La red compartida deberá ser manejada por una asociación público privada, de tal manera que ningún operador tenga influencia sobre su operación.
lasillarota.com
Este
año será de definiciones en el sector de las telecomunicaciones y la
radiodifusión, con una multiplicidad de temas, entre ellos la
materialización del reconocimiento de los medios sociales y la red
compartida en la banda del 700 para el acceso a la banda ancha móvil.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) está llevando a
cabo una consulta hasta el 14 de mayo para emitir los lineamientos para
transitar del permiso a las concesiones de uso público, social,
comunitario e indígena, así como para el acceso de este tipo de
concesiones a nuevos operadores.
El asunto no es menor, pues representa poner en práctica el
reconocimiento material que por primera vez en la historia del país se
hace a los sectores comunitario e indígena de la radiodifusión, pues
con anterioridad a la reforma constitucional en la materia en 2013
entraban en un mismo paquete como permisionarios sin fines de lucro,
figura que estaba diseñada sólo para los medios llamados públicos o
estatales.
El IFT deberá en dichos lineamientos ser más específico que lo
planteado en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
(LFTR), que las deja en definiciones generales insuficientes para
determinar con claridad quién es un medio social de uno comunitario, ya
que esa diferenciación es clave para acceder a los mecanismos
estipulados en ley como la publicidad oficial, que será una de las
principales fuentes de ingreso al habérseles negado arbitrariamente la
posibilidad de vender un porcentaje mínimo de tiempo aire para su
sostenimiento, tal como sucede en las mejores prácticas internacionales.
Igualmente deberá dar mayor certeza jurídica a los posibles nuevos
operadores, ya que el artículo 85 de la LFTR dice: “Para la asignación
de las concesiones para usar, aprovechar o explotar espectro
radioeléctrico para uso público o social, el interesado deberá
presentar ante el Instituto solicitud que contenga al menos la
siguiente información…” (el resaltado es mío); la pequeña frase al
menos, representa una incertidumbre jurídica para estos medios, ya que
se deja abierta la posibilidad de que se les puedan pedir mucho más
requisitos de los que puedan cumplir, este margen de discrecionalidad
no permite conocer ex ante al peticionario los requisitos que debe de
cumplir. Mientras a los medios comerciales se les dejan claramente
establecidos los requisitos que deben de cumplir, a los medios
sociales, comunitarios e indígenas, que son los más desfavorecidos, se
les deja en un estado de indefensión.
Tampoco son menores los lineamientos que deberá determinar para que
los medios de uso público realmente cumplan con las obligaciones que
les marca la constitución y la ley para que tengan independencia
editorial, transparencia y rendición de cuentas, pluralidad informativa
y mecanismos de participación ciudadana concretos, a fin de que dejen
de ser medios oficiales o vocerías de los gobiernos en turno.
De la calidad de los lineamientos como de los criterios para regular
a este tipo de medios no lucrativos dependerá su fortalecimiento dentro
un modelo de comunicación preponderantemente comercial en nuestro país,
por eso le insisto en que es un proceso no menor, ya que implica
también fortalecer las opciones y por lo tanto el pluralismo en la
radiodifusión.
La red compartida y el acceso universal a la banda ancha.
En otros temas, le comento que con retraso comienzan los trabajos
para implementar la famosa red compartida de banda ancha, que de
acuerdo al artículo transitorio décimo sexto de la Constitución debe
estar operando en el 2018. Demasiados puntos quedan pendientes por
definir para saber cómo funcionará esta red, que junto con la red
troncal de fibra óptica debieran de facilitar las condiciones de
conectividad para hacer viable el derecho de acceso universal a las
tecnologías de información y comunicación, incluyendo la banda ancha,
establecido en el artículo 6º de la reforma constitucional del 2013.
Esta red compartida, de acuerdo al decreto deberá ser manejada por
una asociación público privada, de tal manera que ningún operador tenga
influencia sobre su operación, por lo que todavía quedan pendientes
muchas definiciones que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
ha diferido, sin que hasta el momento haya dado explicaciones
razonables y transparentes sobre este proceso que es de la más alta
relevancia para dar conectividad especialmente a los lugares donde la
infraestructura es poca o nula, porque no hay una política que obligue
a las empresas operadoras del servicio a invertir para asegurar la
cobertura social a las zonas más marginadas del país.
Ahora se hará cargo de este proceso la recién nombrada subsecretaria
de Comunicaciones de la SCT, Mónica Aspe, quien ha mostrado un trabajo
metódico que esperemos sostenga como hasta ahora lo ha hecho, ante un
sector que está plagado de intereses económicos y políticos. Uno de los
puntos importantes como parte de la política pública para el acceso
universal será el desarrollo de esta infraestructura, pero también
deberían de implementarse con programas integrales de alfabetización
digital junto con otras acciones como la de derogar por parte del
legislativo el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
que se le impone a los servicios de telecomunicaciones al considerarse
como de lujo desde la Ley de Ingresos de la Federación aprobada en
2010, esta disposición encarece a los usuarios finales lo que se supone
es un derecho para toda la población, por lo que resulta un absurdo
mantener esta política fiscal.
@callejag
aleida.calleja@gmail.com
No hay comentarios.:
Publicar un comentario