10/21/2010

Fuero militar: mamar y dar de topes


Detrás de la Noticia | Ricardo Rocha


La iniciativa presidencial es una gran cortina de humo. Aparentar que algo se hace luego de tantos abusos y crímenes uniformados de verde. Pero en el fondo no es más que un espejismo que no cuestiona ni molesta mínimamente al Ejército mexicano que, por su poderío, sigue siendo intocable.

Por partes: para empezar, la propuesta de exención de fuero sólo se refiere a los delitos de violación, desaparición forzada y tortura; abominables, pero nada más tres; deja en cambio dentro del fuero al homicidio, al genocidio, las lesiones, el robo y muchos otros documentados en más de cuatro mil quejas presentadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos tan sólo en los cuatro años recientes. En otras palabras, los soldados podrán seguir matando; por ejemplo, a los niños Martín y Bryan Almanza Salazar, más tarde acosar a su familia y luego investigarse y juzgarse ellos mismos.

Pero hay algo mucho peor en la letra chiquita de la propuesta. Aun en los casos de violación, desaparición forzada y tortura, lo que se conoce como “competencia primaria” seguirá correspondiendo a la Procuraduría de Justicia Militar, que iniciaría las investigaciones y, sólo si así lo decide, las turnaría a un tribunal civil. O sea, una excepción a la excepción. O, dicho de otro modo, un gran engaño.

Y para quienes duden del proteccionismo oficial al Ejército, ahí está lo ocurrido apenas el martes 4 de septiembre, cuando la Suprema Corte desechó el proyecto de dictamen del ministro José Ramón Cossío, que planteaba acatar la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado mexicano por el caso Rosendo Radilla, desaparecido por militares en Atoyac, Guerrero, en 1974 durante la guerra sucia. Lo que significaba, ni más ni menos, que revisar la constitucionalidad del fuero militar. Por lo que con el ministro Sergio Aguirre Anguiano al frente del ala derecha de la Corte, le echaron montón al dictamen de Cossío por ocho votos contra tres. Así se “protege” al Ejército en este país.

Por cierto, no se trata de denostar sistemáticamente a nuestras Fuerzas Armadas, sino de pugnar por los derechos humanos de sus víctimas, lo que no significa que todos los soldados sean asesinos infames e impunes, pero es un hecho incontrovertible que muchos de ellos han cometido esos crímenes. Ahí están los datos duros y los expedientes.

Yo soy de los que creen que si hay que preservar el honor del Ejército, se le debería relevar de tareas para las que no está preparado, y en el peor de los casos, que responda con ese mismo honor a las acusaciones en su contra. Pero eso sí, en tribunales civiles y no en el ámbito privilegiado del fuero militar, sería lo mejor para una institución respetable. Por lo pronto, en el Senado habría que abrir la convocatoria para un gran debate nacional. El asunto lo merece.

Yo siempre he sido animal de asfalto, pero recuerdo las visitas al rancho de mis primos jaliscienses. Y la lección aquella de los chivos abusivos que al mismo tiempo querían mamar y dar de topes.
¿Funcionará la iniciativa de Calderón?

Octavio Rodríguez Araujo

Un avance legal esperado desde hace décadas es el que propone Calderón para reformar el Código de Justicia Militar con miras a adecuarlo a lo que ordena la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se queda corto el titular del Ejecutivo, pero es loable que los delitos de desaparición forzada, violación sexual y tortura puedan ser sancionados por el Ministerio Público de la Federación y no por los mismos militares.

Se queda corto, dije, porque estrictamente hablando los delitos del fuero común que cometen o han cometido los militares también deberían de ser investigados y juzgados por las instancias civiles. Robo, contrabando, homicidio, alteración del orden público, retenes en calles y carreteras que no tienen justificación constitucional ni en la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, revisión de personas y de sus posesiones sin orden expresa de un juez (civil), destrucción de poblados enteros y de sus posesiones, como ha ocurrido en Chiapas sobre todo en 1995, etcétera, son ilícitos contra civiles que debieran atender, lógicamente, las autoridades civiles.

