Fueron acusadas de homicidio agravado
Tres
salvadoreñas privadas de su libertad por más de 9 años acusadas de
homicidio agravado luego de sufrir complicaciones obstétricas,
recuperaron hoy su libertad luego de que la Corte Suprema de Justicia
(CSJ) conmutó las penas para Alba Lorena Rodríguez, María del Tránsito
Orellana, y Cinthia Marcela Rodríguez, por considerarlas
desproporcionadas e inmorales.
Alba Lorena Rodríguez tuvo un parto extrahospitalario en su casa, el
23 de diciembre del 2009. Fue trasladada al Hospital Nacional de San
Rafael, donde fue detenida y acusada de homicidio agravado.
El 15 de julio de 2010 fue condenada a 30 años de prisión. La CSJ
basó la conmutación de Alba en razones de equidad y justicia, necesidad
de reconsiderar el quantum de la pena, y análisis de cuestionamientos
sobre aspectos procesales alegados en la solicitud.
La Corte valoró que “un juez o jueza, equitativo es quien, sin
transgredir el derecho, toma en cuenta las peculiaridades del caso y las
consecuencias que podrían derivarse” regulado en el Código de Ética
Judicial. Reconoció que en el caso de Alba “se dieron un conjunto de
situaciones que le impidieron un óptimo desarrollo de su personalidad”,
por ejemplo, se le vedó una educación que le permitiera tener un mayor
nivel de análisis.
En su niñez, Alba fue víctima de violación y de trabajo infantil, por lo tanto, es analfabeta y vive depresión.
María del Tránsito Orellana se desempeñaba como trabajadora del hogar
cuando sufrió un parto extrahospitalario el 5 de marzo del 2010. Fue
traslada al ahora llamado Hospital Nacional de la Mujer donde fue
detenida. El 1 de octubre del 2010, fue condenada a 30 años de prisión
por homicidio agravado.
La Corte basó la conmutación para ella en “razones de moral, equidad y
justicia, aprovechamiento del tiempo en prisión, y análisis de los
argumentos de naturaleza procesal alegados en la solicitud.” Las y los
magistrados reflexionaron que en el momento del parto, María no contaba
con asistencia sanitaria de ningún tipo, tampoco se encontró presente el
progenitor del bebé, por lo tanto ella se encontró en una etapa de
alta vulnerabilidad.
Cinthia Marcela Rodríguez tuvo un parto extrahospitalario el 4 de
julio del 2008, sin ningún tipo de asistencia médica. El 20 de agosto
2009 fue condenada a 30 años de prisión por homicidio agravado.
En su caso, la conmutación de la pena está fundamentada en “razones
de equidad y justicia, legitimidad moral de la ejecución total de la
pena y repercusión en el proyecto de vida de Cinthia, y fundamentos
jurídicos y políticas nacionales e internacionales que ponen de
manifiesto la necesidad de repensar la respuesta penal frente a este
tipo de casos”.
La corte valoró que Cinthia creció con limitados recursos económicos,
por lo que a temprana edad comenzó a trabajar como empleada del hogar,
en una maquila y como ordenanza. A los 15 años de edad vivió en unión
libre, pero enfrentó el embarazo y el parto en soledad. Ella recobró su
libertad después de 11 años, un mes y tres días en prisión.
Las integrantes de la “Agrupación Ciudadana por la Despenalización
del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico en El Salvador”, organización
que defiende los derechos de las “17 y más” mujeres privadas de
libertad por delitos relacionados con complicaciones obstétricas o
aborto, se mostraron satisfechas con estas resoluciones.
Cabe recordar que en 2014, la Agrupación llamó a los tres poderes de
gobierno a conceder el indulto a 17 mujeres criminalizadas por abortar,
algunas de ellas condenadas a 40 años de prisión.
Como parte de la “Campaña sobre despenalización del aborto en El
Salvador”, la organización civil pidió aplicar la “Ley Especial de
Ocursos de Gracia” que permite que la Asamblea Legislativa, la Corte
Suprema de Justicia y al presidente, concedan el indulto a 17 mujeres
que fueron acusadas de aborto, pero que al final fueron condenadas por
homicidio agravado, lo que derivó en que la mayoría de ellas paguen
penas de entre 30 y 40 años de prisión.
La organización presentó formalmente ante la Asamblea Legislativa 17
solicitudes de indulto que corresponden a mujeres que fueron
perseguidas, acusadas y condenadas, sin contar con el apoyo legal
apropiado para ser escuchadas y defenderse adecuadamente.
En los casos presentes, el equipo de defensa fue acompañado por la
Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (Fespad), quien
consideró que debido al litigio estratégico “se están generando cambios
institucionales y jurisprudenciales.”
Subrayaron la importancia de sentar precedentes para lograr garantías
mínimas del debido proceso, el acceso a la justicia y a eliminar
patrones discriminatorios desde la institucionalidad del Estado.
Imagen cortesía de Agrupación Ciudadana |Foto:Clanci Rosa
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México
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