Quinto Poder
Por: Argentina Casanova*
En el sistema social patriarcal en el que se institucionaliza la
asimetría derivada de las diferencias de género (roles y estereotipos
ligados a la genitalidad) entre las mujeres y los hombres, con
desigualdades para las primeras, las sociedades desarrollan en sus
instituciones una “lógica de violencia” en el trato hacia las mujeres
durante los conflictos armados, pugnas entre comunidades con las
autoridades y/o entre un pueblo y otro, en violencia vertical y
horizontal.
La Resolución 1820/2008 de la ONU ya reconoce y establece compromisos
para los Estados parte, y dice: “Las mujeres y las niñas son
especialmente objeto de actos de violencia sexual, incluso como táctica
de guerra destinada a humillar, dominar, atemorizar, dispersar o
reasentar por la fuerza a miembros civiles de una comunidad o grupo
étnico, y que la violencia sexual utilizada de esta manera puede en
algunos casos persistir después de la cesación de las hostilidades”.
En la misma, en el párrafo 4, hace un llamado claro sobre la gravedad de
la violencia sexual ejercida en contextos de conflictos armados:
“…para que cumplan con su obligación de enjuiciar a las personas
responsables de tales actos, y garanticen que todas las víctimas de la
violencia sexual, particularmente las mujeres y las niñas, disfruten en
pie de igualdad de la protección de la ley y del acceso a la justicia, y
subraya la importancia de poner fin a la impunidad por esos actos como
parte de un enfoque amplio para alcanzar la paz sostenible, la justicia,
la verdad y la reconciliación nacional”.
Sin embargo, a pesar de este y otros documentos que a últimas fechas se
han emitido, la violencia es el instrumento de control; y la intención
de perpetuación sobre un pueblo empieza por la intención del
sometimiento sobre el cuerpo de las mujeres. Así se construye la lógica
de guerra del adversario que no es de una comunidad, sino contra las
mujeres mismas, que son a la vez –dentro del sistema patriarcal-
extensión del territorio geográfico y de la propiedad de los hombres, la
representación del honor y la capacidad/incapacidad de los hombres de
un pueblo de “defender lo que es suyo”.
En esa construcción, la violencia-tortura sexual no solo es la forma más
explícita de ejercer el control sobre el cuerpo de las mujeres, es
también la disciplina a la transgresión y es la violencia simbolizada
sobre el adversario a quien se doblega al mismo tiempo que a la
mujer-cuerpo-tierra.
En los conflictos derivados de la violencia horizontal, es decir, la que
se da entre la misma población, entre pares, entre pobres, entre la
misma sociedad civil y sus poblaciones vueltas grupos armados, o crimen
organizado; pero también está la violencia vertical desde las jerarquías
hacia el pueblo y contra él, en ambas manifestaciones de violencia en
conflictos las mujeres son –en la óptica patriarcal- una extensión del
otro, la propiedad del enemigo, una parte tangible con la que se daña al
adversario.
Es así que tanto en los enfrentamientos entre grupos sociales contra el
Estado y sus instituciones, entre pueblos con diferencias étnicas y/o
económicas, en medio de los conflictos armados las mujeres y las niñas
son inevitablemente -en el sistema patriarcal-, un daño colateral, botín
de guerra.
La lógica de guerra del adversario contra un pueblo o de una comunidad
supone que en medio de un conflicto ciertas reglas o medidas de
disciplina y castigo están permitidas, más cuando tienen un propósito
“aleccionador”, pero también de dominación, sometimiento de toda la
comunidad cuando se ejerce la violencia sexual en el cuerpo de las
mujeres de esa comunidad.
El Estatuto de Roma (ER) es el instrumento más socorrido para entender,
reconocer, prevenir y sancionar los crímenes de naturaleza sexual que se
cometen en los escenarios de conflictos armados entre pueblos/países
con fronteras geográficas, sin embargo, resulta difícil aún reconocer
contextos de “guerra” y sus lógicas contra las mujeres en situaciones de
violencia horizontal y/o del Estado contra su propia población.
En la “lógica de guerra del adversario”, la tortura sexual no se comete
contra las mujeres, ellas no existen, en realidad ellas no son personas,
no son “el enemigo” ni externo ni interno, son más bien una propiedad
del enemigo, como la tierra y sus recursos naturales en una
representación social de la mujer-cuerpo-tierra con la que se afrenta al
enemigo. No es casual que se “profanar un extraño enemigo con su
planta, tu suelo”, es la violación del territorio como una metáfora de
la violencia sexual.
* Integrante de la Red Nacional de Periodistas y del Observatorio de Feminicidio en Campeche.
CIMACFoto: César Martínez López Cimacnoticias | Campeche, Cam.-
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