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La Comisión Nacional de
Derechos Humanos señaló que pese a la falta de una metodología
homogénea de medición de la violencia feminicida, de enero a agosto de
2019 -ocho meses- han sido asesinadas dos 2.481 mujeres en México, 310
cada mes. Y enfatiza que de cada 10 homicidios dolosos contra mujeres,
uno es cometido contra una niña o adolescente.
De acuerdo con
la publicación el 6 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación
de la Recomendación General 40/2019 sobre la violencia feminicida y el
derecho de las mujeres a una vida libre en México, la CNDH sostiene que
las tasas de violencia contra las mujeres y el feminicidio han aumentado
en el país, por lo que emitió un total de 24 recomendaciones a los tres
niveles de gobierno y a los poderes republicanos.
La
Recomendación General tiene como objetivo exponer la situación actual de
la violencia feminicida que viven las mujeres en México; así como
contribuir en la garantía de los derechos a una vida libre de violencia y
de acceso a la justicia, proponiendo acciones para el fortalecimiento
de mecanismos y dispositivos legales para que estos se implementen
mediante propuestas de políticas públicas de manera efectiva, con
perspectiva de género y de derechos humanos.
En el análisis
realizado por la CNDH concluye que las tasas de violencia y feminicidio
han aumentado de forma significativa en el país, lo que implica que el
reto actual es la efectividad a favor de todas las víctimas de la La Ley
General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el
ámbito federal y sus versiones locales, así como los distintos
mecanismos de protección de las mujeres víctimas de violencia, como la
Alerta de Violencia de Género, refugios y órdenes de protección.
Otro reto para conseguir la efectividad de los mecanismos de protección
es la Coordinación interinstitucional entre el poder ejecutivo,
legislativo y judicial a nivel federal y estatal, junto con los
municipios, para la modificación e implementación de la LGAMVLV.
En sus observaciones, la CNDH señala que México carece de un mecanismo
que registre de manera homogénea el número de feminicidios en el país.
Pese a ello, las fuentes de información para dimensionar la violencia
feminicida, en todos los casos, coincide en el aumento en el número de
asesinatos de mujeres: 10 mujeres son asesinadas cada día en el país.
Violencia contra niñas y adolescentes
También
señala los altos índices de feminicidios y violencia feminicida de que
son víctimas directas o indirectas, niñas, adolescentes menores de 18
años. De acuerdo con el Diagnóstico de Acceso a la Justicia y Violencia
Feminicida (CNDH), 11.53 por ciento de las víctimas directas o
indirectas fueron niñas y adolescentes; es decir, de cada 10 homicidios
dolosos, por lo menos en un caso se trata de una niña o adolescente.
Cita también la información de la Red por los Derechos de la Infancia
en México (REDIM) sobre la grave situación de trata y desaparición de
niñas y adolescentes y los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública: de enero a junio del presente año se
registran a nivel nacional 3.320 víctimas de trata, de las cuales 805
-una cuarta parte-- corresponde a niñas, niños y adolescentes; de los
cuales, en siete de cada 10 casos, la víctima es una niña o mujer
adolescente.
Se refiere a la negación del servicio de acceso
inmediato a la anticoncepción de emergencia y aborto legal para niñas y
jóvenes, de acuerdo a la NOM 046, lo que genera una revictimización y
violación a sus derechos a la seguridad jurídica, a la salud, a la
procuración de justicia y a la protección del interés superior de la
infancia, tal como lo ha señalado esta Comisión Nacional en la
Recomendación 49/2018.
Alerta de Violencia de Género contra las mujeres
Hasta
el15 de octubre de 2019, en el país se han solicitado 34 procedimientos
de Alerta de Violencia de Género en 28 Estados de la República, de los
cuales, 20 han resultado en Declaratorias de Alerta de Género. La última
Alerta fue declarada el 20 de septiembre de 2019 y corresponde al
Estado de México por desaparición de niñas, adolescentes y mujeres,
siendo la primera AVGM declarada por esta modalidad. Por otra parte, en
10 entidades no fue declarada la Alerta de Violencia de Género.
Asimismo, cuatro entidades se encuentran en alguna fase del
procedimiento.
En ese sentido, la recomendación general de la
CHDH apunta que "ha reconocido aspectos positivos del procedimiento",
sin embargo, afirma que no se observan cambios sustanciales en el
contexto de la violencia feminicida en entidades con declaratoria desde
hace cuatro años (Estado de México y Morelos), o en aquellas que tienen
dos declaratorias como Veracruz.
Sostiene que en aquellas
entidades donde no se declaró la AVGM, ni la ley ni su reglamento prevén
mecanismos de seguimiento y, aunque en estos casos la CONAVIM será
responsable del seguimiento, "no existe claridad en los criterios
utilizados para dicha tarea".
Refiere al Diagnóstico de la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como integrante de los grupos
de trabajo que dan seguimiento a los procedimientos de Alerta de
Violencia de Género contra las Mujeres, en el que la CHDH propone
modificaciones a la normatividad que regula este mecanismo.
La
alerta ayuda, pero no puede constituirse como la única estrategia para
erradicar la violencia contra las mujeres; por el contrario, se requiere
la implementación integral de la Ley General de Acceso de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia, así como estrategias de combate a la
impunidad y el silencio que rodean a los feminicidios.
Los refugios para mujeres víctimas de violencia
Este
Órgano Nacional pudo percatarse, a través de las diversas entrevistas
realizadas en los refugios, que los servicios y acompañamiento que ahí
se prestan resultan fundamentales para salvaguardar a las mujeres y
darles la oportunidad de hacer un plan inmediato para la sobrevivencia y
su futuro desarrollo, una vez rescatadas del riesgo; por ende, la
permanencia y operación de los refugios deben ser prioridad de política
pública.
Acceso a la justicia
Señala que en México persisten condiciones de impunidad.
Se puede observar que, pese a la gravedad de los feminicidios y la
violencia feminicida, así como el aumento en sus cifras en los últimos
años, su investigación no es una prioridad para algunas entidades; la
eficaz investigación de las muertes violentas de mujeres implicaría
trabajos de profesionalización a través de la creación de protocolos,
con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos, que permitan
desarrollar una investigación criminal con todas las formalidades en el
contexto del sistema penal acusatorio y adversarial que generen un
debido proceso a las víctimas y agresores.
También cita las
sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos:
Caso González y Otras ("Campo Algodonero") vs México; Caso Fernández
Ortega y Otros vs México; y la sentencia Caso Rosendo Cantú y Otra vs
México. Asimismo, es necesario que todas las entidades federativas y la
Federación den cumplimiento al Acuerdo 04/XLIII/17.
"Investigación de homicidios dolosos de mujeres bajo protocolos de
feminicidio", del Consejo Nacional de Seguridad Pública, aprobados en su
Cuadragésima Tercera Sesión Ordinaria, celebrada el 21 de diciembre de
2017,y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de febrero
de 2018.
Destaca la sentencia del amparo en revisión 554/2013
emitida por la SCJN, el 25 de marzo de 2015, el cual versa sobre el caso
de la muerte violenta de una mujer que fue investigado por la entonces
Procuraduría del Estado de México como suicidio, además de que se
cometieron diversas irregularidades.
Esta sentencia constituyó
el primer pronunciamiento sobre feminicidio de este tribunal. Esta tesis
señala elementos de importancia para la investigación de los c
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