres acusadas por aborto que se tiene registro, tres continúan un proceso legal de desahogo de pruebas, que podría llevar hasta ocho meses para después dictarles una sentencia.

De estas mujeres acusadas de “aborto o de homicidio”, una permanece en la cárcel porque su abogado le recomendó no aceptar la liberación. De acuerdo con Araceli González Saavedra, no se sabe porqué esta mujer decidió eso, y tampoco cuentan con las fechas exactas de la liberación de cada una, pero en próximos días tendrán toda la información recabada.

EL CÓDIGO PENAL DE VERACRUZ

El 17 de noviembre de 2009, el congreso estatal aprobó reformas a los artículos primero y cuarto de la Constitución local para “proteger la vida desde el momento de la concepción y hasta la muerte natural”, y al artículo 150 del Código Penal veracruzano para establecer una sanción de “atención psicológica” y 9 mil pesos de multa a las mujeres que interrumpieran por primera vez un embarazo.

Tiempo después el gobernador de la entidad, envió al congreso otra propuesta que buscaba dar marcha atrás las sanciones penales y económicas para las mujeres que abortaran, propuesta que fue discutida el 3 de diciembre de 2009 en el congreso.

En esa ocasión las y los legisladores rechazaron la propuesta del gobernador quedando en el sentido de que “se sancionaría a la mujer que aborte o consienta se le provoque el aborto, con atención médica y educativa integral, mientras que a quien la ayude, es decir el médico, enfermera, comadrona o partera, recibiría de seis meses a dos años de cárcel y multa económica”.

De esta forma las veracruzanas que aborten recibirán atención médica, psicológica y educación para impedir que vuelvan a interrumpir un embarazo.

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