Al desechar solicitud de interpretación sobre sentencias de Inés y Valentina
Por Anayeli García Martínez
México, DF, 14 jun 11 (CIMAC).- Al desestimar la solicitud de interpretación que el Estado mexicano hizo sobre las sentencias de las indígenas tlapanecas Inés Fernández y Valentina Rosendo, violadas por militares en 2002, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) refrendó la obligación de reformar la jurisdicción militar.
En entrevista desde Costa Rica, Agustín Martin, abogado del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) –organización que litigó ambos casos ante el sistema interamericano– explicó que con esta nueva resolución el alto tribunal reitera el “hecho probado” de que fueron soldados los responsables de la violación sexual de Inés y Valentina.
El 1 de octubre de 2010, la CoIDH notificó al Estado mexicano las sentencias sobre los casos de Inés y valentina. En ambos fallos determinó graves violaciones a Derechos Humanos y la responsabilidad del Estado por la violación sexual ejercida por miembros del Ejército mexicano en contra de las indígenas tlapanecas ocurrida en 2002.
El 29 de diciembre de 2010, dos meses después de notificadas las sentencias, el Estado mexicano solicitó a la CoIDH la interpretación “sobre cuestiones específicas”. De acuerdo con el abogado, con este recurso jurídico lejos de pedir que se aclararan dudas, se cuestionaron los fallos al hacer alusiones sobre el actuar del tribunal.
Agustín Martin señaló que uno de los argumentos del Estado mexicano fue afirmar que estas sentencias contravienen la presunción de inocencia establecida en la Convención Americana ya que la CoIDH actúo como un tribunal penal interno al señalar como presuntos responsables a miembros del Ejército mexicano.
Sin embargo, la CoIDH afirmó que lo anterior es un hecho probado, es decir, hay pruebas suficientes que apuntan a la responsabilidad de soldados; sin embargo no menciona culpables directos, por el contario, exhortó al Estado mexicano a llevar a cabo las diligencias que esclarezcan los hechos, por lo cual no viola la Convención Americana, afirmó el abogado.
Aclaró que una vez que la Corte desestimó la solicitud de interpretación, se reafirmó la obligación del Estado mexicano de cumplir las sentencias. Cabe señalar que hasta el momento no se han cumplido los puntos sustanciales: la reforma al artículo 57 del Código de Justicia Militar y trasladar las investigaciones a la jurisdicción civil.
El pasado 15 de marzo dependencias federales y estatales realizaron un acto protocolario para instalar las mesas de trabajo para el cumplimiento de las sentencias. Un mes después, el 5 de abril, las autoridades comenzaron a trabajar sobre las reparaciones relativas a la salud y educación, pero hasta el momento no se tienen resultados concretos.
Por otra parte, el proceso penal que continúa en la jurisdicción militar tampoco tiene avances. Desde el 19 de mayo, cuando se reunieron representantes de la Procuraduría General de la República y de la Secretaría de Gobernación para analizar el proceso de ambos casos, no hay más respuesta por parte de las autoridades.
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