10/29/2015

Inútiles reformas legales para castigar acoso sexual en el trabajo


   Funcionarios sin capacitación e inexistencia de protocolos

Los instrumentos legales que tiene México para castigar la violencia de género, los abusos y la discriminación, no han sido suficientes para erradicar la violencia contra las mujeres en el trabajo.

Así lo observó la abogada Andrea Medina Rosas al participar ayer en el Conversatorio sobre Derechos Laborales de las Mujeres en México, que se lleva a cabo en la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF).

La experta –con amplia trayectoria en la defensa de los derechos de las mujeres– aclaró no obstante que haber conseguido leyes generales, federales y estatales para brindar garantías a las mujeres fue el resultado de un trabajo muy arduo por parte de la sociedad.

De la misma manera, reconocer y nombrar que existe discriminación y violencia laboral han sido aportes recientes, señaló Medina Rosas.

Sin embargo, indicó que la jurisprudencia en el ámbito laboral que ya existe no incluye completamente un enfoque de Derechos Humanos (DH) ni se trabaja coordinadamente con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Se suma que existe una profunda desigualdad económica desde el mundo del trabajo, donde además no existe una profunda comprensión de qué es la discriminación contra las mujeres, ya que –aseguró– el “eje central” de los derechos laborales sigue siendo el varón.

“No hay un movimiento por la defensa de los derechos laborales desde el nuevo marco de los DH”, precisó la experta que ha litigado casos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Por ejemplo, la reforma de 2012 a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que penaliza el acoso sexual laboral no ha mostrado grandes resultados, porque las personas encargadas de operar esta norma desconocen la discriminación de género, y porque no se han terminado de desarrollar e instaurar los mecanismos y las estructuras (como protocolos y comisiones) que tengan como tarea principal investigar y castigar este delito, explicó la activista en breve entrevista para esta agencia.

Se añade que las Juntas de Conciliación y Arbitraje y los sindicatos no están recibiendo las capacitaciones necesarias sobre DH y derechos de las mujeres en el ámbito laboral, lo que hace que los litigios las revictimicen.

Medina Rosas detalló que a nivel internacional México tiene importantes referentes para desarrollar leyes y otros instrumentos para garantizar los DH de las mujeres en el ámbito laboral, como son los convenios y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

No obstante, el Estado se resiste a ratificar varios convenios de la OIT sobre el reconocimiento de los derechos de las mujeres, porque –consideró la experta– ratificarlos significa que hay que cumplirlos, pero aún existe discriminación y menosprecio hacia las mujeres.

La abogada precisó que es parte del “autocuidado” de las mujeres, como sujetas de derechos, conocer los mecanismos que tienen a su alcance (como leyes y autoridades) para proteger su vida y su bienestar, así como también es su tarea dar continuidad y revisar que las medidas que instaure el gobierno en la materia funcionen, sobre todo porque las actividades económicas y sus características están cambiando y podrían no ajustarse a las necesidades actuales de la población femenina trabajadora.


Angélica Jocelyn Soto Espinosa
Imagen retomada de Andrethegiant
Cimacnoticias | México, DF.- 

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