Ancestral o innovadora, la justicia indígena hunde sus raíces en las comunidades
Desinfomémonos
Despreciados por el Estado, pero fomentados por su misma ausencia, los sistemas autónomos de justicia persisten después de cinco siglos |
“Nosotros cuando
arreglamos problemas no pedimos dinero, multas ni castigos. Lo que
hacemos es buscar la raíz del problema, dónde empezó, cómo empezó y
nuestro trabajo es la reconciliación de ambas partes”, explica Rebeca
Gutiérrez, jueza autónoma de San Jerónimo Tulijá, Chiapas. “Nosotros
tenemos nuestras propias leyes, y de ellas no tenemos ningún temor,
porque nosotros mismos las creamos y las acordamos en asamblea”, señala
el aayuk Emiliano López. En Guerrero, explica Claudio Carrasco, de la
Policía Comunitaria, “de las personas que han sido reeducadas, la mayor
parte no vuelve a reincidir”. Son pinceladas de la forma en que los
pueblos indígenas resuelven los problemas día a día en sus comunidades.
Históricamente,
la justicia indígena ha sido subordinada, explica el Centro de Derecho
Humanos Miguel Agustín Pro, limitada a los asuntos ‘menores’ y al
espacio reducido de las pequeñas comunidades, sin ser considerada por el
Estado como expresión plena de sistemas normativos propios.
Han
pasado más de 500 años de resistencia de los pueblos indígenas, que
mantienen formas propias de ejercer la convivencia en sus comunidades
con sistemas propios de seguridad y de justicia, coinciden indígenas de
Guerrero, Chiapas, Oaxaca y de Durango, en el video “Raíces de Nuestra
Justicia”, realizado por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín
Pro Juárez.
“Los sistemas autóctonos de justicia y de resolución
de conflictos están vigentes en las regiones indígenas e
interculturales. Son el otro extremo de lo coyuntural de las
autodefensas”, explica la antropóloga y realizadora de video Giovanna
Gasparello. Las experiencias de los pueblos originarios, expone, “hunden
profundas raíces en las estructuras organizativas de los pueblos, en
los sistemas de cargos, en las comisiones que articulan la vida
comunitaria, como lo explican las autoridades ayuuk, pueblo con una
larga tradición comunal y autonómica”.
Hildeberto Díaz, ayuuk de
Jaltepec de Candayoc, Oaxaca, establece que los indígenas no se sienten
ciudadanos de segunda o de tercera, pues “estamos conscientes de
nuestros derechos, de lo que la ley nos permite y lo que no. Nuestros
pueblos y comunidades se harán más fuertes”. Díaz define al territorio
no solo como un espacio de tierra, sino como un espacio de vida para
todos, “y por eso tenemos que defenderlo”.
Para Juan Méndez,
j´meltsa’anwanej (juez tzeltal) de la comunidad San Jerónimo Tulijá,
Chilón, Chiapas, expresa que es muy importante que cada pueblo reconozca
cómo puede arreglar sus problemas, “porque los mestizos no conocen el
trato que se puede dar a los indígenas. Tienen otra mentalidad y otra
forma de arreglar sus conflictos. Cada etnia debe tener su justicia
propia para que ellos puedan resolver sus problemas tal como ellos
vean”.
Al mismo tiempo se reconocen en un sistema democrático
para el ejercicio de la justicia, explica Juan González, Consejero de la
Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias-Policía Comunitaria,
de la comunidad de San José Vista Hermosa, Guerrero. “Nosotros estamos
nombrados por las comunidades, no decidimos, deciden las autoridades, la
asamblea”.
En “Raíces de Nuestra Justicia” se hace hincapié en
que el derecho de los pueblos indígenas a administrar la justicia en sus
territorios es parte del derecho más amplio a la autonomía y a la libre
determinación, reconocido formalmente en la legislación nacional e
internacional, pero en buena medida ignorado por el Estado mexicano.
La
administración de justicia propia persiste, explican los realizadores,
entre otros factores, por la falta de acceso a la justicia del Estado
debido a las barreras geográficas (la lejanía de las comunidades de las
cabeceras donde se asientan las sedes del poder judicial), las barreras
lingüísticas (la justicia se administra en español y no se respeta el
derecho a un traductor o intérprete) y barreras culturales (las leyes
están hechas con base en una tradición jurídica occidental y no
corresponden a la cosmovisión indígena).
Para Gasparello, “en
México se está viviendo una situación de violencia social generalizada
sin precedentes. Mientras el Estado emprende una verdadera guerra en
contra de sectores de la delincuencia organizada, empleando para tal fin
la militarización capilar de la entera sociedad y la suspensión de
garantías y derechos civiles en todo el país, es fundamental investigar y
difundir experiencias que, desde contextos sociales y culturales
diferentes al sistema dominante, buscan modificar el entramado de la
violencia y desactivarla sin recurrir a una respuesta igualmente
violenta”.
“Las justicias propias no necesariamente vienen de una
herencia ancestral, son incluso muy innovadoras”, precisa la
investigadora. A estas experiencias “las caracteriza el arraigo en las
estructuras asamblearias y en la toma de decisiones colectivas, y el
hecho de que es una justicia ejercida por autoridades colegiadas que por
definición responden a la comunidad que los ha elegido”.
