La Ley General de Partidos Políticos, aprobada por el Congreso de la Unión como parte del paquete de leyes de la reforma política-electoral, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación del 23 de mayo de 2014. La semana pasada se hizo una modificación en San Lázaro que no prosperó en el Senado.
Se trata específicamente de la fracción 13 de dicho artículo que aborda las coaliciones electorales y la transferencia de votos, el cual señala hasta ahora: “Los votos en los que se hubiesen marcado más de una opción de los partidos coaligados, serán considerados válidos para el candidato postulado, contarán como un solo voto y sin que puedan ser tomados en cuenta para la asignación de representación proporcional u otras prerrogativas”.
El PAN defiende hasta la fecha que el artículo permanezca como está
ahora, por lo que a pesar de que la legislación ya fue modificada y
aprobada por la Cámara de Diputados, esta no avanzó en el Senado.
Al respecto, el senador de Acción Nacional, Roberto Gil, afirmó que
“están apoyando el PRI y el PRD la peor, la que genera
más distorsiones, la que induce a error y la que falsea la
representación política en nuestro país y mantiene las
sobrerrepresentaciones de partidos que no tienen los votos suficientes
para poder entrar al Congreso, esa es la peor de las fórmulas que se
pudo haber encontrado”.
Es decir, para el PAN, esta medida de “vida artificial” a partidos chicos, sin representación real entre la ciudadanía.
La nueva legislación en materia electoral precisa que “concluida la
etapa de resultados y de declaraciones de validez de las elecciones de
senadores y diputados, terminará automáticamente la coalición por la
que se hayan postulado candidatos, en cuyo caso los candidatos a
senadores o diputados de la coalición que resultaren electos quedarán
comprendidos en el partido político o grupo parlamentario que se haya
señalado en el convenio de coalición”.
La semana pasada en San Lázaro, el PRD con el apoyo del PRI logró
modificar el artículo 87. Los diputados aprobaron que, cuando un
ciudadano vote en su boleta electoral por más de un partido político de
una misma coalición, los sufragios se dividan
equitativamente y sirvan para el cálculo de prerrogativas y recursos
públicos que reciban los partidos y el número de legisladores
plurinominales que les corresponden.
Sin embargo, esto no prosperó en el Senado, donde cerraron el periodo de sesiones sin discutir el asunto.
El tema ya escaló a la Suprema Corte de Justicia. El pasado fin de semana, legisladores del PRI, PRD, PVEM, Nueva Alianza, PT y Movimiento Ciudadano,
presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un
juicio de acción de inconstitucionalidad contra el artículo 87, numeral
13, de la Ley General de Partidos.
Los promoventes de la acción ante la SCJN señalan que ese artículo
“transgrede derechos fundamentales que otorga la Constitución a favor
de todos los ciudadanos, como el derecho a la igualdad y a la no
discriminación que prevé el artículo 1, o el derecho al sufragio
efectivo que contempla el artículo 35, fracción I”.
Por ello, pidieron que la SCJN “analice, juzgue e invalide, en su
caso, cualquier contradicción abierta entre la Carta Magna y cualquier
norma general que expidan el Poder Legislativo de la Unión, los poderes
legislativos de los Estados o la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal, sin que se establezca el principio de agravio personal como
presupuesto de procedencia de la acción”
Consideran además que “se debe invalidar la norma impugnada en
virtud de la abierta contradicción que la misma consigna con respecto
al derecho a la no discriminación de los votantes”.
En su solicitud, las diputadas y los diputados de las seis
fracciones parlamentarias plantean que “la norma general reclamada
viola la Constitución en relación al derecho efectivo de todo ciudadano
a ejercer el voto y porque de manera injustificada contradice el
espíritu de la coalición como modelo político para atender el reclamo
de la ciudadanía”.
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