11/04/2007

Huele a Fraude...

Por Francisco A. Servin de A.



Dedicado a los medios alternativos y, a los mexicanos que ven a México, como su patria, no, como simple negocio.


Mucho se ha escrito de la manera en que se vendió, la línea aérea más grande del país, Aeroméxico. Varios comentarios he podido escuchar en el sentido de que, al menos el proceso, fue poco transparente o muy enredado si lo prefiere. Eso derivó en una inquietud que hizo meterme, de lleno, a lo publicado y aquí le presento el resultado de la investigación realizada.

Las sociedades anónimas, forman parte del sistema económico en que nos movemos y como tales, tienen una normatividad que las regula. En su interior, a través de los estatutos sociales, los dueños o accionistas, tienen que establecer, a la vez, reglas claras que permitan un desarrollo en la vida económica de la empresa, por lo que es indispensable, se cumplan a la orden del día, puesto que de ello dependerá en mucho la buena marcha del negocio. Nadie, excepto el órgano supremo de la empresa, que es la asamblea accionaria, podrá modificarlos. El no respetar esos preceptos, es penado por distintas leyes que nos rigen en el país.

Por lo tanto, como tales, los estatutos no estarán a discusión y se aplicarán tal cual dice la letra; y para ello, existen encargados nombrados por la asamblea de accionistas: el consejo de administración y el director general.

Por otro lado, tenemos organismos dedicados a supervisar que se cumplan los preceptos necesarios que redunden en un incremento en la confianza del inversionista.

¿Pero, qué sucede cuando ambas partes dejan a un lado su labor? Se pierde la garantía que se requiere en actividades tan delicadas. Pues bien, al parecer, estamos enfrente de un asunto sumamente delicado y que voy a intentar explicarle lo mejor que pueda. Favor de abrocharse los cinturones de seguridad, porque el viaje que vamos a emprender, estará lleno de turbulencias.

Con base en información publicada por la compañía Consorcio Aeroméxico, S.A. de C. V. y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se desprende que, en la operación de venta por el mecanismo de subasta hubo distintas irregularidades que incluso dan pie a la nulidad de la operación mercantil, ya que se violaron distintos artículos, de la Ley del Mercado de Valores, de los estatutos sociales de la empresa en cuestión, de reglamentos, tanto de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), como del Instituto para el Depósito de Valores (Indeval) y circulares emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico (SHCP) mediante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Lo más penoso del caso es, que las violaciones fueron también, por parte, de las personas que debieran cuidar que no se rompieran las reglas en ningún sentido.

Si usted piensa que todo se inició con la primer oferta por parte de los señores Saba, deje que le diga que anda equivocado; el cuento se inicia, el día 24 de enero del año de 2006, cuando la empresa emite un comunicado en el que explica que, la Asamblea General de Accionistas de Cintra, S.A. de C.V. aprobó el cambio de denominación social, de Cintra, S.A. de C.V. por el de Consorcio Aeroméxico, S.A. de C.V.

Debido a eso, el 7 de marzo del mismo año, Cintra, S.A. de C.V. comunica al público inversionista el cambio de "clave de cotización" que era, hasta ese día, Cintra y pasaba a ser Amexico.

Una semana después, el martes 14 de marzo, la empresa da a conocer el siguiente comunicado:
CINTRA, S.A. DE C.V., EMPRESA CONTROLADORA DE AEROMEXICO, LA LINEA AEREA MAS GRANDE DE MEXICO, Y DE AEROLITORAL, S.A. DE C.V., COMUNICA AL PUBLICO INVERSIONISTA SU CAMBIO DE "DENOMINACION SOCIAL" Y "DOMICILIO FISCAL", QUEDANDO DE LA SIGUIENTE MANERA:
NOMBRE: CONSORCIO AEROMEXICO, S.A. DE C.V.
DOMICILIO: PASEO DE LA REFORMA NO.445, PISO 9, COL. CUAUHTEMOC
DELEGACION CUAUHTEMOC, MEXICO, D.F. 06500

Las empresas inscritas en la Bolsa, tienen obligación de entregar el día 30 de junio de cada 5 años, la protocolización de la asamblea general de accionistas en la que se hubiere aprobado la compulsa (cotejar una copia con el documento original para determinar su exactitud), de los estatutos sociales de la Emisora con los datos de inscripción de la Emisora en el Registro Público de Comercio de dicho instrumento. Con base en la más reciente información que en ese sentido aparece publicada en el portal referido, con fecha del 28 de junio de 2006, podemos ver que se violaron distintos artículos de los estatutos sociales de la empresa aérea. Como a continuación se describen.

El primer artículo violado en la operación efectuada, es gravísimo. Intentaré, ir a la parte medular del asunto, y no escribir totalmente la redacción de los artículos, para no hacer este texto excesivamente largo y tedioso.

