NACIONAL
Autoridades incurren de nuevo en omisión ante feminicidio
Por: Anaiz Zamora Márquez
Cimacnoticias | México, DF.- La reciente decisión del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (SNPASEVM) de negar nuevamente el inicio de una investigación por violencia feminicida en el Estado de México, para luego decretar una Alerta de Violencia de Género (AVG), contraviene lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH).
En diciembre de 2009, la CoIDH sentenció al Estado mexicano por ser omiso e impune en la prevención y sanción de los homicidios de tres mujeres, cuyos restos fueron encontrados en Campo Algodonero, Ciudad Juárez, en 2001.
Ese fallo sentó las bases y lineamientos para definir los asesinatos por razones de género, y que en la legislación mexicana se estipularon como feminicidio.
En su sesión del pasado viernes, el SNPASEVM no tomó en cuenta la sentencia de la CoIDH al fundamentar sus razones para negar una indagación por feminicidio, por lo que el Estado mexicano otra vez fue omiso ante la ola de asesinatos por razones de género.
El pasado 24 de abril, el Décimo Sexto Tribunal en Materia Administrativa del Primer Circuito ordenó al Sistema anular la negativa dada en enero de 2011 a la solicitud de AVG y a votar nuevamente de manera “fundada y motivada” la procedencia de la misma. Finalmente el viernes el SNPASEVM acató el fallo judicial.
Los argumentos de los 33 integrantes del Sistema que votaron en contra de la solicitud aseguraron que en el Edomex, entre 2005 y 2010 (años en los que se basaron las organizaciones para solicitar la alerta), no hubo violencia por razones de género que fuera sistemática y generalizada, y debido a que no existía la figura penal de feminicidio los asesinatos cometidos en ese periodo no corresponden a violencia feminicida.
Sin embargo la sentencia histórica de la CoIDH conocida como “Campo Algodonero” –que mandata al Estado mexicano a emprender acciones para prevenir, investigar, erradicar y sancionar de manera correcta los homicidios por razones de género, y sobre todo asegurar que los hechos no vuelvan a ocurrir–, detalla los componentes que deben ser identificados en los casos de violencia de género.
La Corte reconoció que los hechos de Campo Algodonero se dieron “en un contexto de violación sistemática y reiterada de los Derechos Humanos”, y que las mujeres eran violentadas con crueldad por el simple hecho de ser mujeres.
Uno de los argumentos utilizados por los abogados de las víctimas de Ciudad Juárez y que la Corte avaló para señalar la existencia de violencia por razones de género, fue la magnitud numérica y porcentual de los casos de homicidios de mujeres, es decir, la CoIDH analizó las cifras, las condiciones de las víctimas, las modalidades de la violencia, y los procesos de investigación.
El tribunal interamericano definió por ello que en los casos de asesinatos y homicidios de mujeres en la urbe fronteriza se observaba un patrón definido y reiterado.
Durante el proceso que derivó en la sentencia de la CoIDH, el Estado mexicano argumentó que el feminicidio en Juárez “era un mito y que las madres y organizaciones lucraban con los casos de sus hijas”, por lo que la Corte resolvió que al actuar de esta manera las autoridades perpetuaban la impunidad y permitían que ocurrieran más casos.
De acuerdo con organizaciones civiles, la situación del feminicidio en el Edomex es bastante similar a la de Ciudad Juárez, ya que según cifras de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM), retomadas por el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), entre 2005 y 2010 fueron asesinadas 922 mujeres en la entidad.
En casi la mitad de los casos registrados se mostraban rastros de tortura y violencia cometidos en contra de las víctimas, y gran parte de los restos fueron localizados en lugares públicos; también muchas de las víctimas fueron agredidas sexualmente.
Sumado a ello, al igual que en Juárez, las autoridades mexiquenses afirman tener resueltos la mayoría de los casos, pero no existen cifras ni información oficial sobre las sentencias.
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