Uno de los mayores retrocesos fue aprobar una Ley de derecho de réplica que la hace inviable para la mayor parte de las personas
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Con la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión (LFTR) en agosto de 2014 quedó por adelante una agenda
más que saturada de cambios. Varios de los temas centrales han tenido en
este 2015 avances y en otros francamente retrocesos, por lo que el
balance es de claroscuros e impactan directamente la situación de la
libertad de expresión y derecho a la información, que supone deben de
ser el centro de la regulación y el diseño de las políticas públicas.
Veamos algunas de las definiciones que este año se hicieron por
diversos actores entre los que se encuentran el Instituto Federal de
Telecomunicaciones (IFT), la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
(SCT), la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y el Congreso.
Radiodifusión
En este rubro se dieron cambios relevantes en tres temas: el acceso a
la multiprogramación en televisión digital, las reglas para el acceso a
las concesiones de uso comercial, público, social, comunitario e
indígena y el apagón analógico con la entrada de la televisión digital
en casi todo el país.
Con los Lineamientos Generales para el acceso a la multiprogramación
se perdió una valiosa oportunidad para dotar de pluralismo y una
competencia más efectiva al concentradísimo sector de la televisión,
pues el IFT dejó al libre albedrío de los actuales operadores la
posibilidad de que terceros puedan acceder a las nuevas señales,
complicando la entrada de productores y programadores independientes,
quienes históricamente han estado excluidos de la televisión abierta.
Sobre el acceso a las concesiones, donde se tuvo más avance fue en
los cambios para que medios comunitarios e indígenas puedan contar con
una frecuencia en radiodifusión, se flexibilizaron en buena medida los
requisitos técnicos y financieros, que son las principales barreras para
que los grupos en situación de vulnerabilidad puedan operar sus propios
medios, además de que se les abrió la puerta para que puedan contar con
patrocinios para su sostenibilidad, algo insuficiente, sin embargo la
LFTR no permite mucho más.
En cuanto al apagón analógico que fue tan polémico como atropellado,
finalmente se cumplió el mandato de que se hiciera en todo el país a más
tardar el 31 de diciembre de este año, aún con la pifia del Congreso de
otorgar una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2016 a las
televisiones públicas y estaciones de baja potencia, muchas de ellas
pertenecientes a las televisoras comerciales, en la mayor parte del país
las señales digitales ya son una realidad, de esta manera México se
convierte en el primer país que transita a la televisión digital en
América Latina.
Derechos de las audiencias
En este rubro hemos tenido los mayores retrocesos al aprobarse en el
Congreso una Ley de derecho de réplica que la hace inviable para la
mayor parte de las personas, que para ejercerlo tienen que iniciar un
tortuoso proceso judicial con toda la carga de la prueba. la ley fue
diseñada al gusto de los dueños de los medios de comunicación para
evadir el cumplimiento de este derecho. Por eso es una buena noticia que
la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) haya decidido
interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación en contra de este ordenamiento al considerar que
no cubre con los estándares constitucionales sobre el derecho a la libre
manifestación de ideas.
También tuvimos otra gran regresión con los Lineamientos de
Clasificación de Contenidos Audiovisuales de las Transmisiones
Radiodifundidas y del Servicio de Televisión y Audio restringido, que
con un año de retraso al plazo que indicaba la LFTR emitió la SEGOB.
Estos lineamientos han sido ampliamente criticados porque violan el
interés superior de la niñez.
Con la ampliación de horarios de clasificación ahora la niñez estará
expuesta legal y formalmente a escenas de violencia, adicciones,
desnudez en segundo o tercer plano, y hasta actividad sexual implícita,
y, se abre la puerta para que también estén expuestos a los anuncios de
los llamados alimentos chatarra que están prohibidos en horario infantil
por la Secretaría de Salud. Los nuevos criterios de clasificación son a
todas luces protectores de los intereses de la industria de la
radiodifusión y negativos para la niñez contraviniendo los artículos
1º, 3º, 6º y 4º constitucionales, el artículo 226 de la LFTR y el
artículo 3º de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Competencia
La resolución del Pleno del IFT para determinar que el Grupo Televisa
(GTV) NO tiene poder sustancial en el mercado de televisión de paga, ya
sea por satélite o por cable, fue una de las decisiones más lamentables
de este órgano regulador en el 2015, lo que permitirá que esa empresa
siga siendo uno de los pocos proveedores del servicio en el 87% de los
municipios existentes en el país.
Con la resolución del IFT Televisa podrá continuar comprando
operadores y aumentando su participación en el mercado con acciones
agresivas que desplazará sobre todo a las medianas y pequeñas empresas
locales y regionales sin que pueda ser sancionada por ello, en pocas
palabras se le dio más poder a quien es ya de suyo poderoso.
Lo que viene
En el 2016 habrá de ensancharse la discusión en el sector pues entre
otros temas viene la definición de rubros igualmente relevantes como los
lineamientos para los derechos de las audiencias, el cambio de la norma
del 800 al 400 Khz de la banda de FM, la licitación de la red
compartida, la licitación de la banda AWS para banda ancha móvil y la
definición de las bases de licitación para radio en AM y FM, sobre este
último punto el IFT puso ya a consulta pública el Proyecto de Bases de
la Licitación IFT-4 que estará abierta del 18 de diciembre de 2015 hasta
el 02 de febrero de 2016.
Por último no queda más que desearle que pase felices fiestas y un feliz 2016.
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