Bárbara Ester y Nery Chaves García
El balance de los gobiernos latinoamericanos en 2019 respecto al
derecho a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) presenta un
panorama poco alentador. El ascenso de gobiernos como el de Jair
Bolsonaro evidencia el avance de un conservadurismo de cariz religioso
contrario no sólo al aborto sino a todo intento de atender tanto los
derechos reproductivos como la educación sexual, una hostilidad
explicitada en su caracterización y construcción del concepto de
“ideología de género”. El nombramiento de Damares Alves al frente del
Ministerio de la Mujer fue revelador: la ministra señaló que la
prioridad de su gestión es “proteger la familia tradicional y luchar por
un Brasil sin aborto”[1].
En América del Sur las denominadas “nuevas derechas”, encarnadas en
Sebastián Piñera y Mauricio Macri, tuvieron un rol más ambiguo. En el
primer caso, con la modificación del Protocolo sobre el Aborto en tres
causales, aprobada bajo la Administración de Michelle Bachelet. El
objetivo fue facilitar que instituciones privadas puedan refugiarse en
la “objeción de conciencia” y no practiquen la interrupción del
embarazo. Esto ha implicado un retroceso importante en cuanto a los
convenios del Estado con instituciones de salud privada para la
realización de abortos en caso de violación, riesgo de vida para la
madre e inviabilidad fetal.
En el caso argentino, el Gobierno de Macri abrió la discusión del
aborto en el Congreso y, a su vez, votó mayoritariamente en contra de la
iniciativa. Además, el Ejecutivo envió al Senado un proyecto para
reformar el actual Código Penal, un proyecto que no sólo mantiene la
criminalización y los límites para acceder a este derecho por causales,
sino que también se refuerza la figura del “aborto culposo” –por
imprudencia o negligencia– y se incorpora el delito de “lesión a la
persona por nacer”, dando al feto un estatus jurídico. Esto significaría
un retroceso en relación con el debate que se abrió durante el
tratamiento del aborto en el Congreso, sino también respecto al actual
Código Penal (1921), y al fallo F.A.L. (2012)[2],
cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación sentó un importante
precedente al desambiguar el artículo 86 del Código Penal sobre el
aborto no punible, permitiéndolo cuando la salud o la vida de la mujer
están en peligro o cuando el embarazo es producto de una violación o “un
atentado al pudor de una mujer idiota o demente”. Anteriormente, las
interpretaciones ponían en duda si era sólo para violación de personas
discapacitadas o cualquier tipo de violación. Pero, tal vez, lo más
novedoso es que este fallo encargó a las autoridades nacionales y
provinciales la implementación de protocolos hospitalarios “para la
concreta atención de los abortos no punibles a los efectos de remover
todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios
médicos”. En 2015, el Ministerio de Salud de la Nación -entonces bajo el
Gobierno de Cristina Fernández- publicó el Protocolo[3] para
la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción
Legal del Embarazo (ILE) y al que adhirieron provincias como: Chaco,
Chubut, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Santa Fe y
Tierra del Fuego. Esto permitió, en la práctica, vehiculizar las ILEs y
ampliarlas, ya que el Protocolo incluía el concepto de salud en su
concepción integral (física y psíquica).
En Ecuador tampoco llegaron buenas noticias. El 17 de septiembre la
Asamblea Nacional se pronunció en contra de la inclusión de la violación
entre las causales de aborto no punible, con lo que la legislación
actual sólo habilita la interrupción del embarazo en caso de riesgo de
vida. Cabe destacar que, hasta el momento, los avances de los
progresismos en materia de derechos reproductivos fueron bastante
escuetos. Aún con voluntad política, como en el caso de Bolivia, los
avances son aún tímidos. En el país andino el Gobierno impulsa el debate
y la reforma legislativa del Código Penal, pero aún no se han
materializado avances. En Venezuela no hubo avances y la crisis
económica se interpuso al acceso efectivo de los métodos anticonceptivos
garantizados por la ley bolivariana.
Los casos de progresismos con avances más notorios los constituyen
Chile y Uruguay. En el primer caso, por la incorporación de causales por
parte de Bachelet en 2017, pero también por el crecimiento del
movimiento feminista local. En cuanto a Uruguay, desde la sanción de la
despenalización en 2013, se ha convertido en el país de la región que
más avanzó en materia de salud sexual y reproductiva. Una investigación
internacional presentada el mes pasado por Miráquetemiro.org –una
plataforma creada por ocho redes regionales que trabajan en temas
relacionados con la salud de las mujeres– reveló que el país
rioplatentense cumple con cerca del 80% de los compromisos en salud y
derechos sexuales y reproductivos que los estados asumieron en 2014 en
el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo de la Organización de las Naciones Unidas.
Además del aborto, los compromisos asumidos están vinculados a
cuestiones como prevención de la mortalidad materna, laicidad, servicios
de salud sexual y reproductiva, parto humanizado y educación sexual
integral.
Países como Perú, Colombia y Paraguay tampoco presentaron cambios,
pero cabe destacar que mientras Colombia y Perú tienen una política del
aborto que lo permite en casos y condiciones específicas, Paraguay es la
excepción suramericana, ya que constituye el único país que no avala
ningún tipo de causal, lo que implica una prohibición absoluta.
Paraguay, claramente, resalta de la media regional que contempla el
aborto terapéutico (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador,
Colombia, Perú, Venezuela). En cuanto a la causal de violación, es no
punible en prácticamente todos los países suramericanos, a excepción de
Ecuador, Venezuela y Paraguay.
Aborto en Mesoamérica
Tal vez el único avance centroamericano provenga de México, en donde
el Estado de Oaxaca aprobó su despenalización el pasado 25 de
septiembre. México corresponde a uno de los países medianamente más
avanzados. Medianamente, pues el aborto es despenalizado en la Ciudad
de México y ahora en Oaxaca. En Ciudad de México el aborto no es punible
mientras sea realizado antes de la semana de gestación número 12.
Asimismo, en términos de punibilidad, México cuenta con penas bastante
más laxas (de 3-6 meses y/o de 100 a 300 días de trabajo que beneficien a
la comunidad)[4] que el promedio de pena regional centroamericano (entre los 3-4 años).
Las legislaciones más punitivas se encuentran en el centro del
continente. En El Salvador, Nicaragua y Honduras el aborto es ilegal en
todas sus causales. Siendo las mujeres salvadoreñas las que cuentan con
una mayor vulneración: “las 13”, por ejemplo, han sido una de las
consignas más importantes en el movimiento feminista salvadoreño al
hacer referencia a la judicialización de mujeres que supuestamente se
practicaron un aborto.[5] La
accesibilidad al procedimiento en el país más pequeño de Centroamérica
ha sido la punta de lanza del movimiento feminista, pues son mujeres
jóvenes, empobrecidas y excluidas de un sinnúmero de derechos las
penalizadas por un aborto que ,además, es muy difícil de probar
científicamente.[6]
Otro de los casos dramáticos corresponde al contexto nicaragüense,
donde la legislación retrocedió en el año 2007, durante el Gobierno de
Daniel Ortega. En esta última reforma se eliminó la causal del aborto
terapéutico tras una alianza con el sector religioso en ese país; el
movimiento feminista nicaragüense relata de las vulneraciones más
importantes en el continente.[7] Además, ésta es una de las legislaciones con penas mayores, de entre 4 y 8 años.
En el caso del Código Penal de Nicaragua, llama la atención la
conceptualización del aborto –artículo número 126- el cual corresponde
a: “la muerte de un ser humano en cualquier momento del embarazo o
durante el parto”. Esta definición se referencia en las posturas más
conservadoras respecto al aborto, provenientes del sector
evangélico-religioso. Por otro lado, el artículo número 165, establece
que: “el aborto terapéutico será determinado científicamente, con la
intervención de tres facultativos por lo menos, y el consentimiento del
cónyuge o pariente más cercano a la mujer, para los fines legales”. Este
artículo elimina de raíz la autonomía de las mujeres, al subyugarlas a
un consentimiento de la pareja masculina o al pariente más cercano. Las
mujeres, de acuerdo a este artículo, son legalmente incapaces de tomar
decisiones sobre su propio cuerpo.[8]
En Guatemala y Costa Rica el aborto terapéutico es legal, en teoría.
Para el caso guatemalteco el Código Penal, en su artículo número 137,
establece que: “No es punible el aborto practicado por un médico, con el
consentimiento de la mujer, previo diagnóstico favorable de por lo
menos otro médico; si se realizó sin la intención de procurar
directamente la muerte del producto de la concepción y con el solo fin
de evitar un peligro, debidamente establecido, para la vida de la madre
después de agotados todos los medios científico y técnicos”. Una lectura
literal del artículo muestra vacíos en la noción reconocida como aborto
terapéutico en tanto “evita un peligro” y despenaliza el aborto que se
realizase sin la intención de provocar “muerte”. En ese sentido, la vida
en Guatemala sería reconocida desde el paradigma religioso y el derecho
del supuesto feto primaría frente el de la madre.
