En un comunicado emitido por el Grupo de Acompañamiento “Todas Somos Elisa”, se informó sobre esta sentencia en la que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México ordenó a la Fiscalía General de Justicia que investigue y tome acciones por las negligencias en las que incurrieron las autoridades capitalinas al “perder” inicialmente la denuncia que presentó Elisa en 2001 por el intento de feminicidio y ataque con ácido que ocasionó Javier Ediberto.
“Nunca creí que en algún momento llegaría la sentencia, han pasado 21 años para poder arrebatar al Estado una condena mínima. Las instituciones que procuran justicia nos someten a un camino doloroso, lleno de púas y de múltiples torturas”, dijo Elisa en el comunicado.
Y recordó que el pasado 9 de diciembre de 2021, el Juez Adolfo Rodríguez Campuzano reconoció como culpable del delito de violencia familiar a Javier Ediberto “N”, quien no logró acreditar ninguna de las pruebas ofrecidas para su defensa; por el contrario, el Ministerio Público y la abogada de la víctima lograron acreditar todos los elementos de prueba que demostraban su culpabilidad.
No obstante, aunque el juez reconoció la culpabilidad y la amenaza que significaba para la vida de Elisa, decidió dejar a su agresor en libertad condicional.
“Fue muy doloroso presenciar ese pacto patriarcal; Javier Ediberto “N” rompía con voz triunfante el silencio que había mantenido durante todo el proceso y culmina la sentencia con un “gracias Sr. Juez”. Parecía que las primeras palabras del Juez Rodríguez Campuzano daban credibilidad y significado a lo que hace más de 21 años se ha guardado como un pacto de silencio e impunidad: la culpabilidad de Javier Ediberto”, lamentó Elisa.
Pero luego “todo se desvaneció”– recordó–cuando el juez concedió a Javier el beneficio de la libertad condicional y el pago de 30 mil pesos, esto a pesar de todos los antecedentes de violencia feminicida y a pesar de que los principales elementos de prueba son visibles y están en el cuerpo de Elisa como cicatrices.
La sentencia, no obstante, fue apelada y resuelta por la Quinta Sala Penal del TSJCDMX. En palabras de la Magistrada Celia Marin Sasaki, que quedó a cargo del caso, Javier Ediberto “N” es penalmente responsable de la comisión del delito de violencia familiar y se le impuso una pena de 7 años de prisión. Además, dijo la magistrada, el sentenciado no reúne los requisitos previstos en la ley, por lo que no se le concede la sustitución de la pena privativa de la libertad. Asimismo se le prohibió acercarse o comunicarse con la víctima, también que intimide o moleste por cualquier medio o por medio de un tercero a la víctima, a sus hijas e hijos y otras víctimas indirectas o testigos de los hechos o cualquier personal con quien tenga una relación familiar, afectiva o de confianza.
El Grupo de Acompañamiento destacó que durante estos 21 años, el agresor sentenciado y su familia han amenazado, violentado y hostigado a Elisa, a sus familiares y redes cercanas, y el abogado particular de la defensa desde el inicio de las audiencias cometió diversos actos de intimidación, amenazas explícitas, difundió contenidos delicados de los peritajes en la comunidad y actos discriminatorios en razón de género contra Elisa.
La Quinta Sala Penal también ordenó a la FGJCDMX tomar acciones en la indagatoria FDALVARO/043/USD01/00200/2001-11B, iniciada en 2001, cuando Javier Ediberto “N” intentó asesinar a Elisa Xolalpa rociandola con ácido sulfúrico.
El Tribunal pidió a la Fiscalía se tomen “medidas legales conducentes”, ante la probable actuación negligente de los agentes encargados de realizar las investigaciones de ese caso, así como la probable comisión de diversas irregularidades, entre ellas la pérdida de la información.
Este Tribunal recordó a la Fiscalía la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Campo Algodonero” en donde se estableció que: “…El deber de investigar es una obligación de medio y no de resultado, que debe ser asumida por el Estado como un deber jurídico propio y no como una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa. La obligación del Estado de investigar debe cumplirse diligentemente para evitar la impunidad y que este tipo de hechos vuelvan a repetirse”.
Con esta sentencia reiteramos, Elisa Xolalpa y el Grupo de Acompañamiento Todas Somos Elisa, dijeron a la Fiscal General, Ernestina Godoy, que aunque reconocen avances en el proceso y la buena voluntad de la institución, ha ignorado las demandas que se han hecho para conocer la verdad sobre la averiguación previa de 2001.
“Esta sentencia, que ha logrado Elisa, que hemos logrado todas, representa un mensaje para las mujeres de San Luis Tlaxialtemalco, para las mujeres que por razones culturales enfrentan una doble o triple discrinación para obtener justicia” concluyeron.
En julio de 2020 el Congreso del Estado de México aprobó una reforma al Código Penal para castigar hasta con 10 años de prisión a quien arroje ácido o sustancias corrosivas, químicas o flamables a una persona.
Sólo los Códigos Penales de Baja California Sur y Oaxaca tipifican este delito de forma autónoma mientras que la Ciudad de México, Guerrero, Aguascalientes y Colima, consideran los ataques con ácido como un agravante del delito de lesiones.
22/AJSE/LGL
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