7/24/2013

El 66 por ciento de jueces desconoce leyes a favor de las mujeres


NACIONAL

   Imparten “justicia” a partir de prejuicios y sin visión de género


Especial

Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | México, DF.- 

En México los jueces niegan la justicia a las mujeres porque continúan juzgando con estereotipos, desconocen las leyes contra la violencia de género, y las instituciones especializadas en investigar los delitos son inoperantes.

Con estos argumentos la organización Equis: Justicia para las Mujeres denunciará al Estado mexicano ante el Examen Periódico Universal (EPU), mecanismo de las Naciones Unidas a realizarse en octubre próximo, por no garantizar el acceso a la justicia para las mujeres víctimas o inculpadas.

María Paula Castañeda, coordinadora de Proyectos de esta organización, dijo en entrevista que se envió un informe al Consejo de Derechos Humanos de la ONU para acusar la falta de perspectiva de género en el nuevo sistema de justicia penal (juicios orales).

En el documento, Equis también denuncia la falta de armonización legislativa de las leyes contra la violencia de género y las deficiencias de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra).

Este informe, explicó Castañeda, servirá como insumo para que en octubre los Estados miembros de la ONU sometan a México al EPU y evalúen la situación de los Derechos Humanos (DH) en México.

La activista precisó que en junio de 2008 el Congreso mexicano aprobó una reforma constitucional en materia de seguridad pública y justicia penal, que ahora se conoce como “sistema de juicios orales”.

Con esta reforma se busca un sistema de justicia en el que haya equilibrio entre las atribuciones del Ministerio Público y el juez, se dé mayor relevancia al proceso penal y se genere la contradicción entre las partes en la presentación de pruebas. 

Otro objetivo del nuevo sistema de justicia es que no todas las controversias terminen en sentencias condenatorias, es decir, que haya salidas alternativas. Por ejemplo, en el caso de pensión alimenticia y custodia el conflicto puede concluir con un convenio ante el juez.

Sin embargo este sistema de salidas alternativas representa un riesgo para las mujeres porque si bien los juicios de pensión alimenticia terminan en un convenio, no existen mecanismos para que ellas hagan cumplir este acuerdo.

Castañeda explicó que si las mujeres no están en condiciones de igualdad no pueden exigir que se cumpla la pensión alimenticia, y por tanto el convenio queda en una especie de “limbo judicial”.

Por otra parte, Equis monitoreó la implementación del nuevo sistema de justicia y encontró que a pesar de los beneficios del novedoso modelo continúan las viejas prácticas discriminatorias. “Los vicios no se están erradicando”, advirtió Castañeda.

Mencionó que la discriminación no está en el Código Penal o en la ley, es parte de los estereotipos de los operadores de justicia. Ésa es la razón –dijo– de que haya sentencias donde el juez termina culpando a una mujer que fue violada por salir en la noche.

A través de su observatorio de sentencias judiciales, la agrupación encontró que los jueces no tienen perspectiva de género por lo que sugieren que el EPU haga una recomendación específica para que se obligue a la capacitación de jueces en estos temas.

Otro tema de preocupación es que haya leyes contra la violencia de género que tengan distintas definiciones sobre los tipos y modalidades de violencia. Además para Equis estas leyes no concuerdan con los códigos penales de cada entidad.

Mientras las leyes de acceso a una vida libre de violencia son amplias en cuanto a las definiciones de violencia, no tienen mecanismos de exigibilidad; por el contrario, las normas penales contienen definiciones más limitadas, dice el informe.

Esto repercute en que de 240 sentencias analizadas en 15 tribunales superiores de justicia sólo en cuatro casos se mencionaran las leyes de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, es decir hay desconocimiento de estas normas.

Castañeda agregó que las y los jueces no conocen las leyes ni las aplican en sus fallos, mientras que otros estudios indican que el 66 por ciento de los operadores de justicia no conocen ningún instrumento internacional de DH de las mujeres.

Para revertir esta situación, Equis propone que el EPU recomiende a México crear unidades de género en las instancias impartidoras de justicia a fin de fortalecer la atención de los derechos femeninos.

Por último, Castañeda apuntó que es preocupante la actuación de la Fevimtra, que a cinco años de su creación tiene deficiencias en su mandato porque no puede investigar la mayoría de los casos debido a que sus atribuciones se lo impiden.

Esta dependencia se excusa para no investigar alegando que no tiene facultades si el delito es trata de personas cometido por la delincuencia organizada, si el delito produce efectos en el extranjero, si no es federal, o si lo cometieron las fuerzas armadas.

Información obtenida por Equis señala que en términos de averiguaciones previas, la Fevimtra reporta un número bajo: un total de 624 iniciadas desde 2008 hasta agosto de 2011, y sólo 126 de ellas consignadas

“Muchos de sus logros tienen que ver con capacitación, apoyo en protocolos o apoyo en el seguimiento y persecución de delitos que tienen que ver con trata o violencia contra las mujeres”, acotó Castañeda.

La activista criticó que actualmente la Fevimtra dependa de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Procuraduría General de la República (PGR), por lo que sugirió una reestructuración que fortalezca su accionar.

Consideró que el EPU es una oportunidad para visibilizar este tema y encaminarse hacia un sistema de justicia más fuerte y trasparente, lo cual sería la mejor forma de prevenir la violencia contra las mexicanas.

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