Actualmente, en Guatemala, se encuentra en tratamiento legislativo el
Proyecto de Ley “para la Protección de la Vida y la Familia”. Tal
proyecto entra en la Administración evangélica de Jimmy Morales y, en
términos generales, aumenta las penas a quienes se practiquen un aborto o
lo induzcan, además de que establece un “paquete” de medidas
conservadoras: i) la vida es considerada desde la concepción; ii) el
establecimiento de la familia –tradicional- como la institución
fundamental de la sociedad guatemalteca y el deber del Estado
Guatemalteco de protegerla y; iii) reconocimiento exclusivo del
matrimonio heterosexual.[9]
En Costa Rica, buena parte del movimiento feminista se ha aglutinado
en la exigencia de la firma de la Norma Técnica del Aborto Terapéutico.
Con esta norma técnica, en buena teoría, las mujeres podrían acceder al
aborto impune en el tanto peligre su vida. Sobre ello es importante
rescatar que la redacción final de la Norma no ha sido publicada, por lo
que existe el riesgo que en ella se establezcan retrocesos o bien que
el acceso al derecho sea posible en relación a enfermedades específicas.
En este contexto, una fracción evangélica parlamentaria
–independiente, recientemente, del Partido Restauración Nacional (PRN)
alineados a la corriente de Fabricio Alvarado[10]–
y del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) arremetió contra Carlos
Alvarado en caso de firmar la Norma Técnica del Aborto Terapéutico, a
quien amenazaron de entorpecer la agenda parlamentaria del Ejecutivo.[11]
La legislación panameña corresponde a una de las más avanzadas en la
región mesoamericana al despenalizar las causales de aborto en caso de
violación y el aborto terapéutico. Sin embargo, las y los médicos
pueden apelar a la objeción de conciencia en razón de sus creencias
religiosas personales.
Perspectivas
En lo que refiere a las promesas, la inminente llegada al gobierno
argentino de Alberto Fernández, augura un salto adelante en materia de
derechos reproductivos. Se prevé la despenalización del aborto y se ha
anunciado la creación de una Secretaría de la Mujer, lo que
institucionalmente implica un importante reconocimiento que contrasta
con el vaciamiento de las políticas implementadas en la gestión de
Cristina Fernández por parte del Gobierno macrista. Los nombres con los
que se especula para el futuro Ministerio son los de Victoria Donda y
Dora Barrancos; ambas expresan, con trayectorias distintas vinculadas a
organizaciones sociales y el ámbito académico, una trayectoria de lucha
por la IVE y la Ley de Educación Sexual Integral (ESI).
En este sentido, Andrés Manuel López Obrador y Alberto Fernández
perfilan un nuevo enfoque para un progresismo de segunda ola en lo
concerniente a los derechos reproductivos y a la soberanía del propio
cuerpo gestante. También es importante destacar que los dos países
cuentan con el más significativo activismo de movimientos feministas en
la región y que los debates en torno al aborto parecen contagiarse,
logrando permear la agenda.
[1] https://g1.globo.com/politica/noticia/2018/12/06/nos-queremos-brasil-sem-aborto-diz-futura-ministra-de-mulher-familia-e-direitos-humanos.ghtml
[2] https://www.cij.gov.ar/nota-8754-La-Corte-Suprema-preciso-el-alcance-del-aborto-no-punible-y-dijo-que-estos-casos-no-deben-ser-judicializados.html
[7] https://www.hrw.org/es/news/2017/07/31/nicaragua-prohibicion-del-aborto-supone-riesgo-para-la-salud-y-la-vida
[9] https://fadep.org/principal/familia/guatemala-iniciativa-de-ley-para-la-proteccion-de-la-vida-y-la-familia/
[10] Fabricio Alvarado es un
periodista, reconocido por su diputación durante la administración
2014-2018, la cual estuvo marcada por el fundamentalismo religioso.
Fabricio fue candidato presidencial del Partido Restauración Nacional
(PRN) y obtuvo la victoria en la primera ronda electoral, siendo
derrotado en la segunda tras que el PAC se posicionara como el partido
que defendía los derechos humanos.
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