3/26/2022

Proponen reformas a Ley General de Salud y de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para reconocer violencia obstétrica

  

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Ciudad de México.- El pasado 15 de marzo la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, un paquete de reformas a las leyes generales de Salud y de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objeto de reconocer y prevenir la violencia obstétrica.

El dictamen, que se remitió al Senado para su ratificación, indica en el artículo 20 Septies de la Ley General de Acceso la definición de violencia obstétrica:

"La violencia obstétrica es toda acción u omisión de profesionales y personal de la salud en el ámbito público y privado, siempre y cuando no se configure un excluyente de responsabilidad administrativa, civil o penal, que cause daño físico o psicológico a la mujer durante el embarazo, parto o puerperio, que se exprese en la falta de acceso a servicios de salud sexual o reproductiva; un trato cruel, inhumano o degradante; un abuso de la medicalización en los procesos biológicos naturales; en la práctica innecesaria o no autorizada de intervenciones o procedimientos quirúrgicos; en la manipulación o negación de información; y, en general, en cualquier situación que implique la pérdida o disminución de su autonomía y la capacidad de decidir, de manera libre e informada, a lo largo de dichas etapas".

En México se estima que 3 de cada 10 mujeres que tienen un parto reciben gritos o regaños por parte del personal médico, no son atendidas con celeridad, se les practica una cesárea sin su consentimiento o son presionadas para aceptar un dispositivo anticonceptivo o una operación.

Además, se reformó el artículo 64, fracción V, de la Ley General de Salud para establecer la obligación del sistema público de salud de evitar esta práctica. “Las acciones institucionales necesarias para identificar, prevenir y erradicar la violencia obstétrica contra las mujeres, asegurando trato digno y con perspectiva intercultural durante el embarazo, parto y puerperio, garantizando el derecho al parto humanizado”.

Estas reformas fueron propuestas desde 2019 por legisladoras y legisladores de Morena, quienes argumentaron que la Encuesta de la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh) de 2016 reveló que 33 de cada 100 mujeres vivieron violencia obstétrica. Además, en 2020 el Comité sobre la Eliminación de Todas las Forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) recomendó al Estado legislar sobre esta violencia.

En la sesión del día 15 el grupo parlamentario del PAN reconoció que en México la violencia obstétrica ha generado cientos de quejas a un grado tal que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos remitió la recomendación general 31/2007 sobre violencia obstétrica en el sistema nacional de salud y 49 recomendaciones más en la misma materia.

A pesar de ello, la bancada blanquiazul buscó eliminar de esta definición el concepto de “salud sexual o reproductiva” y “trato cruel, inhumano y degradante”, por medio de una reserva. El diputado del PAN, Éctor Jaime Ramírez Barba, argumentó que el dictamen “lo que va a hacer es una medicina a la defensiva”. La reserva no se aceptó.

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Entidades como Aguascalientes, Baja California, Coahuila, Tlaxcala, Nayarit, Veracruz, Chiapas, Guanajuato, Durango, Chihuahua, Quintana Roo, Tamaulipas, Campeche, Colima, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla, Querétaro y San Luis Potosí han integrado a su marco legal la violencia obstétrica bajo diferentes definiciones, mientras que en cinco entidades federativas, (Veracruz, Guerrero, Chiapas, Estado de México y Quintana Roo) se tipifica como delito.

22/AGM/LGL

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