ARTÍCULO VIGÉSIMO. Títulos y Certificados.
Los títulos de las acciones deberán expedirse dentro de un plazo no mayor a 90 días naturales, contados a partir de la fecha en que se haya acordado su emisión o canje. Entre tanto se expiden los títulos definitivos, se emitirán certificados provisionales que serán siempre nominativos y que deberán canjearse por los títulos correspondientes, en su oportunidad.

Desde enero del año de 2006, la Asamblea General de Accionistas de Cintra, S.A. de C.V. aprobó el cambio de denominación social, de Cintra, S.A. de C.V. por el de Consorcio Aeroméxico, S.A. de C.V. Incluso, la empresa informó a la Bolsa Mexicana de Valores y pidió el cambio de clave de cotización, por lo tanto, debió siempre haber cotizado como Amexico CPN (certificado provisional nominativo), para que el inversionista tuviera conocimiento de que se encontraban en periodo de canje las acciones. No lo hizo así, infringiendo la reglamentación correspondiente. Además, sería bueno que el Indeval (Instituto para el Depósito de Valores) explicara al público en general, con base en qué efectúa las operaciones de Amexico, si la misma Bolsa Mexicana de Valores, sigue considerando, como emisora, a Cintra, S.A. de C. V. Pues no ha efectuado aún en esta fecha, 31 de octubre de 2007, el canje correspondiente de las nuevas acciones derivadas del cambio de denominación social. Por lo que surge una pregunta, ¿Qué acciones se vendieron? ¿Las de Consorcio Aeroméxico, que aún no se canjean? O, las de Cintra, que, es la que considera en este momento, como emisora, la Bolsa Mexicana de Valores. ¿Adónde estaban las autoridades correspondientes, para que se pudieran efectuar tamañas irregularidades?

Para ser más claro. Las acciones de Amexico serie A, no están en la Bolsa de Valores aún. Existe un comprobante de que están en canje. Legalmente hablando, lo que hay o debe haber, son certificados provisionales nominativos (CPN) que amparan las acciones de Amexico. Por lo cual, no se pueden vender en este momento, como acciones serie A, sino como (CPN). Lo que quiero decir es que la Bolsa Mexicana de Valores, permitió una venta de algo que no existe. ¿Se da usted cuenta de la falta tan grande? La operación, no tiene validez; vamos, ni siquiera las posturas de los oferentes, pues, ellos ofrecían comprar una acción que no existe en el mercado aún: Amexico serie A. Sus propuestas debieron ser todo el tiempo por Amexico CPN, más como la Bolsa permitió que se violaran los reglamentos, todos se fueron con la finta. Así que, la operación es hechiza.

La Ley del Mercado de Valores, en su artículo 29, en el 32 Fracción III y en el 44 Fracción XIV, hablando de los miembros del consejo de administración y del director general, hacen énfasis en cumplir los deberes que les sean impuestos por virtud de esa Ley o de los estatutos sociales. Pero, aparentemente, hace falta supervisión por parte de las autoridades, porque los administradores de la empresa, de la cual reciben sus jugosos salarios, parece que se preocuparon más por los posibles compradores que por los socios accionistas que han sufrido su incapacidad en el manejo de la empresa. Ellos, tenían la obligación de vigilar los intereses de los dueños que les han confiado el manejo de la compañía. Le voy a enseñar a usted, cómo dejaron pasar cuestiones tan importantes, como obvias.

Para no cansarlo, sólo le mostraré lo que sucedió en relación al ganador de la subasta. El fideicomiso maestro número 16093-6 del Banco Nacional de México. Por si no lo sabe, esa figura jurídica está formada con varios inversionistas encabezados por José Luis Barraza. Podemos encontrar entre los afortunados ganadores a María Asunción Aramburuzabala y Valentín Diez Morodo (Cervecería Modelo), y Juan Francisco Beckmann Vidal (Casa Cuervo), que, automáticamente, amarrarían a millones de consumidores para sus productos. También, hay políticos, como Fernando Canales Clariond (ex gobernador de Nuevo León, ex secretario de Energía y de Economía), y empresarios de distintos ramos. Henry Bremond Pellat (Liverpool), Ricardo Martín Bringas (Tiendas Soriana), Eugenio Garza Herrera (Consorcio Industrial Xignux), Antonio Cosío Pando (Inmobiliarias), Agustín Franco Macías, (Grupo Infra), Tomás Milmo (Axtel), Eduardo Tricio Haro (Lala), Francisco Medina Chávez (Fame), Maximino Salazar Nava (Desarrollo Ganadero), y una compañía llamada Teleholding, por parte del grupo Banamex, con la cual le dieron la vuelta, para no caer en la violación al adquirir las acciones de la línea aérea directamente, a la restricción, por tener mayoría de capital extranjero. Pero, ¿quién es Teleholding?