La
antropóloga señala que se trata de una justicia cercana a la gente, que
refleja valores y normas compartidas que animan la vida diaria en las
comunidades. El trabajo audiovisual retrata la diferencia de la justicia
propia, basada en la búsqueda de la conciliación y en normas
entendibles y compartidas, y la justicia oficial o del Estado, que
invariablemente es denunciada como corrupta, injusta, inaccesible e
incomprensible.
“Nuestra forma de organización nos da garantía de
convivencia. Los agentes del Ministerio Público, aún siendo indígenas,
no tienen esa sensibilidad, ese conocimiento cercano de cómo se
administra la justicia en la comunidad, por eso a la hora de resolver
siempre van a ir con cosas que van a perjudicar en lugar de sanar”,
detalla Hildeberto Díaz.
A lo largo del territorio mexicano
conviven más de 60 pueblos indígenas, con diferentes cosmovisiones y
formas de organización social, política y cultural. Dentro de esta
riqueza, la resolución de los conflictos internos es uno de los
elementos centrales en la organización y el autogobierno indígena.
Estas
experiencias se fundamentan en el derecho nacional e internacional: por
un lado, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los
Acuerdos de San Andrés Sakamch’en, y por el otro, el Convenio 169 de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de
Naciones Unidas (ONU) sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
“Nosotros
tenemos nuestras propias leyes, y de ellas no tenemos ningún temor,
porque nosotros mismos las creamos y las acordamos en asamblea. Las
leyes del gobierno hay unas que no las entendemos…con nuestras propias
autoridades internas tenemos confianza, nos conocemos, sabemos que
nuestras leyes no nos afectan, en cambio las del gobierno sí porque son
trámites burocráticos, para luego al final de cuenta pensar que siempre
vamos a necesitar dinero”, acusa Emiliano López Victoriano, también
ayuuk de Jaltepec de Candayoc.
Delfino Procopio, Consejero de la
CRAC-PC, explica que “la diferencia de la justicia de los pueblos con la
que hace el gobierno, es que la del gobierno se concreta a agarrar a
gente, sacar dinero y soltarla. La justicia comunitaria, con
participación de la gente, busca lo más concreto para hacer la justicia,
para no lastimar a la gente, no violar sus derechos humanos. Aquí no se
maneja el dinero, no se debe pagar. Aquí quien comete un error no paga,
su pago será el trabajo comunitario. Lo que queremos es que se integren
a la sociedad, que sean buenas personas, que participen”.
Las
que se relatan en el largometraje son experiencias que tratan de
resolver a la raíz las situaciones de violencia, antes de que se vuelvan
un problema de seguridad ciudadana o comunitaria, explica Giovanna
Gasparello. “La resolución de los conflictos es clave, pues busca
desactivarlos de forma pacífica, a través del acuerdo, la conciliación y
la concientización de las partes involucradas. Es una constante en
todas las experiencias de justicia indígena e intercultural, y es su
corazón mismo”.
Hay experiencias que se abocan principalmente a
la resolución de los conflictos comunitarios, como los jmeltsa’anwanej
de Bachajón (Chiapas), influidos por el profundo trabajo cumplido en tal
sentido por la Diócesis de San Cristóbal. En otras experiencias, la
conciliación es parte de un sistema de administración de justicia más
complejo que incluye también el juicio de los que cometieron algún
error, y su reeducación por medio del trabajo comunitario, como en la
Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias en Guerrero o en las
Juntas de Buen Gobierno en Chiapas.
Sanar y conservar la comunidad
Históricamente,
los pueblos indígenas han vivido situaciones de violencia (violencia de
Estado y represión, caciquismo, racismo, violencia inter e intraétnica,
delincuencia común, crimen organizado, violencia política y violencia
estructural), explica la realizadora. Los procesos de organización y
construcción de autonomía, y los sistemas de justicia -como una
expresión de dicha autonomía-, representan una respuesta positiva a
estas variadas situaciones de violencia, complementa.
En
Guerrero, explica Claudio Carrasco, de la CRAC, “de las personas que han
sido reeducadas, la mayor parte no vuelve a reincidir. Lo importante es
que quien cometió el error lo tiene que componer para que pueda
incorporarse a la vida normal de su pueblo. El primer trabajo que
hacemos es la reconciliación, nadie puede liberar ni un preso o llegar a
un acuerdo si no hay reconciliación, el que cometió error tiene que
pedir disculpa, apostamos a que las dos partes se tienen que
reconciliar”.
Rebeca Gutiérrez, J´meltsa´anwanej de San Jerónimo
Tulijá, Chilón, Chiapas, menciona que “nosotros cuando arreglamos
problemas no pedimos dinero ni multas ni castigos. Lo que hacemos es
buscar la raíz del problema, dónde empezó, cómo empezó y nuestro trabajo
es la reconciliación de ambas partes, lo dialogan y llegan a un
acuerdo”.
“A futuro yo veo que va a ir creciendo y
fortaleciéndose nuestro sistema de cargos indígenas. Habrá un futuro
mayor si ponemos mayor anhelo en aprender cómo va a ser trabajar en el
derecho indígena”, concluye Karina, j´meltsa’anwanej de Bachajón.
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