Medida cautelar y tutelar
Desecha las reclamaciones y decide mantener la suspensión
Seguirán altos funcionarios con ingresos superiores al Presidente
La medida, hasta que se resuelva si la legislación es constitucional
La segunda sala pidió el refuerzo de un ministro para evitar el empate
Se previene el daño
que pueda ocasionarse a la sociedad en general: ministros
▲ Tras el fallo de la segunda sala, corresponde al pleno de la SCJN
decidir acerca de la constitucionalidad de la Ley Federal de
Percepciones de los Servidores Públicos.
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) desechó los recursos de reclamación presentados por el
Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión en contra de la resolución que
suspende la entrada en vigor de los efectos de la Ley Federal de
Percepciones de los Servidores Públicos.
A consecuencia de lo anterior, los ingresos de los altos funcionarios
de organismos autónomos, como la Comisión Federal de Competencia
Económica (Cofece), se mantendrán hasta que el máximo tribunal resuelva
si la legislación es constitucional o no.
La SCJN desahogó los recursos presentados en contra de la suspensión
que otorgó en diciembre pasado el ministro Alberto Pérez Dayán, que
impide la aplicación de la Ley Federal de Percepciones de los Servidores
Públicos, norma que establece una percepción de 108 mil pesos mensuales
como salario máximo para el Presidente de la República y que ningún
otro funcionario pueda recibir un ingreso superior al del jefe del
Ejecutivo federal.
Votaron en favor de mantener la suspensión de los efectos de la ley
de percepciones los ministros Alberto Pérez Dayán, Eduardo Medina Mora y
Luis María Aguilar (este último pertenece a la primera sala, pero se
solicitó su participación en la segunda sala para lograr una votación
mayoritaria, debido a que la ministra Margarita Luna Ramos se encuentra
de vacaciones y al votarse los proyectos presentados podría darse un
empate).
En tanto, los ministros Javier Laynez Potisek y Franco González Salas votaron en contra de la suspensión otorgada.
Sin embargo, al no alcanzar la mayoría se mantienen los efectos de la
suspensión y ahora sólo queda esperar que el pleno de la Suprema Corte
resuelva sobre la constitucionalidad de la ley de percepciones, la cual
ha sido impugnada por las comisiones Nacional de los Derechos Humanos y
Federal de Competencia Económica, así como por integrantes del Congreso y
más de 3 mil servidores públicos que promovieron solicitudes de amparo.
Durante la sesión de ayer, al analizar los recursos de reclamación
91/2018-CA, 92/2018-CA y 95/2018-CA, derivados de la acción de
inconstitucionalidad promovida por una minoría en el Senado, la segunda
sala de la SCJN resolvió que en caso de revocar la suspensión otorgada
por el ministro Pérez Dayán
se podrían vulnerar de manera irreparable derechos fundamentales de los servidores públicos.
Lo anterior, al considerar que el artículo primero de la Constitución federal,
en sus párrafos segundo y tercero, establece que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esa Constitución y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Manifestaron que la suspensión es constitucionalmente válida, de
acuerdo con el último párrafo del artículo 64 de la ley reglamentaria de
las fracciones I y II del artículo 105 constitucional, y
lleva a sostener, como excepción, que es factible conceder la suspensión en aquellos casos en que se controviertan normas generales que impliquen o puedan implicar la transgresión de derechos fundamentales, de acuerdo con lo planteado por el ministro Luis María Aguilar Morales, quien participó en la votación de estos recursos en suplencia de Margarita Luna Ramos.
Por tres votos contra dos, se ratificó que, de acuerdo con criterios
de la SCJN, la suspensión no es sólo una medida cautelar, sino también
tutelar para prevenir el daño trascendente que se pueda ocasionar no
sólo a las partes, sino a la sociedad en general.
Por lo anterior, la suspensión solicitada en la acción de
inconstitucionalidad presentada por una minoría de senadores de PRI,
PAN, PRD, MC y uno sin partido, sigue vigente y con ello se mantienen
suspendidos los efectos de la Ley Federal de Remuneraciones de los
Servidores Públicos.
Foto Cristina Rodríguez
Gustavo Castillo García
Periódico La Jornada
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