7/13/2011

Derechos humanos: avance y omisiones



Editorial La Jornada
En una decisión histórica, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por unanimidad que los casos de efectivos castrenses involucrados en violaciones a los derechos humanos sean procesados por jueces del ámbito civil, no por la justicia militar. La decisión se inscribe en el contexto del análisis del Poder Judicial sobre la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIHD) respecto del caso de Rosendo Radilla –dirigente campesino detenido y desaparecido por militares en 1974–, en la cual se insta al Estado mexicano a reparar el daño provocado y se señala que la jurisdicción militar no debe aplicarse a cualquier violación de garantías fundamentales cometida contra la población civil.

Los criterios establecidos por la SCJN en su votación de ayer representan un avance en la adecuación de los procesos judiciales para la preservación de las garantías fundamentales, y el propio máximo tribunal restaña en alguna medida, con la determinación referida, el daño provocado a su propia imagen por un historial de resoluciones previas en las que no había mostrado voluntad para hacer prevalecer esos derechos. Por añadidura, es de celebrar que los magistrados hayan mostrado altura de miras y sentido común al atender un reclamo de instancias internacionales, organismos defensores de los derechos humanos y amplios sectores de la población: independientemente del funcionamiento de los organismos castrenses de impartición de justicia, es claro que éstos no deben ni pueden quedar al margen de principios jurídicos generales –uno de los cuales es el cumplimiento obligatorio de los tratados internacionales firmados por el país: en este caso, las convenciones de derechos humanos y la jurisdicción de la CIDH–, y que tampoco es correcto que el mando castrense ejerza, al mismo tiempo, poderes ejecutivos y judiciales sobre los uniformados involucrados en atropellos contra la población.

Sin embargo, no puede dejar de señalarse que la trascendencia de la resolución adoptada por la Corte es un reflejo de omisiones inadmisibles en que han incurrido los representantes de los otros poderes de la Unión. Hasta ahora, a pesar de las exigencias y recomendaciones de organismos humanitarios internacionales y de la propia CIDH, el Legislativo ha sido omiso en la adecuación del marco legal que regula la justicia militar y en la consecuente supresión del fuero castrense para delitos cometidos contra civiles, y con ello ha dejado abierto un amplio margen para la impunidad y para la desprotección de la población. Lo menos que puede esperarse tras la votación de ayer en la SCJN es que el país cuente, cuanto antes, con un marco legal que respalde el sentido de esta resolución judicial.

Asimismo, no puede soslayarse que esta decisión ocurre en un contexto en que el despliegue de las fuerzas armadas ordenado por el Ejecutivo federal para combatir a la delincuencia organizada ha terminado por imponer un clima de riesgo para la comisión de numerosas infracciones a las garantías individuales por parte de las corporaciones militares y policiales en general. En tal perspectiva, un paso obligado por parte del gobierno federal sería la rectificación de la actual estrategia de seguridad y la desmilitarización de la vida pública, a efecto de reducir la posibilidad de que soldados, marinos y policías federales sigan cometiendo tropelías contra la gente.

El Poder Judicial, por último, tiene la obligación de dar seguimiento y continuidad a la decisión adoptada por sus propios miembros; de garantizar la aplicación de los criterios establecidos y de erradicar de sus filas el conjunto de malas prácticas y elementos que distorsionan e incluso imposibilitan la impartición de justicia en el país. Y es que no puede olvidarse que muchos casos de violación a los derechos humanos por parte de servidores públicos han alcanzado la impunidad a partir de inexplicables sentencias judiciales, y que en no pocos casos, opositores políticos, sindicalistas, activistas sociales y otros actores han visto vulneradas sus garantías por policías, agentes del Ministerio Público y jueces sin escrúpulos. Es desable y necesario, por tanto, que se corrijan esos vicios, pues de otra forma difícilmente se logrará que el paso positivo adoptado ayer en lo formal tenga efecto en la realidad.

La Corte y el fuero militar

Editorial EL UNIVERSAL

Existe la idea generalizada de que los tribunales militares, lejos de respaldar a la sociedad, actúan para encubrir a sus propios elementos y sustraerlos de la acción de la justicia. Esta percepción debe corregirse en los hechos. El fuero de guerra tiene razón de ser en la medida en que la disciplina militar es el eje de comportamiento de quienes tienen en sus manos la seguridad territorial de la nación y la preservación de la paz social, que no son poca cosa. Pero ello no supone que se encuentren por encima de la ley y puedan hacer y deshacer a su antojo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó ayer que el fuero militar no opera para procesar a militares responsables de violaciones a derechos humanos, quienes deberán ser juzgados por tribunales civiles.

