Ciudad de México. En sólo un año, los Congresos de
13 estados de la República han aprobado la “Ley Olimpia”, una reforma a
los Códigos Penales y a las Leyes estatales de Acceso de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia para sancionar con cárcel a quienes difunden
imágenes o videos sexuales, en especial de mujeres, sin consentimiento
de ellas.
Estas
modificaciones han servido para introducir en la ley el concepto de
“ciberacoso” o “violencia digital” y ampliar lo que se entiende por “violación
a la intimidad sexual” o por “delitos contra la privacidad sexual o intimidad
corporal”, según la legislación de cada entidad.
El espíritu de
estos cambios normativos ha sido sancionar a aquellas personas, en particular
hombres, que almacenan, difunden, comparten y hasta comercializan en internet y
redes sociales, imágenes, audios o videos reales o manipulados, de mujeres
desnudas o en contextos eróticos, una forma de violencia que va en aumento.
El Módulo sobre
Ciberacoso (MOCIBA) 2017, del Instituto de Estadística y Geografía (Inegi),
indica que de la población usuaria de internet, 16.8 por ciento declaró haber
vivido en los últimos 12 meses, alguna situación de acoso. La prevalencia fue
1.7 por ciento mayor para las mujeres. Como sucede en muchas ocasiones, el tema
salió a la luz pública por una víctima de violencia en línea,
Olimpia Coral Melo
Cruz, quien en 2012 fue blanco de críticas y burlas después de que en internet
se compartió un video de ella con contenido sexual.
Tras superar la
experiencia conformó el “Frente Nacional para la Sororidad”, agrupación que ha
promovido estas reformas legales.
El Frente, junto
con redes de mujeres en los estados, ha logrado que 13 Congresos tomaran su
propuesta legislativa como modelo para legislar en la materia. Sin embargo,
cada legislatura hizo sus propias modificaciones, por esta razón en algunos
estados las penas de cárcel van de 3 a 4, 6 u 8 años de prisión.
Estas reformas
parecen un avance, pero abogadas feministas y académicas, señalan que no son la
mejor vía para erradicar la violencia en línea porque tienen inconsistencias,
podrían criminalizar el sexting, práctica de compartir contenido íntimo con
consentimiento, y fomentan la cultura punitiva en un país con serios problemas
en el sistema carcelario.
Para la abogada
feminista Andrea Medina Rosas, es necesario revisar si hay que nombrar nuevas
formas de violencia o si éstas ya están en la ley. Por ejemplo, señaló que la
violencia sexual, pornografía y exhibiciones sexuales ya están legisladas en la
Ley General de Trata de Personas. En un foro destacó que también existen leyes
de protección de datos personales y autoridades que tienen obligaciones en la
materia y que van más allá de sancionar porque también deben reparar el daño,
por ejemplo, los Consejos para Prevenir y Erradicar la Discriminación y las
autoridades educativas.
“Ley no nos falta,
está nombrado y legislado. Lo que está fallando son las autoridades y la manera
de operar la ley”, mencionó.
También criticó
que este tema se lleve al Código Penal cuando los cambios no pueden ser sólo
penales. Por su parte, la abogada y coordinadora legal de Derechos Digitales de
la organización Artículo 19, Priscilla Ruíz, afirmó que las modificaciones
aprobadas por los Congresos locales han sido imprecisas, con penas que no son
coherentes y no se atiende el problema estructural.
Incluso, Ruiz
alertó que estas normas podrían atentar contra el derecho a la libertad de
expresión porque se afectaría el derecho de buscar, recibir y difundir ideas e
información; también cuestionó que estas normas no contribuyen a reducir la
violencia digital.
Artículo 19 envío
sus argumentos a los Congresos de Aguascalientes e Hidalgo, donde se propuso
aprobar la llamada “Ley Olimpia”, razón por la cual no fue avalada. Aun así, el
Frente está buscando presentar su modelo de legislación contra la violencia en
línea en los estados de Tlaxcala, Sinaloa y Nayarit.
La idea de
legislar el ciberacoso ya se presentó en el Congreso de la Ciudad de México,
donde hay 12 iniciativas en la materia. Esta semana la diputada por Morena,
Paula Soto, presentó una más, pero para reconocer la “violencia mediática” en
la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La violencia mediática, según esta propuesta, es cualquier acto que, a
través de medios de comunicación, internet, telecomunicaciones o las
tecnologías de la información y la comunicación, utilice mujeres,
adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, entre otras
consideraciones.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario