Rezago legislativo para castigar agresiones contra candidatas
La
violencia política de género también se refleja al postular a las
candidatas a cargos de elección en distritos perdedores, obligarlas a
renunciar a la postulación, negarles recursos para sus campañas,
ocultarles información, descalificar sus propuestas, o agredirlas de
forma verbal.
En política, sostienen académicas y activistas, las mujeres también
corren el riesgo de ser víctimas de violencia de género, una forma de
agresión que va desde comentarios sexistas y discriminatorios hasta
acoso, ataques físicos, violencia sexual, e incluso asesinato.
A propósito del 25 de noviembre, Día Internacional para la Eliminación
de la Violencia contra las Mujeres, cada vez se habla más de la
violencia política, un flagelo que según ONU-Mujeres puede explicar el
estancamiento de la participación política femenina en espacios de toma
de decisión.
“La violencia contra las mujeres en el ámbito político es la punta del
iceberg de la discriminación y desigualdad que todavía sufren las
mujeres que se atreven a disputar el poder político a los hombres, pero
también con la ruptura de prohibiciones de los usos y costumbres
indígenas”, señala el organismo de Naciones Unidas.
En el libro “La hora de la igualdad sustantiva. Participación política
de las mujeres en América Latina y el Caribe Hispano”, de ONU-Mujeres,
se señala que Bolivia fue el primer país que aprobó la Ley 243/12
“Contra el acoso y violencia política hacia las mujeres”, tras el
asesinato de una concejala.
De acuerdo con la publicación, el proceso no fue fácil porque las
denuncias de violencia contra las mujeres que accedían a cargos de
elección popular en las esferas locales desataron un debate fuerte en el
país sudamericano, y al mismo tiempo una respuesta contundente del
movimiento de mujeres.
Tras una lucha de 12 años, bajo el liderazgo de la Asociación de
Concejalas y Alcaldesas de Bolivia se demandó, elaboró y obtuvo la
sanción en ley. No obstante, las políticas y feministas mexicanas
aseguran que la violencia política no sólo es el homicidio.
MÉXICO, EN PAÑALES
En nuestro país apenas está la discusión para incluir el concepto en la
ley. En noviembre de 2012, la senadora por el PRI Lucero Saldaña Pérez
presentó una iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones
a la Ley General y al entonces Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales, misma que fue aprobada por el Senado en
marzo de 2013, pero no fue avalada por la Cámara de Diputados.
En su momento, Saldaña hizo mención de la violencia contra Elvia
Carrillo Puerto, primera mexicana electa diputada al Congreso de Yucatán
en 1923, mujer que al desempeñar su cargo, durante dos años, renunció
debido a las amenazas de muerte que recibió.
También el caso de las diputadas electas en 2009 que fueron obligadas a
renunciar a su cargo para dejarlo a los suplentes varones; y la
violencia contra la indígena oaxaqueña Eufrosina Cruz, quien ganó la
elección por una alcaldía, sin embargo en ese municipio no se aceptó su
nombramiento “por ser mujer”.
La primera propuesta de la senadora Saldaña advertía la importancia de
no confundir la violencia política de género con otro tipo de
difamación, ya que la primera ocurría para evitar que una mujer
accediera a un cargo, lo ejerciera o ampliara sus funciones, o para
obligarla a tomar decisiones en contra de su voluntad.
Hoy en el Senado siguen pendientes tres iniciativas de ley para
establecer este concepto: una de senadoras del Partido Acción Nacional
(PAN), otra del Partido Revolucionario Institucional (PRI), y otra más
con senadoras de PRI, PAN y PRD.
La magistrada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF), María del Carmen Alanís Figueroa, dice que en México se puede
tomar una definición de acuerdo con los estándares internacionales y con
la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
De acuerdo con esa interpretación, la magistrada señala que la violencia
política hacia las mujeres comprende “todas aquellas acciones y
omisiones que, basadas en elementos de género y dadas en el marco del
ejercicio de los derechos político-electorales, tengan por objeto o
resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los
derechos políticos o de las prerrogativas inherentes a un cargo
público”.
