jenaro villamil
México, D.F., 3 de junio (apro).-
La historia de una rebelión permanente inició un año atrás. Cuando los tres principales partidos políticos llegaron al consenso de reformar la Constitución para evitar que particulares o candidatos compraran espacio en los medios electrónicos con fines electorales, las dos grandes televisoras, Televisa y TV Azteca, protagonizaron una inédita presión contra la reforma, que incluyó una histórica transmisión en cadena nacional de una audiencia protagonizada por los principales comentaristas de ambas televisoras y de los noticiarios radiofónicos más escuchados.
“Es una violación a la libertad de expresión”, insistieron una y otra vez a través de sus espacios. “Es un acotamiento a la libertad de empresa, pero no busca la censura previa”, respondió la mayoría de los senadores que impulsaron esta reforma.
El eje sustancial de la reforma es la redacción del nuevo artículo 40 constitucional y, en específico, el nuevo artículo 49 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece lo siguiente en su apartado 2:
“Los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, accederán a la radio y la televisión a través del tiempo que la Constitución otorga como prerrogativas a los primeros, en la forma y términos establecidos en el presente capítulo”.
El párrafo 3 del artículo 74 de la misma ley electoral, advierte que “los concesionarios de televisión no podrán alterar las pautas aprobadas por el Comité de Radio y Televisión del IFE ni exigir requisitos técnicos adicionales a los aprobados por el comité”.
El mismo artículo detalla que le corresponde a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos definir las pautas de 20 segundos de duración. El 11 de mayo pasado, el Acuerdo del Comité de Radio y Televisión del IFE acordó que los spots de los partidos políticos se mantendrán hasta el 31 de julio de 2008.Esta serie de ordenamientos han generado una nueva rebelión de las televisoras. La transformación del IFE en una autoridad reguladora de radio y televisión, al menos en el aspecto electoral, es una de las derivaciones que más incomodidad les genera a los concesionarios.
El otro punto medular es que la definición de la pauta de los spots se realiza en función de los acuerdos del organismo electoral y no de las necesidades comerciales de los concesionarios.En el fondo, el descontento fundamental es que se eliminan muchos de los incentivos que permitían que las elecciones se convirtieran en un multimillonario negocio de compra y venta no sólo de spots, sino también de favores políticos y empresariales, a favor de las televisoras.
Si este ordenamiento hubiera existido en 2006, la Ley Televisa no hubiera sido aprobada en el Congreso. La presión ejercida por los operadores de la principal empresa mediática del país fue posible gracias a que en esos momentos los equipos de campaña negociaban con la televisora de Emilio Azcárraga Jean la pauta para los spots de los candidatos.
El otro elemento que ha generado un profundo descontento en TV Azteca y en Televisa fue el acuerdo del 6 de mayo, en el que se establece que los tiempos oficiales que se utilizarán para la difusión de spots, serán distribuidos en forma igualitaria entre los ocho partidos con registro nacional.
Se establece un rango de transmisión de 25 minutos previos y 25 posteriores a los horarios previstos en las pautas de transmisión, con el objeto de que las estaciones concesionarias de televisión cumplan con las obligaciones que hayan adquirido con terceros con anterioridad a la aprobación del documento.
Esta disposición elimina el argumento, atendible ciertamente, de que las disposiciones para distribuir los spots podrían alterar la venta de espacios publicitarios que previamente ya hubieran acordado los concesionarios.TV Azteca inicia la batallaComo es su costumbre, TV Azteca llevó ante tribunales su litigio contra la reforma electoral.
La estrategia de la empresa de Ricardo Salinas Pliego fue hábil.
Mientras se definía el amparo, las pantallas de Canal 13 y de Canal 7 no difundieron ningún spot ordenado por la autoridad electoral.
Esto generó que el IFE determinara una multa de 5 millones 259 mil pesos contra de la televisora por daños y perjuicios. En un comunicado, el organismo electoral advirtió que todas las determinaciones adoptadas en relación a este tema “han sido tomadas con estricto cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales”.
La aclaración se generó a raíz de una nueva campaña de TV Azteca en sus espacios informativos y de opinión, particularmente en el Canal 40 del que se ha apropiado ilegalmente, en contra de la reforma electoral y del IFE.El 13 de mayo, el juez décimo tercero de Distrito administrativo emitió una resolución favorable a Televisión Azteca que suspende el pago de la multa de 5.2 millones de pesos, pero determinó que esta resolución no exime a la televisora la obligación de transmitir las pautas de spots de los partidos políticos.
En un escueto boletín de prensa, TV Azteca consideró que esta resolución constituyó un “triunfo” porque le fue impuesta una “multa ilegal”.La segunda televisora comercial en importancia a nivel nacional advirtió que impugnará la decisión del juez en ese sentido y recurrirá a instancias legales “para obtener la suspensión de la pauta que, de manera unilateral e ilegal, fue fijada por el IFE”, sin ningún mandato en el Cofipe o en la Constitución”.
Salvador Rocha Díaz, abogado general de TV Azteca, ha afirmado en diversas entrevistas que la televisora mantiene su oposición a las nuevas disposiciones legales surgidas a raíz de la reforma constitucional en materia electoral por considerarlas violatorias de la libertad de expresión.
En realidad, el litigio forma parte de la estrategia de la televisora para ganar tiempo y litigar el incumplimiento de las disposiciones legales.
Días después de la resolución, el equipo jurídico de Televisa interpuso un amparo por considerar inconstitucional la reforma al Cofipe ante el juzgado séptimo en materia administrativa en la Ciudad de México.
En su demanda, Televisa impugnó 14 artículos del Cofipe, entre ellos el 49 que impide a particulares la contratación de los spots. Argumentó, como si fuera portavoz de los partidos minoritarios, que las disposiciones de la ley electoral son inequitativas porque sólo favorecen a los tres grandes partidos: PRI, PAN y PRD.
La demanda de amparo interpuesta por Televisa determinará, mucho más que la impulsada por TV Azteca, los alcances del amparo en materia electoral.
En declaraciones al diario La Jornada, Elisur Arteaga, experto en amparo, afirmó:“Si todos los que sean sancionados por el IFE se van al amparo, y las multas se van a hacer efectivas hasta dentro de uno o dos años, cuando se resuelva la sentencia judicial en definitiva, entonces estamos frente a un instituto mermado e inoperante”.
El litigio de ambas televisoras se vinculará con el periodo extraordinario que, a partir de la segunda quincena de junio, se iniciará en el Congreso para votar leyes complementarias a la reforma electoral constitucional y para elegir a los otros tres consejeros que se sumarán a los primeros tres que se eligieron en el relevo escalonado del organismo.
En este contexto, se podrá determinar hasta qué punto las televisoras realmente lo que buscan no es sólo defender sus intereses, sino influir y, de ser posible, cooptar al organismo electoral en momentos de relevo institucional.
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