En el caso específico de México, el pasado 23 de noviembre, la Cámara de Diputados pretendía discutir un paquete de reformas con 50 iniciativas para 28 artículos constitucionales en materia de paridad de género, igualdad salarial, lenguaje incluyente, educación sexual integral, reproducción asistida, identidad de género y libre desarrollo de la personalidad (para reconocer el derecho al aborto y al matrimonio entre personas del mismo sexo).
No obstante, entre estas propuesta estaba reformar el artículo 4 y 34 constitucional para cambiar la palabra “mujer” por “persona”. Por ejemplo, el artículo 4 –reformado en 1974–, que actualmente dice: “La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia”) tendría que reformarse para decir: “Toda persona es igual ante la ley. Ésta protegerá y garantizará en igualdad de derechos la organización y el desarrollo de todas las estructuras, manifestaciones y formas de comunidad familiar, incluyendo a las integradas por parejas del mismo sexo, con o sin hijas e hijos, que estén bajo la figura de matrimonio, concubinato o alguna otra unión civil”.
Además, el artículo 34 que actualmente dice que “son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos (…)” se modificaría para que diga “son ciudadanas de la República las personas que, teniendo la calidad de mexicanas, reúnan, además, los siguientes requisitos (…)”.
Si bien las y los legisladores querían aprobar esta serie de reformas para publicitarlas el 25 de noviembre, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, al final decidieron no hacerlo por las críticas que recibieron por parte del movimiento feminista, quienes aseguraron que estas modificaciones significaban un retroceso y vulneraba los derechos de las mujeres.
En otros países, por ejemplo España, actualmente se pretende legislar para que se pueda modificar el sexo registral mediante la simple expresión de la voluntad de formalizar dicho cambio. Como consecuencia, se elimina cualquier diagnóstico médico o psicológico, así como cualquier exigencia de persistencia en el tiempo del deseo de cambiar de sexo legal.
Necesario privilegiar el diálogo
A esta intención de confundir los conceptos de “género” y “sexo” en las legislaciones u otros hábitos, se le ha llamado “el borrado de las mujeres”, cuyo fin es echar atrás sus derechos basados en el sexo, eliminarlas como sujetas políticas del feminismo y aniquilar de la memoria los logros del movimiento feminista, de acuerdo con la abogada feminista Teresa Ulloa Ziárriuz.
La también integrante del Frente Nacional Feminista Abolicionista –integrada por feministas con distintos saberes – explicó en entrevista con Cimacnoticias que a partir de que se implementó la doctrina queer en la academia, las instituciones y toda la vida pública en general, se ha dado por dar a las mujeres una serie de nombres que no corresponden, como “mujeres cis”, “vulvas portantes”, “personas gestantes”, “personas lactantes”, entre otros.
“Esto representa regresar a la invisibilidad a la que durante muchos años nos tuvieron dentro del masculino genérico, ya que en la palabra “personas” cabe todo el mundo. Nos preocupa porque inclusive hay una iniciativa de reformas constitucionales en la Cámara de Diputados que lleva a institucionalizar conceptos científicos, subjetivos, que lleva a consecuencias graves a los derechos de las mujeres”, detalló.
De acuerdo con la plataforma “Contra el borrado de las mujeres” —integrada por pensadoras feministas de distintas partes del mundo– las leyes de borrado de las mujeres son aquellas que sustituyen el concepto “sexo” por el concepto “identidad de género”, y al hacerlo, se elimina la causa de la discriminación y la desigualdad que sufren las mujeres con base en su sexo y se imposibilita la lucha contra la violencia, lo que repercute en la protección legal de las mujeres.
La “falacia” que sustenta estas modificaciones es que todas las personas nacemos con una identidad que no necesariamente se corresponde con el sexo biológico, sin embargo, este argumento carece de corroboración empírica, ni tampoco existe consenso sobre la aceptación de ese término, ni a nivel social, ni científico, ni legal, se detalla en la plataforma.
Para Ulloa Ziáurriz, estas reformas que podrían ser aprobadas por el Congreso mexicano, no encuentran un sustento jurídico en el marco internacional de los derechos de las mujeres, toda vez que la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que desde 1981 consagra los Derechos Humanos de las mujeres, establece los derechos con base al sexo, reconociendo que las mujeres son discriminadas y sojuzgadas por haber nacido mujeres.
No obstante, la ideología queer plantea que, tras modificar estas leyes, cada quien adopte, incluso en el registro civil, la identidad con la que se identifica, sin importar el sexo con el que nació.
Esto, de acuerdo con la abogada, derivaría en alterar los diagnósticos y las estadísticas acerca de la condición de vida de las mujeres, además de otros ámbitos. Por ejemplo, en el deporte se admite ya que las mujeres trans compitan junto a las mujeres biológicas, lo que desequilibra la competencia y derivaría en que éstas últimas tengan menos posibilidades de ganarla .
Lo mismo en el transporte público, donde costó muchos años de trabajo conseguir separar a mujeres y hombres para evitar la violencia sexual contra ellas. Ahora ya se admite que cualquiera que se sienta mujer, aún sin haber transformado su apariencia física, pueda abordar los vagones de mujeres. Sin considerar la vivencia y el pensamiento del resto de las mujeres, éstas tienen que aceptar la identidad que asume la persona trans.
La consecuencia de esto es que en el futuro no habrá espacios exclusivos para las mujeres, como los refugios, cárceles o baños públicos, ya que toda quella persona que se identifique como mujer va a poder entrar a esos espacios.
A esto se suma que la Teoría queer valida algunas prácticas que no concuerdan con la agenda feminista abolicionista como la prostitución o la maternidad subrogada, ya que refuerza la idea de que se puede comercializar con el cuerpo de las mujeres para el servicio de otras personas.
A decir de Ulloa, rechazar estas reformas no significa de antemano negar la “interseccionalidad”, como han argumentado algunas personas defensoras de la teoría queer, ya que ésta debe entenderse como todos aquellos factores que colocan a las mujeres en mayor riesgo de discriminación y exclusión social, como formar parte de una comunidad indígena, vivir en pobreza o con una discapacidad; temas que el feminismo abolicionista sí ha incorporado en su análisis.
“Eso significa que nos están borrando. Todos los grupos que integran la comunidad han sido discriminados y deben tener derechos, pero no pueden ganar sus derechos sacrificando los derechos de las mujeres que representamos 50 por ciento de la población del país, cuando el feminismo los ha abrigado, les ha abierto puertas y los ha acompañado. En este país hay libertad de expresión y todo mundo tendríamos el derecho, así como ellos, a expresar nuestras ideas y eso no quiere decir que seamos trans excluyentes”, precisó.
De acuerdo con la abogada, antes de imponer reformas legislativas en esta materia, es importante privilegiar el diálogo pero con respeto y protegiendo los derechos de los grupos que más vulnerables se han visto frente a la ideología patriarcal: las mujeres. Además de que reformar, por ejemplo el Artículo 4 constitucional, sería igual a borrar la historia y la memoria de las mujeres.
“Y si se borra la historia y la memoria, no nos damos cuenta de por qué hemos llegado a donde estamos, y todavía con muchos pendientes porque la agenda feminista no está agotada”, detalló.
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