REPORTAJE
Tras fallo de SCJN, piden castigo a militares agresores
Por Anayeli García Martínez
México, DF, 19 jul 11 (CIMAC).- Las víctimas de la militarización están expectantes ante el cumplimiento de la histórica resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual por unanimidad determinó que el fuero militar no puede investigar violaciones a Derechos Humanos (DH) cometidas por las fuerzas armadas.
Aquellas mujeres y hombres que desde 2006 –cuando el Ejecutivo federal ordenó al Ejército y Marina salir a las calles y poblados a combatir el narcotráfico y la delincuencia organizada– exigen la reparación del daño, el esclarecimiento de la verdad y la justicia, hoy también esperan ver materializado el cese de la impunidad castrense.
Así coincidieron representantes de organizaciones civiles como el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), Tlachinollan, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) y la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos (Afadem).
Estas organizaciones que han acompañado a víctimas de violaciones a DH por parte de militares, aseguran que el reto futuro es que la Procuraduría General de la República (PGR) sea congruente con la resolución de la SCJN y atraiga todos los casos que actualmente se investigan en tribunales castrenses, y por su parte, que los jueces militares declinen su competencia a favor de la jurisdicción civil.
Antes de esta resolución los efectivos castrenses eran juzgados en tribunales militares conforme al artículo 57 del Código de Justicia Militar que señala que el fuero de guerra subsiste para los delitos contra la disciplina militar, por lo que casos como la violación sexual de las indígenas tlapanecas Inés Fernández y Valentina Rosendo se investigan en tribunales militares.
En entrevista con esta agencia, Santiago Aguirre, abogado de Tlachinollan, organización que llevó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) el caso de las indígenas violadas por militares en 2002, afirmó que con la resolución de los ministros se prevé que se restrinja el fuero militar y que las víctimas enfrenten un proceso penal en instancias adecuadas.
INTERPRETACIÓN DE LA SCJN
Durante seis sesiones, que se realizaron entre el 4 y el 14 de julio, el alto tribunal mexicano analizó el cumplimiento de la sentencia de la CoIDH sobre la desaparición forzada del líder social Rosendo Radilla Pacheco, caso que sentó un precedente sobre la interpretación del fuero militar.
El debate entre los ministros abarcó temas como la aplicación del artículo 1 constitucional, las facultades de los jueces para inaplicar leyes y los alcances de tratados internacionales como la Convención Americana de Derechos Humanos y de las recomendaciones de organismos internacionales.
A decir de la abogada del Centro Prodh, Jaqueline Saenz, y del abogado de Tlachinollan, Santiago Aguirre, pese a que las organizaciones han reiterado que las sentencias son obligatorias, celebran que la SCJN reafirmara este criterio y recordaron que estos son fallos de un tribunal que fue creado a partir de la Convención Americana, un tratado que México firmó en 1969 y ratificó en 1981.
“En esa medida vinculan al Estado mexicano en los tres niveles y en los tres Poderes, pero nunca está de más que esa obligatoriedad sea reiterada y explicitada por el máximo tribunal nacional, sobre todo en un país donde la cultura jurídica ha sido muy reacia a aceptar el derecho internacional de los Derechos Humanos”, dijo Santiago Aguirre.
La discusión sobre la obligatoriedad de acatar la sentencia de la CoIDH en el caso Rosendo Radilla Pacheco inició el 31 de agosto de 2010 y concluyó casi un año después, el 14 de julio de 2011, cuando se determinó que el fallo de la CoIDH es obligatorio y que su jurisprudencia es orientadora para todos los jueces del país.
Asimismo los ministros analizaron y reconocieron la reforma al artículo 1 de la Constitución, que ahora obliga a interpretar las leyes relativas a DH conforme a los tratados internacionales, uno de ellos, la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José.
A pesar de las resistencias iniciales de los ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Luis María Aguilar Morales, al final la SCJN determinó por unanimidad de 10 votos que “el fuero militar, frente a situaciones que vulneren DH de civiles, bajo ninguna circunstancia puede operar”, tal y como lo afirmó la CoIDH en cuatro sentencias.
EXPECTACIÓN
En una decisión sin precedentes, el 12 de julio, los ministros resolvieron que todos los jueces pueden inaplicar una ley si consideran que va en contra de tratados o convenciones internacionales, y acordaron restringir el fuero militar cuando se trate de violaciones a DH vulnerados por miembros de las fuerzas armadas.
Por lo anterior, las organizaciones confían en que, como lo ha reiterado el sistema interamericano de DH, las autoridades civiles conozcan e investiguen todos los casos de violaciones a DH donde se han visto involucrados elementos castrenses, ejemplo de ello son las violaciones sexuales de las indígenas Valentina Rosendo e Inés Fernández.
Por lo pronto, la SCJN informó que tras una reunión que el 15 de julio sostuvieron el secretario ejecutivo de la CoIDH, Pablo Saavedra Alessandri, y altos funcionarios del Poder Judicial y la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), se acordó realizar un curso introductorio para la capacitación de jueces y magistrados en materia de DH.
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