Miguel Concha
Hoy se cumplen tres
años de las agresiones cometidas por parte de elementos de la
Secretaría de Seguridad Pública de Michoacán contra la comunidad
purépecha de Arantepacua, ubicada en el municipio de Nahuatzen. Ante la
detención arbitraria de 38 de sus integrantes el 4 de abril de 2017,
justo después de una reunión con la Secretaría de Gobierno del estado
–con la que se buscaba una solución amistosa respecto a la delimitación
territorial entre las comunidades de Arantepacua y Capácuaro– ese
operativo reprimió el derecho a la protesta de la comunidad.
Dichas agresiones dieron como resultado también la violación grave a los derechos humanos y las ejecuciones
extrajudiciales de José Carlos Jiménez Crisóstomo, Francisco Jiménez
Alejandre, Santiago Cristiano Luna y de un joven menor de 18 años, Luis
Gustavo Hernández Cohenete. Después de actos de tortura, tratos crueles,
inhumanos y degradantes por parte de los policías de la entidad; otras
personas fueron igualmente lesionadas, detenidas arbitrariamente y
vulneradas en su integridad física y sicológica.
A raíz de las violaciones graves a sus derechos humanos, la comunidad
de Arantepacua buscó, como una forma de hacer justicia, y ante la
impunidad e indolencia de las autoridades estatales encargadas de
garantizar sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación integral
y las garantías de no repetición y su derecho a la libre
autodeterminación por medio de la designación del Consejo de Autoridades
Comunales.
Y de esta manera, las autoridades comunales e integrantes de la
Comisión de Justicia de la comunidad de Arantepacua se vincularon con
otras víctimas, organizaciones, colectivos y movimientos sociales, con
la finalidad de exigir una verdadera justicia no sólo para su comunidad,
sino para todas las víctimas y sobrevivientes del país. Lo cual originó
la articulación del segundo Encuentro Internacional de Defensores y
Víctimas de Violaciones Graves a los Derechos Humanos, celebrado en
abril de 2019, precisamente en Arantepacua, Michoacán.
Derivadas de los acuerdos de este segundo encuentro, se realizaron
diversas movilizaciones pacíficas ese mismo año, tanto en la capital de
Michoacán, como en la Ciudad de México, para impulsar mesas de trabajo
en el ámbito federal, con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;
la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, de la
Secretaría de Gobernación; el Mecanismo de Protección Para Personas
Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, y la Comisión Ejecutiva de
Atención a Víctimas, estas dos últimas instancias adscritas a la
Subsecretaría mencionada.
A pesar de que las gestiones realizadas por parte de la Comisión de
Justicia de Arantepacua han buscado siempre la reivindicación de la
memoria, así como la búsqueda de la verdad y la justicia para la
comunidad, a través de la apertura de mesas de interlocución con
distintas autoridades, estas últimas se han quedado cortas para atender y
responder adecuadamente a las necesidades de las víctimas y
sobrevivientes, quienes, dicho sea de paso, siempre deben ser
reconocidas como
colectividad, debi-do a las especificidades culturales de Arantepacua, en tanto comunidad indígena purépecha.
A ello también se suma la falta de mecanismos generales que propicien
la participación de las víctimas bajo un esquema de horizontalidad,
mismo que les permita desarrollarse como sujetos de derechos capaces de
generar propuestas dirigidas a obtener no sólo verdad y justicia, sino
también a retomar y reconstruir sus proyectos de vida.
En este sentido, es necesario enfatizar que el acceso a la justicia
es el pilar fundamental de todo estado de derecho, independientemente
del contexto por el que la nación atraviese, ya que es reconocido como
una norma de ius cogens (derecho imperativo o necesario) en el
contexto del derecho internacional de los derechos humanos; por
ejemplo, la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (https://bit.ly/39yFCxH).
Por lo que el Estado mexicano debe emplear todos los recursos
necesarios para garantizar la justiciabilidad, disponibilidad,
accesibilidad, calidad, rendición de cuentas, así como un recurso
sencillo y efectivo, como parte del cumplimiento de los componentes
esenciales del derecho de acceso a la justicia. Y con ello evitar
prácticas que tiendan a denegar y limitar su acceso a las víctimas.
Por lo expuesto anteriormente, y aprovechando el llamado que ha
lanzado el Estado mexicano a la organización social y a la solidaridad
ante el actual estado de emergencia sanitaria para atender y
salvaguardar la vida de la población que vive y transita por el país, se
exhorta igualmente a las autoridades de todos los ámbitos y niveles, y a
la sociedad en general, a reflexionar sobre la necesidad de extender
dicho llamado para acompañar especialmente a las víctimas y
sobrevivientes, así como a grupos, pueblos y comunidades que han sido
afectados por la desigualdad, la violencia y las injusticias, como única
vía para la construcción y materialización de la justicia social.
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