Alejandro Encinas Rodríguez
La iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo presentada por el PRI coincide en lo fundamental con la llamada “Ley Lozano”, busca adoptar el modelo neoliberal de las llamadas reformas estructurales como la “flexibilización de las relaciones de trabajo”, que no es otra cosa que la protección de los intereses de los patrones y la anulación de los principios fundamentales del artículo 123 de nuestra Constitución.
Con dicha propuesta, que refrenda la alianza PRI-PAN, se continúa el ciclo de contrarreformas que inició en el régimen de Miguel Alemán con la reforma al artículo 27 constitucional que estableció los certificados de inafectabilidad agraria para frenar el reparto agrario iniciado por el presidente Cárdenas, y que tuvo su auge con la ola de reformas del salinismo, que entre otros asuntos eludió la responsabilidad social del Estado en la educación, al eliminar del artículo 3º constitucional la obligatoriedad de la educación media superior, la reforma al artículo 27 que promueve la privatización del ejido. Ahora, aunado al intento privatizador del petróleo de la nación, se pretende dar un golpe definitivo a la que fue la “primera constitución social del mundo”.
Para lograr esta contrarreforma, se ha minando sistemáticamente al movimiento obrero, favoreciendo al sindicalismo oficial, que no ha reparado en legitimar el gobierno de Calderón a cambio de mantener sus privilegios, se alienta a los sindicatos de protección y se golpea al sindicalismo independiente, como sucede con el Sindicato Mexicano de Electricistas y con la disidencia dentro del sindicalismo oficial.
La iniciativa representa un profundo retroceso a los derechos de los trabajadores, menoscaba la estabilidad en el empleo, el salario remunerador, su seguridad social y la libertad sindical, conservando los intereses del charrismo para mantener el control de los trabajadores.
Rompe con el principio de estabilidad en el empleo que garantiza la existencia de un contrato mientras subsista la materia de trabajo y permite el libre despido al proponer contratos a prueba, para capacitación inicial y para labores discontinuas.
Se incrementan las causales de despido. Legitima las renuncias “en blanco” y crea normas dirigidas a los jornaleros agrícolas, creando un registro especial de trabajadores eventuales o de temporada, al tiempo que se reduce el pago de los salarios caídos a un año, al margen del tiempo que dure el juicio laboral.
Desaparece el salario mínimo, creando el “salario infinitesimal”, ya que permite el pago de manera proporcional por el tiempo laborado a partir del salario mínimo. Así, si se trabaja una hora diaria, se pagará un octavo del mismo, es decir, $7.47 por hora.
Legaliza la subcontratación, suprimiendo la responsabilidad solidaria del patrón, al permitir que en una misma empresa existan trabajadores desempeñando las mismas funciones con diferente salario y prestaciones. Permite la modificación de la jornada de trabajo y los días de descanso en función de las necesidades de la producción. Fragmenta las organizaciones de los trabajadores, pudiendo existir dos o más sindicatos por la misma actividad y centro de trabajo con diferentes condiciones de trabajo. La iniciativa carece de perspectiva de género, manteniendo la inequidad, explotación y hostigamiento contra las mujeres.
Mario de la Cueva señalaba: “El derecho del trabajo es un derecho polémico; lo es por su origen, porque fue producto de una lucha real... que desde sus primeros años opuso al individualismo de la sociedad burguesa la idea de la realidad de la clase trabajadora, de su solidaridad y de su necesaria unidad... porque a las doctrinas del liberalismo económico enfrentó el principio de que por encima de las leyes económicas está el mensaje de justicia humana”. Paradojas del centenario: el retorno del individualismo que pretende abrogar el derecho social al trabajo y las pretensiones aliancistas de un sector de la izquierda con la derecha depredadora.
Aspirante perredista a la gubernatura del Estado de México
Con dicha propuesta, que refrenda la alianza PRI-PAN, se continúa el ciclo de contrarreformas que inició en el régimen de Miguel Alemán con la reforma al artículo 27 constitucional que estableció los certificados de inafectabilidad agraria para frenar el reparto agrario iniciado por el presidente Cárdenas, y que tuvo su auge con la ola de reformas del salinismo, que entre otros asuntos eludió la responsabilidad social del Estado en la educación, al eliminar del artículo 3º constitucional la obligatoriedad de la educación media superior, la reforma al artículo 27 que promueve la privatización del ejido. Ahora, aunado al intento privatizador del petróleo de la nación, se pretende dar un golpe definitivo a la que fue la “primera constitución social del mundo”.
Para lograr esta contrarreforma, se ha minando sistemáticamente al movimiento obrero, favoreciendo al sindicalismo oficial, que no ha reparado en legitimar el gobierno de Calderón a cambio de mantener sus privilegios, se alienta a los sindicatos de protección y se golpea al sindicalismo independiente, como sucede con el Sindicato Mexicano de Electricistas y con la disidencia dentro del sindicalismo oficial.
La iniciativa representa un profundo retroceso a los derechos de los trabajadores, menoscaba la estabilidad en el empleo, el salario remunerador, su seguridad social y la libertad sindical, conservando los intereses del charrismo para mantener el control de los trabajadores.
Rompe con el principio de estabilidad en el empleo que garantiza la existencia de un contrato mientras subsista la materia de trabajo y permite el libre despido al proponer contratos a prueba, para capacitación inicial y para labores discontinuas.
Se incrementan las causales de despido. Legitima las renuncias “en blanco” y crea normas dirigidas a los jornaleros agrícolas, creando un registro especial de trabajadores eventuales o de temporada, al tiempo que se reduce el pago de los salarios caídos a un año, al margen del tiempo que dure el juicio laboral.
Desaparece el salario mínimo, creando el “salario infinitesimal”, ya que permite el pago de manera proporcional por el tiempo laborado a partir del salario mínimo. Así, si se trabaja una hora diaria, se pagará un octavo del mismo, es decir, $7.47 por hora.
Legaliza la subcontratación, suprimiendo la responsabilidad solidaria del patrón, al permitir que en una misma empresa existan trabajadores desempeñando las mismas funciones con diferente salario y prestaciones. Permite la modificación de la jornada de trabajo y los días de descanso en función de las necesidades de la producción. Fragmenta las organizaciones de los trabajadores, pudiendo existir dos o más sindicatos por la misma actividad y centro de trabajo con diferentes condiciones de trabajo. La iniciativa carece de perspectiva de género, manteniendo la inequidad, explotación y hostigamiento contra las mujeres.
Mario de la Cueva señalaba: “El derecho del trabajo es un derecho polémico; lo es por su origen, porque fue producto de una lucha real... que desde sus primeros años opuso al individualismo de la sociedad burguesa la idea de la realidad de la clase trabajadora, de su solidaridad y de su necesaria unidad... porque a las doctrinas del liberalismo económico enfrentó el principio de que por encima de las leyes económicas está el mensaje de justicia humana”. Paradojas del centenario: el retorno del individualismo que pretende abrogar el derecho social al trabajo y las pretensiones aliancistas de un sector de la izquierda con la derecha depredadora.
Aspirante perredista a la gubernatura del Estado de México
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