En el documento, el tribunal critica que los militares no sean juzgados en tribunales ordinarios
Se ordena a México realizar cambios legales para endurecer penas por la desaparición forzada
Miércoles 16 de diciembre de 2009, p. 8
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió una nueva sentencia –la segunda en menos de una semana– en contra del Estado mexicano. Determinó su culpabilidad en la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco ocurrida en 1974, y lo condenó a continuar con su búsqueda y a localizar en forma inmediata a esta víctima de la guerra sucia.
La sentencia dada a conocer ayer también cuestiona el fuero militar, la interpretación que se hace de la ley y ordena a las autoridades mexicanas adoptar, en un plazo razonable, las reformas legislativas para garantizar que las violaciones a derechos humanos cometidas por militares en contra de civiles sean juzgadas en tribunales ordinarios.
De igual forma, el máximo órgano de justicia del continente ordenó a México llevar a cabo los cambios legales para tipificar el delito de desaparición forzada en el Código Penal Federal, para homologar dicho ordenamiento con los estándares internacionales en la materia.
El Estado deberá informar del avance de la resolución
Dice que en ejercicio de sus atribuciones, la Corte supervisará el cumplimiento íntegro de su fallo y dará por concluido el caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en él. Además, plantea que el Estado deberá informarle, en el plazo de un año, sobre las medidas adoptadas para cumplir con la sentencia.
Ayer mismo, el gobierno de México dijo que llevará a cabo todas las acciones necesarias
para ejecutar la resolución de la CIDH respecto del caso Radilla Pacheco.
Por conducto de la Secretaría de Gobernación anunció que se analiza el contexto jurídico en materia de reparación del daño y promoverá las enmiendas necesarias para su armonización con tratados y convenciones internacionales en la materia
.
Radilla Pacheco fue detenido por integrantes del Ejército mexicano el 25 de agosto de 1974, cuando viajaba en un autobús de Atoyac de Álvarez a Chilpancingo. Iba acompañado de su hijo, Rosendo Radilla Martínez, y se le vio por última vez en el ex cuartel militar de Atoyac.
Una vez conocida la sentencia, Gobernación destacó que en el Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012 se incluyen estrategias para impulsar reformas hacia una ley sobre desaparición forzada de personas.
En un comunicado, la dependencia se refirió a la participación del secretario Fernando Gómez Mont en la audiencia pública del caso, realizada el 7 de julio pasado, en Costa Rica. Durante la sesión de la CIDH el secretario argumentó que el caso del señor Radilla Pacheco se produjo hace 35 años y que no se puede juzgar al México de hoy con los parámetros de esa época, porque el país, dijo, cuenta ahora con un marco jurídico e institucional que permite procesar casos trágicos como el que es materia de este procedimiento.
Aseveró que la promoción y protección de los derechos humanos es una directriz central del Estado mexicano. Hoy no venimos justificar acciones ilegales, venimos a demostrar que nos hemos reformado
, señaló en julio el secretario Gómez Mont.
Sin embargo, la CIDH desestimó estos argumentos y dictaminó la total responsabilidad del Estado mexicano en la violación de los derechos a la libertad, integridad, reconocimiento de la personalidad jurídica y la vida de Rosendo Radilla, principalmente porque su desaparición tiene carácter continuo y permanente.
Como parte de la reparación del daño a Radilla, el Estado deberá pagar a sus familiares y a las organizaciones civiles que llevaron el litigio el equivalente a 238 mil 300 dólares.
El gobierno también es responsable de las violaciones a los derechos humanos de la familia de la víctima, a quienes se les negó el interés jurídico y, por tanto, la posibilidad de continuar con el proceso judicial.
Las autoridades deberán admitir públicamente su responsabilidad
La resolución de la CIDH, contenida en 18 puntos, señala que el Estado deberá poner en marcha en un tiempo razonable y con la respectiva previsión presupuestaria, programas o cursos permanentes relativos al análisis de la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos en relación con los límites de la jurisdicción penal militar, así como un programa de formación sobre la debida investigación y juzgamiento de hechos constitutivos de desaparición forzada de personas.
Además, en un acto público el gobierno deberá reconocer su responsabilidad en este caso como una forma de desagravio a la memoria de Rosendo Radilla. De igual forma, el Estado tendrá que realizar una semblanza de la vida de la víctima. Además, otorgará atención sicológica y/o siquiátrica gratuita y de forma inmediata a los familiares del campesino desaparecido.
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