Según información rescatada de la Internet, Teleholding, es una tenedora de acciones de empresas dedicadas a dar servicio de televisión por cable; que, además, proporcionan el de conexión a la Internet. El mes de marzo de 2006, le compró a RCN Corp. el 48.9% de las acciones de la compañía Megacable, en 350 millones de dólares. O sea, son socios de la familia Bours; la misma del gobernador de Sonora. Ahora bien, la compañía Megacable, ha tenido diversas protestas en las regiones en que tiene sucursales, pues, por mera casualidad, los contratantes del servicio de conexión a Internet de esa empresa, se quejan de que se les bloquea la entrada a una página de seguidores de AMLO (el sendero del peje), y se adicionan los reclamos, porque cortan la señal que se genera desde Televisión Azteca, los martes a la una de la madrugada. Que no tendría nada de extraño, sólo que, a esa hora comienza el programa semanal de Andrés Manuel López Obrador.

Analicemos pues, algunas cosillas que no estuvieron correctamente hechas.

El día 12 de septiembre próximo pasado, Banco Nacional de México, como fiduciario del fideicomiso arriba citado, presentó su folleto y solicitud, en donde hacía una oferta pública de compra por las acciones del Consorcio Aeroméxico. Al día siguiente, 13 de septiembre, es autorizada por la CNBV y comienza a correr el tiempo de la oferta a partir del día 14 de septiembre. Los veinte días hábiles que duraba la postura, se terminaban el día 15 de octubre a las 16:00 horas, tiempo de la ciudad de México.

El ofrecimiento del fideicomiso era de adquirir como mínimo el 50.1% de la sociedad y, aceptaba quedarse hasta con el 100% de la misma. El precio por acción que pagaba era de $1.6842 (un peso sesenta y ocho cuarenta y dos centavos) O sea que, los señores ofrecían por toda la empresa en números redondeados, 1,671 millones de pesos.

Permitame que le explique una cosita, para que pueda comprender mejor este asunto. Una emisora que cotiza sus acciones en la Bolsa Mexicana de Valores, tiene que cumplir ciertos requisitos para poder mantener su registro, y entre ellos, uno muy importante, mantener colocado entre el público inversionista por lo menos el 12% de su capital pagado. Este razonamiento es fundamental; ya verá porqué.

Cuando el fideicomiso hace la oferta de compra, dice que está dispuesto a adquirir mínimo el 50.1% y hasta la totalidad de las acciones. Con lo cual, si llegara el caso, tendría que deslistar las acciones y retirarla del mercado. Con base en ello, los administradores de la sociedad (Consorcio Aeroméxico) y la misma CNBV, debieron haber rechazado la oferta del fideicomiso, pues hubiese tenido que cumplir el artículo décimo cuarto y décimo quinto de los estatutos de la sociedad, y el artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores, los cuales obligan al oferente a fijar el precio de compra, mediante el promedio ponderado de los últimos treinta días de cotizaciones de la emisora. En pocas palabras, el precio inicial de compra que hubiese tenido que ofertar el fideicomiso, era mucho mayor al ofrecido. ¿Ahora ve usted, el por qué, era importante que los administradores se pusieran a defender a los accionistas? Aquí hubo una violación flagrante de la Ley del Mercado de Valores, por parte de los compradores, los administradores y los encargados de vigilar que la ley se cumpla. Sin embargo, las autoridades se hicieron de la vista gorda, y los abogados, de los compradores, le sacaron la vuelta a la ley, hábilmente, al poner el siguiente texto en su solicitud:

"El oferente está preparado a adquirir hasta la totalidad de las acciones en circulación de Consorcio Aeroméxico, pero sólo ha sujetado la oferta a adquirir por lo menos el 50.1% de dichas acciones. En tal virtud, no se puede predecir si se solicitará o no la cancelación de la inscripción de las acciones de Consorcio Aeroméxico en el Registro Nacional de Valores, ya que tal determinación dependerá de los resultados de la oferta"

Al parecer, se les olvidó esta leyenda en pocos días. Mire usted lo que ellos mismos registraron en la Comisión Nacional de Valores con fecha 12 de octubre de 2007. Publican un segundo suplemento informativo, autorizado por la CNBV mediante el folio número 153/869707/2007 de fecha 13 de septiembre de 2007, en donde dicen lo siguiente en el punto número tres:

"A) EL OFERENTE ENTREGARÁ ADICIONALMENTE A LOS ACCIONISTAS ACEPTANTES UNA CANTIDAD IGUAL AL 10% (DIEZ) POR CIENTO DEL VALOR INCREMENTAL DE LA EMPRESA ENTRE LA FECHA EN QUE SE LLEVE A CABO LA ADQUISICIÓN Y LA FECHA EN QUE ÉSTA SE VUELVA A COLOCAR PÚBLICAMENTE."

