Decisión histórica
Declaró inconstitucional una fracción de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
En una decisión considerada histórica por los propios
ministros, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que
se suprima del sistema jurídico la fracción de una ley general.
En sesión del pleno y por ocho votos contra tres llevaron a cabo la
declaratoria general de inconstitucionalidad del inciso b, fracción IV,
del artículo 289 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión, que imponía sanciones a los concesionarios de radio y
televisión cuando incurrían en incumplimientos a la legislación con
montos de uno a 3 por ciento de sus ingresos acumulables.
La Ley de Amparo señala que para que la Corte realice una
declaratoria general de inconstitucionalidad debe sentar jurisprudencia
(lo que ocurrió entre julio y noviembre de 2017) y notificar de ello al
Congreso. Dado que los legisladores no modificaron o derogaron la norma,
la Corte emitió la resolución.
De esta manera, se procedió a realizar la declaratoria general de inconstitucionalidad y la sentencia se remitirá al Diario Oficial de la Federación y al órgano oficial en que se publicó la norma para que se divulgue la decisión judicial.
En este caso votaron a favor de la declaración general de
inconstitucionalidad los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena,
Margarita Luna Ramos (quien interrumpió sus vacaciones para participar
en la discusión y votación del caso), Franco González Salas, Luis María
Aguilar Morales, Eduardo Medina Mora, Javier Laynez Potisek, Alberto
Pérez Dayán y Arturo Zaldívar.
En contra de la declaratoria votaron Juan Luis González Alcántara
Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo y la ministra Norma Lucía Piña
Hernández.
Gustavo Castillo García
Periódico La Jornada
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