“Las pensiones vitalicias y seguros de vida con cargo al erario que reciben ex presidentes de la República y sus esposas transgreden los principios de igualdad y equidad ante la ley previstos en la Constitución, y contravienen al menos cinco artículos de la Carta Magna”, afirmó el constitucionalista Elisur Arteaga Nava.
Explicó
que” dar dichas prestaciones a ex titulares del Ejecutivo que ya no son
funcionarios en activo, o a sus esposas o familiares, viola los
artículos 1, 12, 73, fracción XI, 126 y 127 fracción IX de la
Constitución”.
Agregando
que, “cuando se trata de otorgar este tipo de privilegios (seguros de
vida) no es suficiente que se fundamente mediante un decreto
administrativo expedido por alguna secretaría de gobierno, se requiere
la existencia de una ley que haya sido aprobada por el Congreso de la
Unión”.
Luego que
se diera a conocer que existen contratos firmados por las compañías
Grupo Nacional Provincial (GNP) y Metlife con la Secretaría de Hacienda,
por montos que superan los 7 mil millones de pesos, los cuales han
servido para proporcionar servicios de seguros “para todos los
servidores públicos federales, entre ellos a los cinco ex presidentes
vivos y a sus esposas”.
El jurista
señaló, “debemos partir del supuesto que todas aquellas instituciones
que alteran principios generales o que establecen excepciones a las
reglas generales de nuestra Carta Magna, como es el caso del acuerdo que
expidió el Manual de percepciones de los servidores públicos de las
dependencias y entidades de la administración pública federal, deben ser
interpretadas en forma restrictiva y esa restricción es clara: son
contrarios a la Constitución los seguros de vida para ex presidentes de
la República y para sus esposas”.
Dijo, que
cuando se trata de este tipo de privilegios, “no es suficiente un
decreto presidencial o una orden administrativa: es necesaria una ley”.
Por lo que resaltó que el artículo 126 constitucional menciona que “no
podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el presupuesto o
determinado por la ley posterior”, esto, “significa que el presidente
(Enrique Peña Nieto) y su secretario de Hacienda actuaron contra la
Constitución al alterar el presupuesto para contratar los seguros de
vida para los ex presidentes vivos y sus esposas.
“El tema de los seguros no aparece en el presupuesto aprobado por el Congreso, y por tanto es ilegal contratarlos”, aseguró.
Dijo que
Peña Nieto también violó el artículo 73 fracción XI, puesto que contrató
esos seguros de vida, cuando la facultad exclusiva es del Congreso de
la Unión para crear y suprimir empleos públicos de la Federación y
señalar, aumentar o disminuir sus dotaciones.
“Si se
supone que una persona puede sobrevivir con 6 mil pesos al mes, como
alguna vez lo dijo un pintoresco funcionario público, y por tanto se
podría vivir con una pensión ilusoria como las que paga el Seguro Social
o el Issste, entonces debemos suponer que un ex presidente de la
República puede sobrevivir con eso mismo. Nada justifica que se pretenda
dotarlo de un estatuto especial, pues si se extiende violaría el 127
fracción IX constucional”, puntualizó.
En tanto,
sobre el tema, el senador David Monreal Ávila, del PT, propuso que
“mientras los ex presidentes reciban pensiones vitalicias están
obligados a presentar declaración patrimonial. Si ello les parece
excesivo, que renuncien a esa pensión y a los seguros de vida
millonarios que perciben”.
Por su
parte, los senadores Armando Ríos Piter y Francisco Búrquez se
pronunciaron por eliminar las pensiones de los ex presidentes, “así como
los elevados gastos en los seguros de vida de funcionarios de los tres
poderes y destinar los recursos que con ello se ahorren a educación y
otros rubros
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