Claramente están reconociendo que la van a retirar del mercado, con lo cual, la Comisión Nacional de Valores y los administradores de la sociedad, Consorcio Aeroméxico, entre los cuales se encuentran en el consejo de administración la titular del IPAB y un representante de la Secretaría de Hacienda, debieron inmediatamente protestar y hacer valer los estatutos sociales y los artículos de la Ley del Mercado de Valores que estaban siendo violados. No lo hicieron, por lo que, se convirtieron en cómplices, por omisión, de este ilícito.

Pero hay más, los señores que "compraron", la línea aérea, escriben en su solicitud que autorizó la CNBV, lo siguiente. Ponga por favor mucha atención.

"Fecha de vencimiento de la oferta: A las 15:00 horas, hora de la ciudad de México del 15 de octubre de 2007, salvo que se ejerzan los derechos de prórroga que se describen más adelante, en cuyo caso, la fecha de vencimiento de la oferta no podrá exceder del 30 de noviembre de 2007"

Luego, más abajo, en la misma página, dicen esto:

"En su caso, posibilidad de prórroga de la oferta y razones de la misma: De conformidad con lo establecido en el folleto informativo adjunto al presente, la oferta podrá ser prórrogada en una o más ocasiones a discreción del oferente por un plazo que no podrá ser inferior a 5 días hábiles en cada ocasión; en el entendido que, en ningún caso dichas prórrogas podrán exceder del 30 de noviembre de 2007"

El día 4 de octubre, cuando hacen otra oferta mayor a la inicial, en su envío a la CNBV, en el punto seis, dicen lo siguiente:

"Periodo de Oferta: En virtud de que la oferta del oferente termina el 15 de octubre de 2007, y que los cambios que se hacen a través de este suplemento al folleto informativo definitivo, estarán vigentes por lo menos 5 días hábiles, no se hace necesario extender el periodo de oferta, por lo que éste concluirá el 15 de octubre de 2007."

Pero el día 12 de octubre, se publica otro folleto, desde luego autorizado por la CNBV, donde dicen lo siguiente en el apartado periodo de oferta:

"Del 14 de septiembre de 2007 a las 16:00 horas (hora de la ciudad de México) del 16 de octubre de 2007..."

Más abajo, en el apartado, fecha de vencimiento:

"16:00 horas (hora de la ciudad de México) del 16 de octubre de 2007..." Como, así fue.

¿Qué sucedió aquí? Si cambiaban el plazo de la oferta, tenía que ser por cinco días hábiles y nada más lo modificaron tan sólo por un día. ¿Qué acaso, la CNBV y el Consejo de Administración de la empresa, no se dieron cuenta de esto? ¿Tenían tanta prisa por cerrar el trato?

Más claro, ni el agua. La verdad, no es creíble tantas irregularidades y violaciones. ¿Qué sucedió ahí? Todo indica que, en efecto, fue un pago descarado de favores en contra, de los intereses, de la nación.

Qué bonito, por un lado, nos piden a todos para sacar adelante a nuestros hermanos en desgracia, mientras que por la puerta de atrás, se roban la riqueza nacional para unos cuantos.

Los señores legisladores tienen la palabra. Las evidencias están ahí, y la operación debiera ser anulada. Pero además, el señor Secretario de Hacienda, debiera explicarnos el porqué dijo que había sido una operación legal y transparente. Se debe de sancionar, con rigor, a todos los involucrados, pues la empresa vale mucho más de lo que pagaron por ella. Ante los ojos de cualquier lógica rudimentaria, no puede venderse en 317 millones de dólares una funeraria, como fue el caso de Gayosso, y en tan sólo 250 millones de los mismos billetes, una compañía aérea del tamaño de Aeroméxico. Se ha intentando hacer creer al público en general, que, Aeroméxico, está a punto de la quiebra. Si así fuera, nadie ofertaría por ella. Además, una empresa que compra en un año 7 aviones en 265 millones de dólares y aumenta en cerca de 500 personas su plantilla laboral, no parece estar a punto de cerrar.

¿Adónde estaban los directivos de la Bolsa Mexicana de Valores? ¿Por qué la vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, brilló por su ausencia? ¿Por qué el IPAB y la Secretaría de Hacienda, teniendo representación en el consejo de administración de Aeroméxico, convalidó todas las violaciones que se dieron?

Es tiempo que los mexicanos recuperemos nuestro valor y no permitamos que nos humillen de esta forma. Piensan que no somos capaces de entender sus pillerías. Pero se equivocan. Además, son tan burdos, que su rastro huele a fraude.

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