El Senado exhortó a los Congresos estatales a legislar en materia de
“Alienación Parental”, pese a que es una figura jurídica controversial,
criticada por organismos civiles en defensa de la infancia e incluso
por legisladoras y legisladores, ya que fomenta la idea de que en los
casos de violencia familiar o divorcio las mujeres manipulan y las niñas
y niños mienten.
A propuesta de la Comisión de Familia y Desarrollo Humano, este jueves
el Senado llamó a las Legislaturas locales a incorporar este concepto en
sus Códigos Civiles o Familiares a fin de proteger el interés superior
de la infancia.
En el dictamen se señala que el Síndrome de Alienación Parental (SAP)
–que tiene sus orígenes en una teoría psiquiátrica– surge casi
exclusivamente en batallas por la custodia de las y los niños, quienes
exhiben conductas desafiantes ante uno de los padres, actitudes que son
apoyadas por el otro progenitor.
“Los padres que recurren a alienar a sus hijos del otro, exacerban las
actitudes de triangulación y los conflictos de lealtad que ya existen en
el niño o niña, violentando de esta manera su desarrollo psicológico y
su proceso de duelo, así como violentando al progenitor alienado”, dice
el documento.
En la argumentación del Senado también se indica que el SAP perpetúa la
desigualdad de género porque resta importancia de ambos padres en la
formación.
De acuerdo con la Comisión de Familia y Desarrollo Humano actualmente 16
entidades federativas ya cuentan con la figura legal de la Alienación
Parental por lo que el resto de los estados debe integrarla a su
legislación.
Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Durango,
Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro,
Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Ciudad de México reconocen este
término.
EXHORTO ABERRANTE: TAGLE
Al respecto la senadora independiente, Martha Tagle Martínez, argumentó
en contra de este exhorto al señalar que no tenía fundamento legal y era
una aberración porque se utiliza para complicar los divorcios y señalar
que las niñas y niños no pueden definir con cuál de sus padres quieren
estar.
En el caso de la capital del país, el 15 de diciembre de 2013 la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó reformar el
Artículo 323 séptimus del Código Civil capitalino para legalizar el
término “alienación parental”, reforma promulgada el 9 de mayo de 2014.
Sin embargo, la sociedad civil alertó del significado estereotipado que
promueve la idea de que en los casos de violencia familiar y divorcio
las mujeres manipulan a sus hijas e hijos para que estén en contra de
sus padres y los acusen de ejercer violencia.
En su momento agrupaciones como Ririki señalaron que esta figura también
se podría usar para desvalorizar los testimonios de niñas y niños que
son víctimas de abuso sexual o violencia familiar por parte de uno de
sus padres.
Sobre este tema la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
(CDHDF) también criticó que se pretendiera solucionar el problema de
violencia familiar con esta reforma que no fue redactado atendiendo al
principio del interés superior de la infancia.
Ante ello el 9 de junio de 2014 la CDHDF presentó ante la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad
(19/2014) al considerar que el artículo es violatorio de los Derechos
Humanos de niñas, niños y adolescentes, resolución que aún está
pendiente.
CIMACFoto:César Martínez López Por: la Redacción Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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