No obstante la evidencia
sobre los malos manejos con los recursos del Seguro Popular y esperando
preservar las –erradas– reformas peñistas (2014), en marzo de 2018, el
comisionado Antonio Chemor, se atrevió a declarar que
seguirá existiendo a pesar de que haya un cambio de gobierno. Y agregó: los afiliados suman
54millones; atiende
mil 807 enfermedades,
65 son de carácter catastrófico.
Pero ¿qué fue lo que tan mal reformó Peña? En un sector pésimamente
descentralizado–por Soberón (De la Madrid, década de los años 80); De la Fuente/Narro (Zedillo, en la década de los años 90) y, finalmente, montando sobre este ruinoso edificio
federalizadoel fraudulento Seguro Popular panista (Fox/Calderón)–, siguiendo sumisamente a la OCDE, Peña reformó la Ley General de Salud para conformar un Sistema de Protección Social en Salud –con pretensiones de
universalidadrebajada– que terminó siendo una mala copia del controversial experimento colombiano.
Los peñistas iniciaron el sexenio asumiendo que, con ese seguro, sus antecesores panistas
afiliaronmucho más que la
infraestructuraedificada, al tiempo que eliminaban el programa
Consulta Segurapara la reafiliación (impuesto por Chertorivski, con Calderón) porque
obligabauna evaluación médica que
desalentóel interés por renovar pólizas. Pero los peñistas jamás revisaron el inadecuado diseño del Seguro Popular que ejecuta un federalismo centralizador; implanta paquetes básicos
esencialesno ajustados a la morbi/mortalidad de los asegurados y elude los diferentes perfiles patológicos estatales, mientras inhibe la libertad diagnóstica/médico/clínica, acotándola a
intervencionesdel paquete
esencial.
En septiembre de 2013, Peña remitió la Iniciativa para reformar la Ley General de Salud, decretada en junio 2014 ( DOF, 4.6.14) y completada con su Reglamento de diciembre de 2014 ( DOF,
17.12.14). Y, como con la educación, centralizó los recursos del Seguro
Popular, sin extraer nunca el aprendizaje de las fallidas
descentralizacionesprevias. Como observara su entonces responsable, Gabriel O’Shea:
el federalismo y la autonomía de los estados favorecieron que el dinero asignado para su operación se usara para otros fines.
Agréguense los impactos de la nueva Ley Federal de Contabilidad
Gubernamental (2012) que, violentando la división de poderes y
desplazando a la Auditoría Superior de la Federación –con el pretexto de
imponer nuevas obligaciones en materia de transparencia a estados y
municipios– refuerza el federalismo centralizador, solidificando la
tiranía hacendaria al centralizar el ejercicio del gasto público en la
Secretaría de Hacienda, siendo que, en rigor, se trata de funciones
establecidas para el Congreso de la Unión y las legislaturas locales
(artículos 79/134 constitucionales).
Gracias a la reforma de ese reglamento, ahora el Régimen Estatal de
Protección Social en Salud (que es un organismo público descentralizado)
ya no presta servicios. Sólo es una entidad financiera que –vía
convenios– compra, paga y facilita la acción de quienes, como
prestadores los brindan directamente: servicios estatales de salud e
instituciones públicas, privadas y sociales que conforman el Sistema
Nacional de Salud.
El Reglamento establece con claridad (artículo 20) el procedimiento de
libertad de elecciónpara todo el sistema, así como la competencia entre prestadores:
los regímenes estatales asignarán a cada núcleo familiar, un centro de salud para su atención primaria, y en caso de existir más de una opción, se les brindará la facilidad de elegir su unidad de adscripción.
De esta manera, se consolida la anhelada separación de la función
financiera de la función prestadora de servicios. Para decirlo en el
lenguaje de Miguel Ángel González Block, vocero de la
reformamexicana (Fundación Mexicana para la Salud-Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros) de inspiración colombiana:
para alinear a compradores, prestadores y pacientes, México necesita una reforma de salud que separe a los compradores de los prestadores, introduzca la elección y permita la compra estratégica en favor de las necesidades del paciente. Por compra estratégica se entiende la capacidad de adquirir intervenciones de acuerdo con las necesidades de salud y las políticas nacionales, así como priorización con base en la relación de costo-efectividad(2015, Retos y oportunidades en la alineación de los compradores y prestadores en México, Academia Nacional de Medicina).
Así, la gran reforma que Mercedes Juan fue incapaz de imponer a todo
el sector, se concentró con las reformas de Peña, exclusivamente en el
Seguro Popular. Lo que se aplica –como cambio legal– para IMSS e Issste,
es el intercambio de servicios operado por la Ssa-Narro durante
2016-2018. Ese intercambio está reglado en el acuerdo mediante el cual
se establecen los lineamientos para la compensación económica del
Sistema de Protección Social en Salud ( DOF, 24.4.15).
Tal como
recomendarala OCDE ( Reviews of Health Systems. México, 2016) –en la nueva Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas– esta reforma no puede hacer mucho para mejorar efectivamente la salud de los mexicanos. Trabaja para y por el jugoso mercado de la atención médica curativa (Funsalud, 2015, Diagnóstico de los retos del Sistema Nacional de Salud Universal).
¿Qué coaliciones partidarias arropan en 2018 semejante reforma que,
con el lenguaje de Noah Harari, pretende dejar de sanar de forma
igualitaria a los enfermos para sólo mejorar elitistamente a los sanos?
Es claro que en la expectativa de Chemor priva sólo un supuesto:
preservar las –erradas– reformas de Peña al Seguro Popular, para así
continuar mecánicamente con una
reformaa la salud como la que hoy defienden las coaliciones PRI (Meade)-PAN (Anaya). Esperemos que el desenlace de la jornada electoral 2018 ponga sobre la mesa otras alternativas.
*Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco
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