1/14/2011

Garantizan ILE por violación en Puebla


Obligación de brindar anticoncepción de emergencia


Por Guadalupe Cruz Jaimes

México DF, 13 ene 11 (CIMAC).- El nuevo Código de Procedimientos Penales de Puebla, recién aprobado por el Congreso local, integró los mecanismos para hacer efectivo el derecho a la interrupción del embarazo y a la anticoncepción de emergencia (AE) para las mujeres víctimas de violación sexual en la entidad.

Así lo informó a Cimacnoticias Nataly Hernández Arias, integrante de la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en México (Ddeser), en Puebla, quien consideró que la modificación al Código representa un “avance significativo” para los derechos sexuales y reproductivos de las poblanas.

El jueves pasado, el legislativo local aprobó por unanimidad el nuevo Código de Procedimientos Penales de Puebla, el cual junto con otras reformas, estableció los mecanismos que deben cumplirse para que las mujeres víctimas de violación sexual puedan acceder a la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas de gestación y a la AE durante las primeras 72 horas posteriores a la agresión.

Las autoridades también están obligadas a proporcionar a las mujeres el tratamiento antirretroviral posterior a la agresión, con el fin de protegerlas de alguna infección de transmisión sexual, como el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH).

Antes de la modificación, el Código de Procedimientos Penales de Puebla sólo enunciaba el aborto por violación como una de las cuatro causales no punibles en el estado, “pero como no decía quién y cómo debía operarla, simplemente no se aplicaba”, denunció Hernández Arias.

Con el nuevo Código “queda claro” que después de la denuncia penal por violación, las mujeres pueden solicitar la interrupción del embarazo en cualquier institución pública o privada, lo que significa “un paso adelante para la viabilidad del aborto”.

Lo anterior –explicó– a pesar de la reforma a la Constitución local, aprobada en marzo de 2009, que penaliza el aborto en la entidad al proteger la vida desde la concepción.

Nataly Hernández dijo que las organizaciones de la sociedad civil “confiamos en que se aplique (el nuevo Código de Procedimientos Penales estatal), aunque para llevarse acabo aún falta que se publique, se dé a conocer y se sensibilice a los Ministerios Públicos”, acotó.

La modificación para garantizar el aborto legal por violación fue impulsada, con el respaldo de organizaciones de mujeres, por la diputada local del Partido Revolucionario Institucional (PRI) Rocío García Olmedo.

Nataly Hernández refirió que está pendiente en el Código, la inclusión de los mecanismos para que se apliquen las tres causales no punibles de aborto restantes, que son: descuido grave del embarazo, peligro de muerte de la mujer y malformación del producto, pues “todavía no son viables porque no hay protocolos de quién y cómo debe operarlas”, advirtió.

La diputada priista García Olmedo presentó también en la actual Legislatura una iniciativa de ley para que se permita la interrupción del embarazo cuando represente un “grave daño a su salud”.

Según datos oficiales, durante 2009 se registraron 30 denuncias penales por aborto en Puebla, de las cuales nueve mujeres fueron juzgadas por interrumpir su embarazo. La Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla (PGJEP) negó informar sobre las sentencias de estos casos. En 2010 17 mujeres fueron denunciadas penalmente por abortar.

Al igual que el Congreso poblano, en agosto del año pasado, la 60 Legislatura oaxaqueña aprobó reformar y adicionar artículos de los códigos procesal y penal para que en los hospitales públicos se interrumpa un embarazo producto de una violación y el personal médico no pueda argumentar “objeción de consciencia”.

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