El problema que veo en dicha iniciativa es la dificultad práctica a la que se enfrentarán los policías judiciales para investigar detrás de los muros militares bien protegidos por el Ejército. No me imagino, por ejemplo, una investigación de desaparición forzada de alguien que involucre una orden de un general ejecutada por un cabo y tres soldados rasos. ¿Hasta dónde podrán llegar los investigadores del Ministerio Público Federal en la jerarquía militar?

He podido percibir que los agentes del Ministerio Público Federal obedecen órdenes de los generales del Ejército. ¿Por qué y mediante qué artes ahora cambiarían las cosas? Pondré un ejemplo, creo que elocuente, que escribí en Mi paso por el zapatismo (Océano, 2005) y que, en mi opinión, refleja con claridad lo que estoy cuestionando sobre los efectos prácticos de la propuesta de Calderón.

Cuando un grupo de ciudadanos y periodistas fuimos en febrero de 1995 a Guadalupe Tepeyac y La Realidad, en Chiapas, después de que el Ejército se apoderó del territorio y destruyó el espacio que había servido para el desarrollo de la Convención Nacional Democrática (Aguascalientes, se le llamó), convirtiéndolo en cuartel militar con avisos de prohibido el paso y alambre de púas, pudimos observar: “1) que los miembros del Ministerio Público (MP) de la PGR eran los mandaderos de los soldados, 2) que el general Guillermo Martínez Nolasco […], en aquellos momentos encargado de la zona tomada (y destruida), era el jefe (el comandante de Agrupamiento de la Fuerza de Tarea Arco Iris en Chiapas) y que el agente del MP hacía lo que se le ordenaba, y 3) que para entrar a verificar lo que había en el ex Aguascalientes se tuvo que hablar con él y no con los elementos de la PGR. [Pudimos hablar con él porque entre nosotros iban Rosario Ibarra y Edgard Sánchez, ambos diputados en esos momentos, pero no nos dejaron entrar.]

“La PGR, para lo único que sirvió, además de transmitir nuestros mensajes al general Martínez Nolasco, fue para que le entregáramos, en su calidad de MP, una denuncia contra el Ejército Mexicano por 1) impedir la libertad de tránsito garantizada por la Constitución, y 2) por violar la Ley Agraria al haber invadido y destruido un ejido sin la autorización de las autoridades ejidales. Nuestra denuncia/demanda, por supuesto, no prosperó. Lo más que obtuvimos fue una declaración de la Zona Militar diciendo que en los archivos de Tuxtla Gutiérrez estaba la aprobación de las autoridades ejidales, cosa que nunca comprobamos, pues no valía la pena. El Ejército Mexicano, a diferencia de otros países, es intocable.

“Dicho sea de paso, la denuncia/ demanda, redactada por Gilberto López y Rivas y quien esto escribe, fue filmada en todo el proceso por diversos periodistas de televisión y registrada por corresponsales de prensa incluso de agencias noticiosas trasnacionales, como fue el caso de Trina Kleist, de Associated Press, quien prácticamente vivía en [San Cristóbal de las Casas] y quien me prestó su cuaderno para escribir la demanda.

“Para despejar las dudas que todavía pudieran quedar en el lector, me permitiré citar a Javier Ibarrola, quien escribía la columna titulada Fuerzas Armadas en El Financiero, y que no era sospechoso de ser crítico sino más bien de ser vocero de las fuerzas armadas. Dos años después, casi exactamente [el 19/02/97], escribió: “Las fuerzas armadas han sido llamadas para hacer frente a la subversión, primero en Chiapas y luego en otros estados de la República, donde las capuchas campean con desesperante libertad...”. Con esta afirmación Ibarrola parecía haber olvidado, o nunca se la creyó, que el papel del Ejército Nacional no era acabar con la subversión, sino coadyuvar con la PGR para aprehender a los presuntos dirigentes del EZLN. Si Ibarrola estaba interpretando libremente el papel de las fuerzas armadas, cabe señalar que una afirmación tan delicada como la citada nunca fue desmentida por la Secretaría de la Defensa Nacional.”

¿Funcionará la iniciativa de Calderón? Tengo serias dudas. Cedámosle la palabra a los secretarios de la Defensa y de Marina. Tal vez ellos nos puedan decir si van a permitir vulnerar los fueros especiales de que gozan hasta ahora y ser investigados por el Ministerio Público Federal.

