11/22/2014

Un abrazo de humanidad


Trabajadoras migrantes de casa particular



“Ave del mar, espuma migratoria, / ala del Sur, del Norte, ala de ola, / racimo desplegado por el vuelo, / multiplicado corazón hambriento / (…) y a contraviento y contramar, la vida.”
Pablo Neruda


Visiblemente agotada luego de trabajar 20 horas continuadas para obtener medio día libre para sus trámites sindicales, la Presidenta del Sindicato Nacional Interempresa de Trabajadoras/es Inmigrantes de Casa Particular (Sinaincap, https://www.facebook.com/groups/139480892851864/), Rosa Flores, se sienta sobre una silla azul de la junta de vecinos Nº 15 de la comuna de Independencia de Santiago de Chile. Rosa es de origen peruano, de la provincia de Barranca, distrito Supe Puerto y reside en la capital chilena desde hace 5 años. Es madre y padre de 6 hijos, 4 de los cuales permanecen en su país, donde ella se desempeñó como obrera calificada y profesional de la costura antes de migrar.

La dirigenta sindical informa que la organización que lidera lleva dos años de vida, cuenta con un centenar de socias, y recibe el apoyo tanto de voluntarios independientes, como del Fondo Alquimia. Su sede se encuentra en la calle Barnechea Nº 320, también situada en la comuna de Independencia (zona norte de Santiago, a metros de la corriente del río Mapocho).

Rosa Flores dice que el salario promedio de las trabajadoras migrantes de casa particular es de alrededor de $250 mil pesos mensuales (USD420), con contrato laboral o sin él, de los cuales, al menos ella, remesa de $150 a $200 mil pesos al Perú.

Trabajadora empobrecida, mujer, madre sola y migrante es la confabulación matemática de todas las maldiciones bajo las relaciones sociales de clase, patriarcado, y de poder capitalistas.

-¿Cuáles son las formas de explotación y discriminación más brutales que sufren?

“Que nos hagan trabajar peor que a la Cenicienta antes de la llegada de ningún príncipe y sin horario. Que nos miren casi como a bestias, que nos paguen lo que les da la gana. Que, resultado de la presión y la sobreexplotación laboral, muchas padezcan cuadros depresivos y deterioro de su salud mental.”

Rosa dice que trabaja normalmente desde las 6 de la mañana hasta las 11 de la noche, sin descanso, y añade que “muchas compañeras son víctimas de acoso sexual. Tenemos los testimonios que lo acreditan, como también indican que sobretodo le ocurre a las migrantes. Las agresiones, la violencia y los malos tratos de los empleadores/as, lamentablemente, no son extraños. Y, por supuesto, nuestros jefes/as no logran advertir nuestra tristeza salida de la distancia que nos separa de nuestros seres más queridos. Hay indolencia.”

-La reunión que tienen hoy es para conocer los verdaderos efectos de la reciente ley aprobada para trabajadoras de casa particular y, en especial, de las consecuencias para las mujeres migrantes que laboran en el área. ¿Para qué sirve el sindicato, además?

“Ya es valioso tener un espacio para reunirnos y solidarizarnos. Un lugar de humanidad. La condición de migrante es muy dura. La mayoría que llega -sea peruana, boliviana, haitiana, nicaragüense, colombiana, e incluso chilenas que provienen del interior del país-, no tiene idea de cómo defenderse frente a los atropellos. El sindicato cumple la función de colectivo que informa sobre nuestros derechos y sus procedimientos legales. Los domingos realizamos actividades desde la mañana. Hay talleres de computación e Internet, de danza, de inglés, de francés, comunicación, xilografía, de organización. Nuestra agrupación es un abrazo.”

La Presidenta del sindicato aclara que no todos los empleadores tienen un mal comportamiento y respecto del vínculo con otras organizaciones de trabajadores/as, “hemos participado en diversos encuentros sindicales. Si bien existen buenas relaciones, también hemos observado la falta de compañerismo con los migrantes. Se sufre un nivel de discriminación y corporativismo “chileno” desde nuestros propios pares como asalariados/as. Y varios de esos mismos trabajadores/as, los mejor pagados, tienen una “nana” migrante criando a sus hijos/as. Cuando los chicos son adoptados, la situación es más grave. Nosotras hasta dormimos con los pequeños/as.”

En el sindicato conviven mujeres profesionales de la salud, la confección, cosmetólogas. Casi todas tienen terciaria y todas, primaria y secundaria escolar completa, pese a que por las dificultades del visado, muchas deben cursar nuevamente sus estudios para validar lo que ya saben.

