1/22/2022

Reabrirán investigación por asesinato de Digna Ochoa

  

En conferencia de prensa, los abogados que llevaron el caso al sistema interamericano, Karla Michel Salas Ramírez y David Peña Rodríguez, expusieron que confían en que las autoridades federales y la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México cumplan con las medidas de reparación dictadas en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que se dio a conocer este 19 de enero.

“Puede ser un proceso suave en el cumplimiento o puede seguir siendo parte del larguísimo litigio que hemos enfrentado como representación y como familia, a lo largo de estos 20 años. Pensamos, creemos y confiamos en que ahora que ya ha acabado el litigio, ya acabó el pleito y hay una sentencia, el cumplimiento sea mucho más ágil”, afirmó el abogado David Peña Rodríguez. 

Se cae hipótesis del suicidio 

Desde que ocurrió la muerte de la defensora en 2001, la familia insistió en que ella no se suicidó de tres disparos: uno en un sillón, otro en una pierna y uno más en la cabeza, como en su momento afirmó la Fiscalía Desconcentrada de la entonces Procuraduría capitalina, hipótesis que sostuvo indagando en la vida personal de la abogada y después de realizar un peritaje psicológico pos-mortem. Esta versión se mantuvo hasta el final del litigio ante la Corte Interamericana.

Ahora que el máximo tribunal de la región aseguró que hubo falencias en la investigación de los hechos, en la cual también se utilizaron estereotipos de género, el hermano de la defensora, Jesús Ochoa, afirmó: “Cuanta razón tenía la familia Ochoa y Plácido, razón que nos asistía desde hace 20 años. Lo viene a confirmar, precisamente, la sentencia emitida por la Corte Interamericana hace unos días”.

Jesús Ochoa destacó que quienes denostaron a su hermana y a su familia fueron el entonces Procurador de Justicia del Distrito Federal, Bernardo Bátiz Vázquez, quien actualmente es consejero de la Judicatura Federal; y el subprocurador de Averiguaciones Previas Centrales de la entonces Procuraduría, Renato Sales Heredia, quien hoy es fiscal general del estado de Campeche. Aún así también confió en que la investigación se reabrirá y se sancionará a los responsables del asesinato.

Por su parte, el abogado David Peña, recordó que investigar el delito le corresponde a la Fiscalía de la Ciudad de México, encabezada por la fiscal Ernestina Godoy, con quien se espera construir una metodología de investigación, retomando las líneas que dictó la Corte Interamericana como las actividades profesionales que realizaba la abogada, las zonas donde trabajó y las amenazas previas que recibió. 

A su vez, la abogada Karla Michel Salas Ramírez destacó que hay un voto de confianza con la fiscal Ernestina Godoy, una mujer que viene de de la sociedad civil, pues fue integrante de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), organización que también defendió a la familia Ochoa. “Desde que ella presidía la ANAD exigió al gobierno de la Ciudad y el gobierno federal el esclarecimiento del asesinato de Digna. Entonces no dudamos que ahora que tiene esta alta responsabilidad la asuma”, dijo Salas.

Estándares en casos de violencia contra mujeres 

La subdirectora del Centro por la Justicia y el Derechos Internacional (Cejil), Marcela Martino, quien también acompañó el litigio internacional de la familia de Digna Ochoa, destacó que el alto tribunal consideró que la violación de Derechos Humanos de Digna Ochoa no se agotó en la deficiente investigación de su muerte, sino que continuó y se exacerbó a través de un discurso de agentes estatales encaminado a denostar su imagen pública, a polarizar a la sociedad mexicana y a sustentar ante la opinión pública la versión del suicidio.

Sin embargo, esta no es la primera vez que la Corte se refiere el impacto negativo de los estereotipos de género como un obstáculo para el acceso a la justicia. En noviembre de 2009 el alto tribunal emitió la sentencia conocida como “Campo Algodonero”, donde condenó al Estado mexicano como responsable en la desaparición y muerte de las jóvenes Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, cuyos cuerpos fueron hallados en un campo algodonero de Ciudad Juárez, Chihuahua, el 6 de noviembre de 2001. 

Esa sentencia, que en el fondo reconoció el feminicidio, se convirtió en un referente porque la Corte Interamericana estableció parámetros para determinar, prevenir, investigar, procesar y castigar la violencia de género. Ahora, en el caso de Digna Ochoa el tribunal destaca que las mujeres defensoras sufren obstáculos adicionales debido a su género, al ser víctimas de estigmatización, estar expuestas a comentarios sexistas y misóginos o a que sus denuncias no se asuman con seriedad.

A la resolución de “Campo Algodonero” le siguieron las sentencias emitidas entre 2010 y 2011 por la Corte Interamericana, en las que el Estado mexicano resultó internacionalmente responsable por la violación a los derechos a la integridad personal, dignidad, a la vida privada, a las garantías judiciales y a la protección judicial en prejuicio de las indígenas Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, víctimas de violación sexual por militares, en 2002, en hechos diferentes. 

Después, en noviembre de 2018 la Corte Interamericana emitió otra sentencia contra el Estado mexicano por su responsabilidad en la tortura ejercida por elementos de las fuerzas de seguridad en contra de once mujeres, hechos ocurridos en Atenco, Estado de México en 2006 y conocido como “Mujeres de Atenco”. En todos estos casos la Corte documento un problema sistémico de discriminación en el acceso a justicia para las mujeres. 

La abogada de Cejil, Lady Guzmán Marenco, destacó que la Corte también reconoció que el contexto de ataques contra personas defensoras e impunidad persiste hasta el día de hoy y que existe una violencia diferenciada contra las defensoras. “La Corte destaca el riesgo que tienen las mujeres defensoras de Derechos Humanos a ser víctimas de feminicidio, violaciones, detenciones arbitrarias, encarcelamientos, asesinatos y también desaparición forzada”, aseguró.

Los abogados destacaron que la sentencia el caso Digna Ochoa también es una oportunidad para mejorar el funcionamiento del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y la ley vigente desde 2012 que le dio origen, la cual está en proceso de revisión en la Secretaría de Gobernación.

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