Se certificará a empresas sin opinión de las mujeres, advierten
La
nueva Norma Mexicana sobre Igualdad Laboral, que presentó recientemente
el Ejecutivo federal, no resuelve las deficiencias de las normas
pasadas, ya que aún no es obligatoria para todos los centros de trabajo,
deja la certificación y auditorías en manos de empresas externas, y su
órgano máximo de regulación no está integrado por grupos civiles ni
académicas, observó la Red de Mujeres Sindicalistas.
La Secretaría de Economía publicó el pasado 19 de octubre en el Diario
Oficial de la Federación (DOF) la NMX-R-025-SCFI-2015, que establece los
criterios bajo los que deben evaluarse las prácticas de los centros de
trabajo en materia de igualdad laboral y no discriminación.
Esta nueva Norma cancela la NMX-R-025-SCFI-2012 sobre igualdad y no
discriminación que instrumentaba la Secretaría de Trabajo y Previsión
Social (STyPS), y fusiona los certificados del Modelo de Equidad de
Género (MEG), del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), y el de
Institución Comprometida con la Inclusión, del Consejo Nacional para
Prevenir la Discriminación (Conapred).
Tras analizar el nuevo mecanismo, Norma Malagón, integrante de la Red de
Mujeres Sindicalistas, dijo a Cimacnoticias que si bien no deja de ser
un avance que México tenga normas y certificaciones que promuevan la
igualdad laboral entre mujeres y hombres, la nueva Norma –que tardó 14
meses en publicarse– no resuelve de fondo las deficiencias que
presentaban los modelos anteriores.
Por ejemplo –acotó Malagón–, la nueva NMX-R-025-SCFI-2015 es voluntaria y
no una obligación para todas las empresas, igual que los mecanismos
anteriores que –en el caso del Inmujeres– certificaron de 2003 a 2013
menos de tres mil centros de trabajo de los casi seis millones de
establecimientos (con una planta femenina de 43 por ciento), que
contabilizó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en
todo el país.
La experta recordó que además son los micronegocios las principales
fuentes de empleo de las mexicanas, y no los grandes corporativos que
suelen acceder a esta certificación.
La también integrante de la Campaña Trabajo Digno criticó que esta nueva
Norma prevea un Consejo Interinstitucional que regule el trabajo de los
“organismos de certificación” (empresas externas que realizan las
auditorias), así como las modificaciones que deban hacerse, pero que
está integrado sólo por el Inmujeres, la STyPS y el Conapred, sin la
presencia de representantes ciudadanos y de las y los trabajadores.
“Mientras no esté la parte de las trabajadoras, sigue siendo una mirada
desde las autoridades y las empresas, y quedan de lado las propuestas,
el dictamen y las alternativas que puedan dar las trabajadoras a esta
Norma”, subrayó la sindicalista.
Otra ausencia de la NMX-R-025-SCFI-2015 –de acuerdo con Malagón– es el
seguimiento que debe hacerse a las empresas una vez certificadas, ya que
se prevé que esta certificación tenga una vigencia de cuatro años
durante los que se hará sólo una auditoría de “vigilancia” a la mitad
del periodo.
También se establece que esta revisión –bajo la que se decidirá la
permanencia, suspensión o cancelación definitiva del distintivo– tendrá
que ser programada con anticipación, y en caso de que se descubra que el
centro de trabajo ya no cumple con los estándares de igualdad tendrá
hasta 60 días hábiles para solventar los requisitos.
Malagón observó que el hecho de que los centros de trabajo que quieran
certificarse tengan que contratar a una empresa externa como auditora
(previamente avalada por las instituciones de gobierno, pero sin que se
establezca en la Norma los estatutos de contratación) podría derivar en
que “predominen intereses económicos”, por lo que –observó– lo mejor
sería dejar esta tarea a los órganos académicos.
La también experta en trabajo de las mujeres recordó que una de las
razones para modificar la Norma era la de empatarla con las
modificaciones que en 2012 se hicieron a la Ley Federal del Trabajo,
pero –lamentó– sin que se resuelva el problema de fondo que trajo esta
legislación: la estabilidad laboral.
Para acreditarse en la NMX-R-025-SCFI-2015, los centros de trabajo deben
comprobar que cuentan por escrito con una política de igualdad laboral y
no discriminación, y con un grupo o comité que vigile la implementación
de esta política; además, debe garantizar un reclutamiento y selección
de personal sin discriminación, igualdad en la remuneración, así como
dar prestaciones y compensaciones para todo el personal.
Las empresas también deben realizar auditorías internas, medir el clima
laboral, tener un código de ética, tener procesos de ascenso y
permanencia con igualdad, así como tener capacitación, formación y
adiestramiento con igualdad de oportunidades.
A la par, los centros de trabajo deben demostrar un plan de capacitación
y sensibilización en igualdad laboral y no discriminación; utilizar
lenguaje incluyente y no sexista; realizar acciones a favor de la
corresponsabilidad familiar; ser accesibles con las personas con
discapacidades, y tener mecanismos para sancionar prácticas
discriminatorias.
También se pide que 40 por ciento de personas sea del mismo sexo; tener
40 por ciento de mujeres en los puestos directivos; tener 5% de personal
con discapacidad; contar con un “ombudsman”; y realizar actividades
exclusivamente para fomentar la igualdad y no discriminación.
De acuerdo con lo que establece la Norma, los centros de trabajo que se
certifiquen tendrán como beneficio obtener puntos en el caso de
licitación pública para la adquisición de bienes, arrendamientos o
servicios que utilicen la evaluación de puntos y porcentajes en los
términos del artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público.
Por: Angélica Jocelyn Soto Espinosa
Cimacnoticias | México, DF.-
No hay comentarios.:
Publicar un comentario