Aquellas trabajadoras que deseen informarse o ingresar al sindicato, basta que escriban al correo de Rosa, floresrosita56@gmail.com
“Con la nueva ley, el empleador tiene todas las de ganar”

El abogado Patricio Rojas (rojasmesina@gmail.com) es uno de los colaboradores centrales de la organización. Se desenvuelve en la Clínica Jurídica de la Universidad Diego Portales, en el Programa Refugio ligado al derecho migratorio. Aquí se refiere la nueva ley sobre el sector –compuesta por tres legislaciones que modifican el actual Código Laboral- que ya fue aprobada y que entrará en vigencia en dos tramos: en enero y luego en noviembre de 2015.

Rojas precisa que la ley “hace una distinción entre las trabajadoras de casa particular puertas adentro y puertas afuera. En materia de jornada laboral, la jurisdicción no realiza ningún cambio para las trabajadoras puertas adentro, por tanto no existe ningún avance en ese aspecto. Sólo establece un mínimo de descanso de 12 horas para las asalariadas contratadas, y que el domingo es un día libre que puede dividirse en dos medios días libres: la mitad del domingo y la mitad de otro día de la semana. Todo ello sujeto a un acuerdo entre las partes, entre empleador y trabajadora.”

-Siempre y cuando exista un contrato…

“La nueva ley establece que debe existir un contrato de trabajo escrito, el cual debe ser inscrito en la Inspección del Trabajo con las cláusulas que señala el Departamento de Extranjería e Inmigración. Por eso para las trabajadoras migrantes, el contrato, además, tiene que ser notariado.”

El abogado indica que la ley registra las funciones específicas de las trabajadoras (lavado, aseo, cuidado de niños, etc.), “y en el caso de que se trate de una labor especial, como la atención de adultos mayores o de alguna persona discapacitada, ello también debe estar contemplado en el contrato. Por otro lado, es preciso que ahora las tareas especiales deban explicitar la dirección (ubicación puntual) donde se efectúan. Y sobre la ropa de trabajo, la ley dice que ella sólo puede usarse dentro de la casa, en el ámbito privado. O sea, el empleador no puede obligar a la trabajadora, por ejemplo, a ir a la playa –o a cualquier espacio público- a cuidar chicos vestida de “nana”.”

-¿La nueva ley es un beneficio real?

“Es complejo. El convenio 189 de la OIT, suscrito por Chile, afirma que debe haber igualdad para las trabajadoras de casa particular, que han sido por largas décadas las más vulnerables. No obstante, pese a ser aprobadas ambas legislaciones, la nueva ley sancionada no dice nada de la jornada de trabajo de las trabajadoras de casa particular puertas adentro.”

Patricio Rojas manifiesta que hay dos elementos de la ley que “parecen avances, pero que no lo son. Para las trabajadoras de casa particular puertas afuera se iguala el horario de trabajo respecto del conjunto de los empleados que en Chile es de 45 horas semanales. Empero, la ley agrega 15 horas de labor que no son tomadas como extraordinarias, sino que como “adicionales” y negociables con el empleador. Sin embargo, y muy claramente, en una relación laboral hay una subordinación entre dos orillas, donde el empleador tiene la fuerza. Es decir, se podría llegar a las 60 horas de trabajo sin necesidad de acuerdo entre las partes debido a que, de no haberlo, la trabajadora puede ser despedida.”

-¿Y la fiscalización?

“La ley expresa que la fiscalización se realizará a través de los funcionarios de la Inspección del Trabajo, haciendo visitas a domicilio, siempre y cuando las trabajadoras realicen una denuncia. Y aquí está el grave problema. Para ser fiscalizado, el empleador tiene la opción de dejar ingresar al inspector a su domicilio, y si no quiere, puede solicitar una hora y día para ir él mismo a la Inspección del Trabajo. En buenas cuentas, la fiscalización no es real.”

-En general, y considerando que desde el Estado hasta el sector privado, la tercerización, el subcontrato, el trabajo informal van convirtiéndose diariamente y desde hace mucho tiempo, en la forma dominante del empleo, ¿para qué sirve esta ley?

“Yo me hago eco de las palabras del prestigiado abogado laboralista José Luis Ugarte, en términos de que esta ley no reporta ningún beneficio real y que, en consecuencia, nada hay que celebrar al respecto. Con esta legislación el empleador tiene todas las de ganar y todas la posibilidades para incumplirla.” 

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