Ciudad de México.- Las secretarías de Gobernación (Segob) y de Relaciones Exteriores (SRE) aseguraron que estudiarán con atención y cumplirán la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), donde se condena al Estado mexicano por su responsabilidad en las falencias en la investigación de la muerte de la defensora de Derechos Humanos, Digna Ochoa y Plácido, ocurrida el 19 de octubre de 2001.
Un día después de recibir la notificación de la sentencia, dictada en noviembre de 2021, las dependencias expusieron en comunicado que el Estado mexicano refrenda los compromisos y acuerdos alcanzados con la familia de la defensora Digna Ochoa en materia de reparación del daño y garantías de no repetición, y atenderá puntualmente lo señalado por la Corte Interamericana.
“México reitera su compromiso con la protección de los Derechos Humanos y su respaldo a la labor de las y los defensores de Derechos Humanos. Por último, el Estado mexicano manifiesta una vez más su reconocimiento a la labor de la defensora Digna Ochoa y reitera su compromiso de honrar su memoria y legado”, se detalló en el comunicado.
Durante 20 años la familia de la defensora insistió en que ella no se suicidó de 3 disparos como en su momento afirmó la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, hoy Fiscalía General de Justicia. Aun así, los procuradores Bernardo Bátiz Vázquez, Rodolfo Félix Cárdenas y finalmente Miguel Ángel Mancera Espinosa, mantuvieron firme la conclusión del suicidio y por eso en tres ocasiones (julio de 2003, marzo de 2007 y noviembre de 2010) decidieron no ejercer acción penal.
En la sentencia el tribunal constató que en la época de los hechos, las y los defensores –además de otras personas que trabajaban en la defensa de los Derechos Humanos, como periodistas, representantes sindicales o indígenas– corrían riesgo de sufrir numerosas violaciones de Derechos Humanos.
Las mujeres defensoras, destacó, “sufrían obstáculos adicionales debido a su género, siendo víctimas de estigmatización, expuestas a comentarios de contenido sexista o misógino o sufriendo el hecho de que las denuncias presentadas por ellas no sean asumidas con seriedad”. El tribunal también constató que en la actualidad continúa este contexto de violencia contra personas defensoras.
Es por eso que en la sentencia, además de ordenar reabrir la investigación penal y otorgar tratamiento médico y/o psicológico, psiquiátrico o psicosocial a la familia de la defensora, el máximo tribunal de la región determinó medidas de no repetición, entre ellas, diseñar e implementar una campaña para reconocer la labor de las personas defensoras.
Esta sentencia se da en la administración de López Obrador en la que existe un contexto de animadversión en contra de las organizaciones defensoras de Derechos Humanos, personas que defienden causas sociales y periodistas. Cabe recordar que en en noviembre de 2019, un grupo de organizaciones nacionales e internacionales, enfocadas en la defensa de la libertad de expresión, realizaran una misión de observación en México.
El equipo, integrado por 17 personas defensoras de organizaciones como International Women´s Media Foundation, Artículo 19 y Comunicación e Información de la Mujer (CIMAC), acudió a la conferencia matutina del presidente y le preguntó, entre otras cosas, si se comprometía a utilizar un lenguaje que en ningún caso pudiera estigmatizar el ejercicio del periodismo ni a las y los periodistas.
En ese momento el presidente López Obrador respondió que no tenía que hacer ningún compromiso ya que él nunca había utilizado lenguaje ofensivo y siempre había sido respetuoso. “En el tiempo que llevamos luchando, nunca hemos afectado o agredido a ningún periodista ni lo haríamos… Nosotros siempre vamos a respetar la libertad que tienen todos los ciudadanos de manifestarse”, dijo.
Otro ejemplo del discurso de López Obrador en contra de las personas defensoras es lo que ocurrió el 12 de julio de 2021, al ser cuestionado por un periodista sobre el funcionamiento del Mecanismo de Protección, después de que Front Line Defenders México dio a conocer que al menos 44 activistas fueron asesinados en su administración (2019-2020). El presidente dijo que Segob protegía esta población, pero que los datos eran “propaganda” de sus adversarios, difundida por el periódico Reforma.
Meses después, en octubre de 2021, el presidente aseguró que grupos “neoliberales” utilizaron causas “muy nobles” como el feminismo, el ecologismo y la defensa de los Derechos Humanos, para “saquear” y apropiarse de bienes nacionales.
“Muy nobles todas estas causas, muy nobles, pero el propósito era crear o impulsar, desarrollar todas estas nuevas causas para que no reparáramos, para que no volteáramos a ver que estaban saqueando al mundo y que el tema de la desigualdad en lo económico y en lo social quedara afuera del centro del debate. Por eso no hablaba de corrupción, se dejó de hablar de explotación, de opresión, de clasismo, de racismo”, dijo.
En este contexto, la sentencia por el asesinato de la defensora Digna Ochoa indica que en un plazo de dos años, el Estado mexicano deberá elaborar un plan de fortalecimiento calendarizado del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, retomando las recomendaciones y propuestas de los peritos Erika Guevara Rosas y Michel Forst, y de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que desde 2019 presentó un diagnóstico para mejorar este Mecanismo.
Lo anterior porque en abril de 2021 estos peritos declararon ante la Corte por el caso Digna Ochoa. Allí la directora para Las Américas de Amnistía Internacional, Erika Guevara Rosas, presentó una radiografía sobre la situación de las personas defensoras de Derechos Humanos en México y afirmó que hay “un grave deterioro de los Derechos Humanos” desde mediados de la década de 1990 y cuando ocurrió la muerte de Digna Ochoa.
La sentencia llega también cuando la Segob trabaja en una propuesta para derogar la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, vigente desde 2021 y la cual dio origen al Mecanismo de Protección; y en su lugar crear la Ley General de Prevención y Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, para lo cual se realizaron dos foros con sociedad civil para revisar qué debe contener la ley, el pasado 17 y 18 de enero.
Por otro lado, otras medidas de reparación dictadas en la sentencia emitida por la Corte Interamericana son crear e implementar un “Mecanismo de Protección de Testigos que intervengan en el Procedimiento Penal”, elaborar una iniciativa de reforma constitucional para dotar de autonomía e independencia a los Servicios Periciales, elaborar una reforma a la “Ley Federal Para la Protección a Personas que intervienen en el Procedimiento Penal” y crear un protocolo para la investigación de ataques contra las defensoras y personas defensoras.
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