Rodrigo Vera
El etiquetado de alimentos y bebidas –producto de las modificaciones hechas el año pasado a la Norma Oficial Mexicana 051– violarán acuerdos comerciales y eso causará disputas internacionales, alegan los industriales del sector. Olvidan que las autoridades sanitarias modificaron la NOM para priorizar la identificación de los ingredientes que causan obesidad y diabetes, dos epidemias en este país, y que la salud es “prioritaria” ante los derechos comerciales, sostiene Alejandro Calvillo, director de la asociación civil El Poder del Consumidor.
CIUDAD DE MÉXICO (proceso).- Ante las críticas del sector empresarial
mexicano, en el sentido de que el nuevo etiquetado aprobado para
alimentos y bebidas violará acuerdos comerciales internacionales,
Alejandro Calvillo, director de la asociación civil El Poder del Consumidor, responde que las políticas de salud tienen “prioridad” frente a los derechos comerciales.
Calvillo defiende el etiquetado aprobado recientemente por las
autoridades sanitarias, el cual –dice– permite “a los consumidores
identificar cuando un producto contiene en exceso los ingredientes
críticos relacionados a la epidemia de obesidad y diabetes que vivimos
(azúcares, grasas saturadas, sodio y calorías) y de aquellos
ingredientes que la Secretaría de Salud determine que son un riesgo para
la salud”.
Y aclara: “No se trata de un etiquetado informativo, como pretende
imponer la industria para incorporar datos que no son comprensibles; es
un etiquetado cuya finalidad es advertir”.
En su análisis Proceso de modificación de la NOM 051 de etiquetado de alimentos y bebidas, Calvillo agrega:
“La industria utiliza dos argumentos para asegurar que el etiquetado
frontal aprobado violará acuerdos comerciales y vamos a enfrentar
disputas internacionales. Estos ‘argumentos’ son: ‘Los criterios de la
norma para establecer los sellos de advertencia no tienen evidencia
científica’ y ‘se violan derechos de propiedad intelectual y marca al
prohibir el uso de personajes dirigidos a niños en los empaques de los
productos’.”
Indica que estos mismos argumentos ya fueron esgrimidos por los
industriales de alimentos y bebidas en otros países, “pero en ningún
caso prosperaron, debido al reconocimiento que existe en los acuerdos
comerciales a la prioridad que tienen las políticas de salud frente a
los derechos comerciales. En el caso de Chile, donde se incluye una
prohibición al uso de personajes registrados por las marcas y que están
dirigidos a los niños, tampoco prosperaron los casos, al prevalecer el
derecho a las políticas de salud”.
Señala que, por ley, la Norma Oficial Mexicana en materia de
etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas (NOM 051) debe
revisarse cada cinco años.
De esta manera, prosigue, en 2014 se estableció el primer etiquetado
frontal en alimentos y bebidas, como parte de la Estrategia Nacional
para la Prevención y el Control del Sobrepeso, la Obesidad y la
Diabetes. Y cinco años después, en 2019, se revisó y modificó este
etiquetado en cumplimiento a la ley.
Indica que el etiquetado de 2014 fue promovido por el sector
empresarial y se estableció como obligatorio, “sin haberse realizado
ningún grupo de trabajo, sin consultar a los Institutos Nacionales de
Salud ni la participación de los organismos civiles”.
En contraste, refiere, el etiquetado frontal de 2019 fue “resultado
de un proceso apegado a lo establecido en la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización”, y en este proceso participaron las
asociaciones empresariales e industriales del ramo, la Secretaría de
Salud, la Secretaría de Economía, la Secretaría de Agricultura, la
Profeco, la Cofepris, el Instituto Nacional de Salud Pública, el
Instituto Nacional de la Nutrición, la UNAM y varias organizaciones de
la sociedad civil.
Fue, pues, un etiquetado elaborado con base en un amplio consenso que
molestó a la “industria”, la cual “no estaba acostumbrada a participar
en un proceso transparente y democrático de revisión de una norma, como
está establecido en la ley”.
Minichatarra
Calvillo también señala que ahora la industria pretende volver a una
“estrategia” que tenía hace 10 años: “Que el etiquetado de advertencia
no se aplique a los productos en pequeñas presentaciones, a lo que
entonces se bautizó como la minichatarra”.
Indica que las advertencias son sobre “las características y
composición del producto”, sin importar su “dimensión”, pues,
ejemplifica, “un minigansito tendrá los mismos sellos que un gansito,
porque su composición es similar. Lo mismo sucede con una pieza pequeña
de chocolate o una grande”.
En su análisis, Calvillo señala que, finalmente, son comprensibles
estos y otros argumentos presentados por los empresarios en contra de la
modificación de la NOM 051, pues ellos sólo están preocupados por sus
intereses económicos y no por la salud de la población.
Recuerda que en 2010 el Consejo Coordinador Empresarial, así como las
demás asociaciones empresariales e industriales, “se pronunciaron
contra los lineamientos que se establecieron con el propósito de
garantizar la presencia exclusiva de alimentos y bebidas saludables en
las escuelas”, pues estas medidas afectaban sus intereses.
Miembro de la Alianza por la Salud Alimentaria, Calvillo indica que
ya era urgente la modificación de la NOM 051, pues “México es el mayor
consumidor de alimentos ultraprocesados en la región de América Latina
y, como lo demuestra la Organización Panamericana de la Salud, a mayor
consumo de estos productos, mayor es el índice de masa corporal”.
Señala:
“Las encuestas nacionales de salud y nutrición muestran un deterioro
grave en la alimentación de los mexicanos debido al alto consumo de
estos productos, que tienen en común altas concentraciones de azúcares,
grasas y sodio, así como una alta densidad calórica. Estos ingredientes
críticos están identificados como la principal causa de las enfermedades
no transmisibles, que son actualmente la principal causa de enfermedad y
muerte.”
Y también recuerda que, en 2016, la Secretaría de Salud decretó
“emergencia epidemiológica por obesidad y diabetes”, enfermedades que
causan mayores estragos “en los sectores de menores ingresos”.
Y espera, por último, que el desarrollo del etiquetado frontal de
advertencia traiga a México los mismos beneficios que le trajo a Chile,
donde hubo una disminución de 14% en la compra de cereales de caja
azucarados para el desayuno, 25% menos en la compra de bebidas
azucaradas, 17% menos en la compra de postres envasados y el hecho de
que 90% de las madres de preescolares hayan aprendido a valorar este
etiquetado.
Este texto fue publicado en la edición 2259 de la revista Proceso, actualmente en circulación.
Te puede interesar: Nuevo etiquetado de alimentos: la defensa del derecho a saber
No hay comentarios.:
Publicar un comentario