En suspenso obligaciones de Poder Judicial ante fallos de CoIDH
Justo cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estaba por determinar cuáles son las obligaciones de los operadores de justicia cuando conozcan casos de violencia sexual contra mujeres indígenas, el pleno de las y los ministros decidió aplazar la discusión a fin de robustecer los argumentos en la materia.
Luego de tres sesiones, los 11 integrantes de la Corte dijeron que la resolución del expediente varios 1396/2011 –elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán– debe ampliar las consideraciones sobre perspectiva de género y etnicidad, por lo que el tema se dejó en lista, es decir que queda pendiente de análisis hasta nueva fecha.
Por medio de este expediente, la SCJN analizaba las obligaciones que tiene el Poder Judicial para cumplir con sentencias emitidas en 2010 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) contra el Estado mexicano.
El tribunal interamericano encontró responsable al Estado por los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, indígenas tlapanecas víctimas de violación sexual por parte de militares en el estado de Guerrero, en 2002.
La decisión de aplazar el tema se tomó después de que los ministros José Ramón Cossío, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Olga Sánchez Cordero señalaran que aunque el proyecto hacía mención de algunos puntos sobre perspectiva de género y etnicidad en casos de violación sexual, éstos eran insuficientes por lo que propusieron reforzar los argumentos.
José Ramón Cossío explicó que por lo novedoso del tema el proyecto de resolución debería tener un desarrollo más amplio de estos dos principios, pero además declaró que la Corte podría atraer casos sobre violación sexual a fin de sentar jurisprudencia, como lo hizo en el caso del fuero militar.
Por ejemplo, apuntó que debería quedar establecido que en casos de violencia sexual los operadores de justicia deberían tener un modelo de valoración de la prueba que considere la narración de las víctimas, ya que este crimen se produce en ausencia de otras personas, por lo que no puede haber pruebas gráficas o documentales.
El ministro también señaló que debe quedar claro que los casos de violación sexual tienen una naturaleza traumática, por lo que es usual que en la narración de las víctimas de repente se encuentren inconsistencias; asimismo dijo que se debe considerar la edad, condición social y pertenencia a un grupo vulnerable de quien denuncia.
Por su parte, la ministra Sánchez Cordero aseguró que un tema delicado como la violencia sexual se debe tomar como tortura, y agregó que en el proyecto de resolución se debería señalar que la lesión causada por la violación crece cuando el delito lo comete un miembro de una institución contra un grupo vulnerable, como en este caso, que se refiere a soldados que agredieron a indígenas.
Por ello pidió que en el proyecto se incluyeran los criterios desarrollados por la Primera Sala de la SCJN, las recomendaciones de organismos internacionales al respecto, y los protocolos de actuación que ya se tienen, así como establecer que los juzgadores están obligados a no dejar resquicios de impunidad, y a otorgar medidas de reparación del daño.
Expuso que la SCJN debería dar las directrices necesarias y las más claras posibles a todos los operadores jurídicos, ya que como parte del Estado mexicano puede establecer medidas de reparación y de juzgamiento para cumplir con una sentencia de la CoIDH.
Los ministros Gutiérrez Ortiz Mena y Arturo Zaldívar coincidieron con estos señalamientos y dijeron que era necesario incorporar los criterios expuestos, sin embargo este agregado modificó parte sustancial del proyecto, por lo que el pleno prefirió esperar a que se hicieran las modificaciones y después seguir con la discusión.
Previo a la sesión de hoy, grupos civiles como el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, que litigó el caso de Inés y Valentina a nivel internacional, llamaron a la SCJN a establecer criterios efectivos en materia de género, etnicidad y tortura sexual.
En un comunicado, dijeron que el análisis realizado por la SCJN no ha mostrado un tribunal constitucional que busque ampliar las garantías de Derechos Humanos, sino un tribunal que vive un periodo de retrocesos, entre otras cosas porque la semana pasada evitó analizar la compatibilidad de la reciente reforma en materia de fuero militar, publicada en junio de 2014, con el estándar fijado por la CoIDH.
De acuerdo con las organizaciones, respecto de la impartición de justicia con perspectiva de género, las sentencias de la Corte Interamericana establecen pautas de actuación muy concretas para las y los juzgadores que dirimen casos en los que están en juego los derechos de las mujeres, en aspectos tan concretos como la valoración del testimonio de las víctimas.
En cuanto a la impartición de justicia con perspectiva de género, las agrupaciones señalaron que las sentencias indican cómo deben actuar los órganos estatales cuando mujeres indígenas busquen justicia; y en lo referente a la tortura sexual dijeron que las sentencias son claras en establecer que la violación sexual cometida por servidores públicos constituye tortura.
Otros grupos que se sumaron a esta posición fueron Asociadas por lo Justo, el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres de Chihuahua, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y Equis Justicia para las Mujeres, entre otros.
El caso será retomado por el pleno de la Corte en próxima fecha, cuando el ministro Pérez Dayán haga las modificaciones necesarias y presente un nuevo proyecto para su votación.
CIMACFoto: Anayeli García Martínez
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | México, DF.-
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