Arturo Rodríguez García
SALTILLO, Coah., 17 de diciembre (apro).- Las sentencias a los militares que participaron en la violación de 13 mujeres en la zona de tolerancia de Castaños, serán disminuidas hoy.
Además, en segunda instancia, se confirmará la absolución de 3 de los inculpados que también habían sido absueltos en primera instancia.
De acuerdo a los dictámenes a los cuales tuvo acceso apro, la Sala Penal, del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en la entidad, publicará hoy la disminución de las sentencias emitidas en septiembre de 2007, contra cuatro de los soldados que participaron en la agresión la madrugada del 11 de julio de 2006, en la zona de tolerancia de Castaños Coahuila.
Ese día, integrantes del pelotón MK-19, perteneciente al 14 Regimiento Motorizado de Caballería, del Ejército Mexicano, tomaron por asalto la zona de tolerancia de Castaños Coahuila, municipio conurbado a Monclova, donde además de las violaciones agredieron a los clientes y policías que se encontraban en el sector.
Salvo en uno de los casos, las penas se reducirán para Omar Alejandro Rangel Fuentes, de 41 años y 5 meses, a 15 años de prisión, misma sentencia que recibirá Fernando Adrián Madrid Guardiola, quien originalmente había obtenido 31 años y 8 meses en la sentencia de primera instancia.
La sentencia de Ángel Antonio Hernández Niño, quien sólo fue condenado por lesiones, se redujo de 3 años 8 meses a sólo 3 años. Al resultar culpable sólo de lesiones, fue el único de los hoy exmilitares que tuvieron acceso a libertad bajo fianza, porque las lesiones están tipificadas como delito leve.
El único caso que recibió un incremento en la sentencia fue el de Juan José Gaytán Santiago, quien de 21 años ahora recibirá 24 años de prisión. Exsargento, Gaytán Santiago fue señalado como uno de los más violentos en la agresión del 11 de julio.
Las sentencias confirmarán la absolución de Norberto González Estrada, Rosendo García Jimenez y Casimiro Ortega Hernández, mientras que quedará pendiente la confirmación de Norberto Carlos Francisco Vargas, quien ya había sido absuelto en primera instancia.
El 1 de octubre de 2007, el juez penal Hiradier Huerta Rodríguez, sentenció sólo a cuatro de los ocho militares detenidos por las violaciones tumultuarias, consiguiendo que por primera vez en la historia del país se procesara por el fuero común a militares que incurrieron en el delito de violación.
Ante la sentencia de Huerta Rodríguez, el Ministerio Público adscrito al juzgado segundo penal que llevaba el caso, Roberto Hernández Quintero, apeló, al considerar que hubo una incorrecta aplicación de los medios de prueba que existían en los expedientes, entre otras cosas, porque algunos de los agresores fueron plenamente identificados por las víctimas.
Por su parte, la defensa de los militares también apeló la sentencia del juez Huerta por considerar que desestimó elementos de prueba que los exculpaban de participar en los hechos.
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