No existe el síndrome; existe la violencia emocional
Legislar el concepto de Síndrome de Alienación Parental (SAP) en los
Códigos Civiles o Penales de los estados sería un grave problema porque
al mismo tiempo se tendría que garantizar que, en todos los casos donde
se acredite el SAP, haya un 100 por ciento de seguridad de que el
progenitor que se dice víctima no es un abusador sexual o no violenta a
sus hijas o hijos.
La investigadora de la Dirección de Investigaciones Epidemiológicas y
Psicosociales del Instituto Nacional de Psiquiatría “Ramón de la Fuente
Muñiz”, Luciana Ramos Lira, expuso en entrevista con Cimacnoticias que
para legislar el SAP sería necesario que las autoridades pudieran probar
que todos los diagnósticos de Alienación Parental son certeros y no
tienen errores.
El 1 de agosto la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México derogó el Artículo 323 séptimus
del Código Civil capitalino, figura que argumenta que uno de los
progenitores, en general la madre, manipula a sus hijas o hijos para que
acusen al otro progenitor de violentarlos o de abuso sexual. Sin
embargo, el concepto sigue vigente en al menos 16 Códigos Civiles de los
estados.
Consultada sobre este tema, la psicóloga, maestra y doctora en
Psicología Social, Luciana Ramos, señaló que en Estados Unidos, donde el
SAP ha sido aceptado poco a poco en los litigios de custodia, se han
realizado estudios que indican que la Alienación Parental es un concepto
inventado y promovido por Richard A. Gardner para describir un
“síndrome por el cual madres vengativas emplearon alegatos de abuso
infantil en los litigios como arma para castigar a los ex maridos” y
asegurar la custodia de los menores de edad para sí mismas.
Ramos Lira señaló que de acuerdo con estudios de expertos como Joan S.
Meier y Sean Dickson, es fundamental reconocer los casos donde existe
violencia de pareja y/o abuso infantil porque hay graves implicaciones
para las hijas e hijos y su crianza, y aceptar que hay una tendencia en
contra de las mujeres, niñas y niños que insisten en señalar que existe
abuso por parte del padre en los litigios de custodia.
La investigadora refirió un estudio piloto empírico que analizó 38 casos
de custodia de menores de edad en Estados Unidos y que encontró que 72
por ciento de los padres acusaron de SAP a las mujeres y en los casos en
que hubo una acusación de alienación las mujeres perdieron la custodia
de sus hijos la mitad de las veces, independientemente de las denuncias
de abuso infantil.
En resumen, dijo, el riesgo para cualquier madre en un Tribunal Familiar
de perder la custodia (si el padre alega Alienación) es mucho peor de
lo que se cree y aunque se presume que el concepto de SAP es neutral,
ese estudio indica que no es así ya que el hecho de que los tribunales
desconfíen de las afirmaciones de abuso que hacen las madres y las niñas
y niños indica un sesgo de género.
En México, por ejemplo, en junio pasado se dio a conocer un diagnóstico de SAP que al parecer llevó a una mujer, Mireya Agraz Cortés,
a quitarse la vida junto con sus tres hijos, su padre y su madre (quien
sobrevivió), después de que una jueza determinó quitarle la custodia de
sus hijos para dársela a su expareja, quien estaba acusado de violación
sexual contra dos de sus hijos.
A decir de Ramos Lira, si se hace un buen peritaje en casos de violencia
hacia niñas, niños y adolescentes se puede observar un proceso de
violencia emocional en el que un padre o una madre está poniendo a los
hijos en contra del otro progenitor, pero esto se debe nombrar como una
forma particular de violencia emocional y no como SAP.
Esto porque actualmente la Alienación Parental se usa para describir un
proceso en el que se propone que un padre (el “alienador”) enseña a un
niña o niño a rechazar al otro pero el gran problema, expone la
investigadora, es que no hay un “check list” de comportamientos que
constituyan un síndrome como lo planteó Richard Gardner.
Hasta ahora el Instituto Nacional de Psiquiatría no reconoce el SAP y
por lo tanto no hay registros de casos porque no es un síndrome en el
sentido de diagnóstico tradicional, como tampoco es una enfermedad
mental la preferencia política, religiosa o sexual o los conflictos
entre el individuo y la sociedad, destacó la investigadora.
Imagen retomada del portal zaqi
Por: Anayeli García Martínez Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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