3/26/2022

Rechazan feministas ecuatorianas veto parcial presidencial a la ley de aborto por violación



Escrito por La Redacción 
Imagen cortesía de Dalia Souza


Ciudad de México.- Luego de que el presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, vetara parcialmente la Ley Orgánica que Garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en caso de Violación, feministas y expertas en Derechos Humanos mostraron su rechazo y señalaron que esta decisión es un retroceso en el tema de derechos de las mujeres y niñas.

“Esto vulnera la seguridad jurídica y constituye una flagrante de violación de nuestra norma constitucional y de los procedimientos a los que los diversos poderes estatales, incluido el Ejecutivo, están cometidos”, resaltaron en un comunicado publicado en Twitter y firmado por más de 70 personas y organizaciones.

Las feministas hicieron énfasis en que la postura del Ejecutivo podría afectar a miles de niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violación: “Pretende condenarlas al riesgo de la clandestinidad, la tortura de la maternidad forzada, y generar nuevas formas de criminalización para quienes aborten cuando el embarazo es producto de violación”, indicaron.


Rechazo a los puntos más críticos del veto

Cabe destacar que el veto de Lasso establece 61 observaciones, entre las que destaca que el plazo de gestación máximo para que se practique un aborto en caso de violación sea de hasta 12 semanas para todas las mujeres, independientemente de si se trata de casos que tengan lugar en el sector rural o en el sector urbano. Por su parte, la propuesta de las y los legisladores de la Asamblea Nacional (órgano encargado de ejercer el poder legislativo) era un límite de edad gestacional de 12 semanas para mujeres adultas y “personas gestantes” y 18 semanas para niñas, adolescentes y mujeres de la ruralidad y de comunidades indígenas.

La objeción presidencial también establece que para acceder al aborto, será necesario que las mujeres presenten una denuncia de violación, un certificado médico o una declaración jurada suya o de sus representantes. En cambio, la propuesta de la Asamblea elimina la denuncia penal como requisito de acceso al servicio y establece medidas provisionales urgentes, medidas de protección para las víctimas, así como un plazo de 24 horas para iniciar con el procedimiento una vez cumplidos los requisitos que se resumen en una solicitud por escrito a través de un formulario destinado a personas mayores de 14 años de edad. En el caso de menores de edad, no es necesario que lo llenen.

El presidente de Ecuador incluyó en su texto la “objeción de consciencia”, lo que quiere decir que las y los profesionales de la salud del sector público y privado tienen permitido excusarse de realizar un aborto por asuntos de carácter personal o religioso. La propuesta original lo reconoce como “un derecho estrictamente individual” y menciona que el personal de salud tendrá derecho a negarse a realizar el procedimiento siempre y cuando existan colegas capacitadas y capacitados para practicarlo:

“En caso de que la persona profesional de salud objetora sea la única que pueda llevar a cabo el procedimiento, tendrá la obligación de proveer el servicio”.

Finalmente, las feministas lamentaron que el mandatario haya colegislado desde el ‘secularismo estratégico’ adecuando argumentos científicos, jurídicos y bioéticos a sus dogmas religiosas y convicciones personales, sin tomar en cuenta la Constitución. “Nos negamos a que nuestro lugar en la sociedad se reduzca a la función maternal, subordinando nuestras decisiones, concluyeron.

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