Los médicos no son jueces. Son primero personas y después médicos. Como seres humanos tienen derecho a decidir el tipo de acciones en las cuales se quieren o no implicar. Lo mismo debe decirse del resto del personal sanitario vinculado con enfermos; los encargados de vender medicamentos o las enfermeras también pueden apelar a su conciencia y su moral para ejercer o no determinadas actividades. A esa diatriba se le ha denominado objeción de conciencia. El origen de esa conducta no nace de problemas sanitarios, sino de temas militares. Surge a partir del rechazo de los ciudadanos que se rehúsan a participar en actividades bélicas por no estar de acuerdo con ellas. A esa conducta se le denomina objeción de conciencia al servicio militar.
“La objeción de conciencia –explica el Observatorio de Bioética y Derecho de Barcelona– es la negativa de una persona a realizar ciertos actos, o a tomar parte en determinadas actividades, que le ordena la ley o la autoridad competente, basándose en razones de convicción moral”. De acuerdo con esa definición, el personal sanitario puede decidir si participa o no en actos de acuerdo a sus convicciones morales. Rehusarse a realizar un aborto, a vender la píldora del día siguiente o a asistir a un enfermo terminal y acelerar su muerte, son ejemplos donde los principios morales de las personas pueden prevalecer sobre la solicitud de los individuos que requieren apoyo profesional.
Es lícito no participar contra lo que dicta la propia conciencia. Lo que es ilícito es que quien rehúsa participar se convierta en juez, y no sólo no acate la solicitud de los enfermos o de las personas que requieren su asistencia, sino que las acusen ante las autoridades, o incluso, en algunos casos, deformen la realidad y modifiquen diagnósticos. En el affaire de las siete campesinas guanajuatenses presas por abortar –y aquí entra el segundo tópico– los médicos, integrantes de la red de salud de Guanajuato, en connivencia con el sistema de salud y con el gobierno estatal acusaron a las campesinas, sin razón, de haberse producido el aborto. De acuerdo con la versión de las demandadas, los abortos fueron espontáneos.
Las razones esgrimidas por el gobierno de Guanajuato para encarcelar a las mujeres son decimonónicas, clasistas y sexistas: la elite jurídica de ese estado las condenó a 35 años de prisión por homicidio en razón de parentesco
. Decimonónicas: el sistema jurídico de ese estado y de muchos otros sitios de la República poco ha avanzado. Clasista: las encarceladas no pertenecen al cuerpo político del gobierno guanajuatense ni a la elite económica. Sexista: en caso de que los abortos hubiesen sido realmente inducidos, ¿se hubiese apresado a la pareja de la madre que abortó? En el asunto guanajuatense, la cruda idea de que en México a algunas mujeres se les demoniza más cuando son pobres, indígenas, incultas y mujeres es tristemente cierta.
La tragedia de las campesinas guanajuatenses es la tragedia de México. La espiral de la indecencia de nuestros gobiernos carece de límites. Es muy probable que algunos de los abortos referidos sean secundarios a problemas de salud o a la mala alimentación de las madres, o bien, a la pésima atención médica que suele ofrecer nuestro gobierno, y/o a las condiciones de miseria en las que pervive la mitad de la población. Todas esas lacras son responsabilidad del gobierno actual y de los previos. A las lacras previas debe ahora sumarse la injerencia de la Iglesia en la vida de las personas y su acercamiento con el clero político que dirige nuestro país; esa injerencia, documentada en la tragedia de las campesinas guanajuatenses pretende avanzar y modificar la laicidad del gobierno.
La objeción de conciencia de los médicos puede ser nefasta. Si los médicos, arropados por gobiernos y sistemas de salud arcaicos, se convierten en jueces, algunas personas, sobre todo las que no pueden acceder a la justicia, se convierten, con facilidad, en víctimas. Las convicciones morales de algunos galenos no les confiere el diploma de jueces. Para atenuar ese mal, la Secretaría de Salud debería exigir que cada médico llene un cuestionario ad hoc, donde los objetores de conciencia expresen sus convicciones. A partir de esos cuestionarios la Secretaría de Salud tendría la obligación de ofrecerles, a los usuarios que lo soliciten y, cuando sea necesario, otras posibilidades sanitarias.
En un Estado laico la opinión personal no puede transformarse en ley. En México, los vínculos entre Iglesia y clero político pretenden borrar la autonomía de las personas, así como la libertad de conciencia y de ideología.
*Fragmentos del texto expuesto el 14 de septiembre en el Foro Estado laico, derechos reproductivos y objeción de conciencia, efectuado en la Facultad de Medicina de la UNAM.
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