El fallo se dio durante el análisis de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la desaparición forzada de Rosendo Radilla, ocurrida en 1974 en Guerrero, y de la cual se responsabilizó al Ejército mexicano.
Esta resolución clarifica la interpretación exacta que debe darse tanto al artículo 13 constitucional —que reconoce la existencia del fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar—, como al artículo 57 del Código de Justicia Militar, que al enlistar los delitos contra la disciplina militar exenta de los mismos a los cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas en delitos del orden común “que exijan querella necesaria para su averiguación y castigo”. De esta forma, el máximo tribunal del país se adelanta a los poderes Ejecutivo y Legislativo al abordar el tema y otorgarle un lugar de privilegio a la defensa de los derechos humanos, por sobre cualquier otro derecho.

Esto es importante destacarlo, porque si bien la resolución de la Corte lo hace en referencia a un hecho cometido hace 37 años, en el contexto del enfrentamiento entre el gobierno mexicano y las guerrillas de esa década, el tema ha retomado actualidad en el marco de la lucha del gobierno en contra del crimen organizado, en la que se ha echado mano de las Fuerzas Armadas, que en varias ocasiones han sido acusadas de violar derechos humanos.
Violaciones que suelen disculparse con el argumento de que la preparación del militar es de guerra y no policial, lo que justificaría el exceso de fuerza o la falta de cuidado en sus acciones. El fallo de ayer no debe verse como un debilitamiento de la autoridad castrense, sino, por el contrario, como una herramienta que busca fortalecer a militares y marinos de cara a la sociedad, en el sentido de que las instituciones armadas tienen ahora mayor claridad del marco de su actuación, lo que le da a la ciudadanía la certeza de que ningún exceso será permitido.

Emilio Álvarez Icaza L.

Suprema Corte: decisiones históricas

El proceso de construcción de la civilidad democrática tuvo ayer un día histórico. Las decisiones tomadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) son el principio de un cambio jurídico y cultural de enorme trascendencia. Sin exagerar, lo que decidió la SCJN, a partir de la discusión de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) del caso Rosendo Radilla (desaparecido en Guerrero en 1974), es probablemente una de las decisiones más importantes en su historia, al menos en 70 años. En acatamiento a la reciente reforma constitucional en materia de derechos humanos y a las obligaciones internacionales del Estado mexicano, la Corte tomó dos decisiones sin precedentes. La primera, y por mucho la más importante, es que los jueces del país están obligados a comprobar que las leyes que apliquen en sus sentencias se ajusten a la Constitución Política y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

Así, todos los jueces de México deben aplicar la protección internacional de los derechos humanos, incluso a pesar de las disposiciones que en contrario pueda haber en constituciones o leyes de los estados. De esta manera, los jueces se verán obligados a ejercer un control de convencionalidad contrario al que existía en el pasado. Como dijo el ministro Arturo Zaldívar: “Con esto cambiará de fondo la forma como opera el derecho en México… fijando líneas claras y precisas que orienten las resoluciones de los demás tribunales del país”.
La segunda es que los integrantes de las Fuerzas Armadas (Ejército, Fuerza Aérea y Marina) serán juzgados por tribunales civiles cuando se trate de posibles violaciones a los derechos humanos de civiles, de manera que los jueces del Estado mexicano deberán replicar, en casos futuros, el criterio de restricción del fuero militar en cumplimiento de la sentencia del caso Rosendo Radilla y en aplicación del artículo primero constitucional. En adelante, los militares acusados de delitos contra civiles no serán procesados por tribunales militares como hasta ahora generalmente sucedía.

En este orden de ideas, el ministro presidente Juan Silva Mesa señaló: “Bajo ninguna circunstancia puede operar el fuero militar en violaciones a los derechos humanos que afecten a civiles”.
Con lo decidido ayer se contribuye también a combatir las desapariciones forzadas, lo que se hace extraordinariamente importante a la luz del pasado y de lo que alarmantemente sucede hoy en día. Estos logros se deben sobre todo a las víctimas, que en 37 años no han dejado de luchar y buscar justicia. También hay que subrayar la participación de organismos de la sociedad civil que litigaron el caso Radilla, como la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos. Toca reconocer a la SCJN. Por supuesto que vendrán momentos de descontrol para el sistema y los propios jueces. Habrá que generar las mejores condiciones institucionales para que esta nueva etapa empiece pronto y de la mejor manera. Lo que queda claro es que se modifica todo el sistema de justicia mexicano. Los derechos humanos se hacen justiciables.

*Ex ombudsman del DF .

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