Así por ejemplo, la violencia política de género sería que los partidos
no ejercieran los 117 millones 286 mil 374 pesos para la capacitación,
promoción y el desarrollo de liderazgos femeninos que por ley recibieron
este 2015, como lo hicieron en años anteriores cuando usaron los montos
para comprar materiales promocionales o pagar la luz de las oficinas.
La definición de la magistrada también establece que este tipo de
violencia puede ocurrir en cualquier relación interpersonal, en la
comunidad, en un partido o institución política; además puede ser
simbólica, verbal, patrimonial, económica, física, sexual, psicológica, y
puede efectuarse por medio de las tecnologías de la información o en
redes sociales.
Indica además que esta violencia puede ser perpetrada por cualquier
persona o grupo de personas, por el Estado o sus agentes, por partidos o
por representantes de los mismos, por medios de comunicación o por sus
integrantes.
Por esta razón es que las activistas mexicanas aseguran que todavía
falta que haya igualdad de oportunidades para acceder a un cargo de
elección aunque hay un aumento sostenido en la representación femenina
en el Poder Legislativo, gracias a que en 2002 se implementó la cuota a
nivel federal del 70/30; en 2008 subió a 60/40, y en 2014 llegó la
paridad como principio constitucional (50 por ciento de candidaturas
para las mujeres).
CASOS PARA LA IGNOMINIA
De acuerdo con Santiago Nieto, titular de la Fiscalía Especializada Para
la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), de la Procuraduría General
de la República (PGR), en este año se presentaron 40 denuncias de
violencia política de género que ocurrieron durante el pasado proceso
electoral.
La FEPADE conoce casos de agresiones físicas, como el asesinato de la
precandidata a la alcaldía de Ahuacuotzingo, Guerrero, la perredista
Aidé Nava González; la golpiza a la candidata a la alcaldía del
municipio de Reforma, en Chiapas, y a la panista Yesenia Alamilla
Vicente; y la agresión sexual y física contra la consejera electoral
Lorena Nava Cervantes, en Oaxaca.
La violencia política también ocurre cuando se obliga a una mujer a
realizar tareas distintas a las de la representación política; se le
impide o restringe la reincorporación al cargo cuando haga uso de una
licencia, incluida la licencia de maternidad; cuando sea víctima de
hostigamiento o acoso sexual, o se revele o difunda su información
personal y privada para menoscabarla.
En el pasado proceso electoral, un caso en el que se trató de impedir la
participación de las mujeres ocurrió en el estado de Morelos. Maricela
de la Paz Cuevas y Claudia Jaqueline Ordoñez Jiménez denunciaron que el
entonces candidato a diputado Francisco Moreno Merino buscó que sus
compañeras no obtuvieran una diputación plurinominal, lo que finalmente
consiguió.
Otro acto que ocurrió en los comicios de 2015 fue documentado por la Red
Chiapas por la Paridad Efectiva (Repara), que denunció que los partidos
en esa entidad no cumplieron con la ley electoral, porque no dieron a
las mujeres la mitad de las candidaturas para diputaciones y
ayuntamientos, caso que llegó hasta el TEPJF.
Para Paula Soto, directora de Participación Social y Política del
Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), un claro caso de
violencia política fue la propuesta de reforma en Quintana Roo que
impedía la paridad “horizontal” (postular a las mujeres para presidentas
municipales), y sólo reconocía el derecho de las mujeres a ser
suplentes de los candidatos varones.
Un ejemplo más discriminación fue la declaración hace unas semanas de
Alberto Silva Ramos, líder del PRI en Veracruz, que afirmó que de cara a
las elecciones de 2016 el partido aplicaría “pruebas antiembarazo a las
aspirantes a una candidatura”, aunque después se retractó y señaló que
su dicho fue un error gramatical.
En tanto, las propuestas de reforma a las leyes Generales de Acceso de
las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de Partidos Políticos; de
Instituciones y Procedimientos Electorales; y en Materia de Delitos
Electorales siguen en espera de aprobación en el Senado.
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | México, DF.-
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