Rosario Ibarra
¿Prescripción?

Desde hace muchos años, los familiares de los desaparecidos políticos mexicanos hemos luchado contra el llamado fuero de guerra. Solíamos pararnos por horas y más horas en la puerta principal del Campo Militar Número Uno, cargando mantas que decían: “Aquí dentro están nuestros hijos”, y repartiendo volantes a las pocas personas que transitaban en las calles aledañas. En el escrito que distribuíamos, reclamábamos la injusticia de que eran víctimas nuestros familiares detenidos contra todo precepto legal, secuestrados por policías ilegales como los de la Dirección Federal de Seguridad (DFS), o por soldados que los encerraban en lugares inexpugnables: la Base Naval de Icacos en Acapulco, el Campo Militar “La Joya” en Torreón y el fatídico Campo Militar Número Uno, en el Distrito Federal, con su tenebroso “túnel del radio” en un sótano oscuro, en celdas pequeñísimas en las que los encerrados no podían verse.

El primer desaparecido, cuyo nombre y los de sus captores están en las listas de nuestro comité, fue detenido por militares, que pese a denuncias y reclamos, nunca fueron castigados y la víctima jamás se volvió a ver. Ese secuestro oficial, esa desaparición forzada, ese crimen de lesa humanidad, fue cometido por órdenes del entonces presidente de la República y, por lo tanto, comandante supremo de las Fuerzas Armadas, Gustavo Díaz Ordaz, en 1969. El nombre de la víctima es Epifanio Avilés Rojas, maestro, originario de Guerrero, y los de los militares, Antonio López Rivera (coronel) y Miguel Bracamontes (general).

En 1970, al iniciarse el sexenio echeverrista, empezó lo que algunos llaman “la caza del hombre” en el estado de Guerrero, donde no había poblado que se escapara de las incursiones del Ejército, y las desapariciones eran el azote que mermó familias y dejó a los hogares sumidos en la impotencia y en la tristeza... y siguió la persecución en todo el país y las listas de desapariciones fueron creciendo. Los que eran llevados a juicio, después de sufrir las terribles torturas que sabían infligir los desalmados aprendices de Torquemada en su fatídico feudo de Circular de Morelia No. 8 (DFS), se consideraban punto menos que felices al ser juzgados y llevados a prisión, porque habían logrado salir con vida del citado lugar, en donde algunos, víctimas de la sevicia de los torturadores, habían perdido la vida.

He sacado de nuevo a luz el relato de tantas injusticias, porque se preparan otras más, enmascaradas en anuncios gubernamentales, sobre el tantas veces impugnado “fuero de guerra”... Se dice de éste: “que es un privilegio que vulnera el principio de igualdad de todas las personas ante la ley y que la imparcialidad de los tribunales que integran la jurisdicción militar, no está asegurada con absoluta certeza, ya que los jueces de la misma son designados por el secretario de la Defensa Nacional, con lo que éste se convierte, en perjuicio del acusado, en superior jerárquico del acusador y del juzgador”.

Independientemente de las opiniones que se viertan en torno a este asunto, quienes hemos sufrido la injusticia de la desaparición de un ser querido, no estamos dispuestos a aceptar las ridículas y convenencieras “cataplasmas” que nos pretende endilgar el gobierno con el anuncio de que se limitará el traído y llevado “fuero de guerra” cuando se trate de los delitos de tortura, desaparición forzada y de violación. Nosotros preguntamos ¿y el abuso de autoridad... y del homicidio?

Pero además, denunciamos la pretensión inmoral de la torpeza gubernamental, cuando en la iniciativa pretenden endilgarnos que “el delito de la desaparición forzada de personas prescribirá en un plazo de treinta y cinco años”.

El gobierno hace a un lado, con esto, compromisos internacionales “suscritos por el Estado mexicano” y que por esa razón le vinculan de manera inexorable. La Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, en su artículo VII, establece de manera clara, que tanto la acción penal, como la pena judicialmente impuesta, no están sujetas a prescripción.
“Es la gravedad de esta injusta acción lo que motiva la imprescriptibilidad dispuesta en el instrumento internacional mencionado”... motivación que seguramente no comparte el autor de la iniciativa de reforma...

Dirigente del Comité ¡Eureka!

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