IFAI: El peor escenario
JESúS CANTú
El presidente Felipe Calderón está dispuesto a acabar con la autonomía de los llamados órganos autónomos, al llenarlos de sus incondicionales servidores, y con la transparencia y el acceso a la información pública gubernamental, al dar otro paso en firme para blindar al máximo la información vinculada con el combate al narcotráfico y la delincuencia organizada.
Con la designación de Wanda Sigrid Arzt Colunga y María Elena Pérez-Jaén como nuevas comisionadas del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) se confirmó que para la ocupación de las vacantes en las que participan el Ejecutivo (como ponente) y el Legislativo (como poder que designa, ratifica o no objeta), las cuotas partidistas prevalecen sobre los requisitos de idoneidad de los candidatos.
La pareja designada deja claro que el presidente y los personeros del Partido Revolucionario Institucional acordaron repartirse los dos puestos: “uno para ti (Pérez-Jaén) y otro para mí (Arzt Colunga)”. El periodo que cubrirán en el IFAI será del 12 de septiembre de 2009 al 11 de septiembre de 2016, con lo cual estarán en su cargo los últimos tres años de este gobierno y los cuatro primeros del siguiente.
Aparte de los puestos otorgados a estas dos comisionadas del IFAI, en los próximos tres meses se ocuparán otras cuatro posiciones cruciales para la vida nacional: las correspondientes a dos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la presidencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y a la dirección o gubernatura del Banco de México, que tendrá efectos desde enero.
Por lo pronto, la ratificación en el Senado de Arturo Chávez Chávez como procurador general de la República, impulsado por Felipe Calderón, confirma que panistas y tricolores ya acordaron repartirse los puestos entre sus incondicionales.
Por lo que se refiere a los órganos autónomos, salta a la vista que, para ocupar las vacantes, en todos los casos, Calderón se decide por sus incondicionales, sin importar sus credenciales en la materia. Privilegia la lealtad sobre la capacidad; pero se le olvida que uno de los requisitos indispensables (aunque no suficiente) para lograr la confianza ciudadana y preservar la neutralidad política de los órganos autónomos es la idoneidad de sus integrantes.
Calderón interpreta que la idoneidad de los funcionarios depende de que le sirvan a él y a sus propósitos, no a las instituciones ni al país, como ya lo mostró al ocupar plazas previas en Banxico y en el mismo IFAI, así como al proponer a su secretario de Economía, Eduardo Sojo, para la presidencia del Inegi. Obviamente, lo mismo hacen los priistas, como ocurrió con toda claridad al designar a los integrantes del Consejo General y al contralor del Instituto Federal Electoral (IFE).
Con la designación de Arzt Colunga, Calderón procuró tener, aparte de una comisionada de su entera confianza, alguien que le permita cerrar todavía más el acceso a la información vinculada con el combate a la inseguridad. Tal es el sentido de echar mano de la exsecretaria técnica del Consejo de Seguridad Nacional.
Para Calderón y su gobierno, la lucha contra el narcotráfico es lo que para Bush fue el combate al terrorismo: el pretexto ideal para violar flagrante, pública e impunemente los derechos humanos, incluyendo el derecho a la información.
Cabe al respecto recordar que el acceso a la información de la PGR y de la Secretaría de Seguridad Pública han sido motivo de conflicto permanente entre el IFAI y los titulares de dichas dependencias.
Las resoluciones del IFAI lograron que la PGR abriera las averiguaciones previas en las que se había decretado el no ejercicio de la acción penal, es decir, aquéllas en las que el Ministerio Público (MP) consideraba que no existían elementos para consignar ante un juez. Y es que, mediante la mala integración de un expediente o la interpretación sesgada de lo que consta en el mismo, el MP –que en México tiene el monopolio de la acción penal– puede proteger a culpables decretando el inejercicio de la acción penal.
Acceder a los expedientes que no se consignan ante un juez tiene la mayor importancia porque constituye la única rendición de cuentas a la que puede sujetarse el MP, aunque la sanción que sus integrantes pueden recibir por conductas indebidas se reduzcan al ámbito de la opinión pública, pues rara vez se inicia un procedimiento administrativo o penal en contra de un agente del Ministerio Público.
Para contrarrestar dicha apertura, el 23 de enero de 2009 se reformó el artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, que ahora asienta:
…Para efectos de acceso a la información pública gubernamental, únicamente deberá proporcionarse una versión pública de la resolución de no ejercicio de la acción penal, siempre que haya transcurrido un plazo igual al de prescripción de los delitos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal Federal, sin que pueda ser menor de tres ni mayor de 12 años, contado a partir de que dicha resolución haya quedado firme.
Si la resolución de no ejercicio de acción penal resulta de la falta de datos que establezcan que se hubiese cometido el delito, el Ministerio Público podrá proporcionar la información de acuerdo a las disposiciones aplicables, siempre y cuando no se ponga en riesgo indagatoria alguna.
En ningún caso se podrá hacer referencia a información confidencial relativa a los datos personales del inculpado, víctima u ofendido, así como testigos, servidores públicos o cualquier persona relacionada o mencionada en la indagatoria.
El Ministerio Público no podrá proporcionar información, una vez que se haya ejercitado la acción penal, a quien no esté legitimado.
Al servidor público que quebrante la reserva de la información de la averiguación previa o proporcione copia de los documentos que contenga, se le sujetará al procedimiento de responsabilidad administrativa o penal que corresponda…
Sin embargo, pareciera que, para garantizar la opacidad en este campo, dicha reforma no era suficiente y se requería tener además, dentro del órgano de transparencia, a alguien que pudiera conseguir que la información en materia de seguridad fuera inaccesible. Para ello, qué mejor que una experta en seguridad que dispone de todas las confianzas del presidente.
El PRI, por su parte, buscó a alguien que en el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal comprobó que puede ser un incómodo y eficaz persecutor de un gobernante, papel que jugó María Elena Pérez-Jaén en contra del entonces jefe de Gobierno Andrés Manuel López Obrador. Ahora, durante tres años, será una tozuda y molesta comisionada para Calderón, y, como los priistas ya se ven en Los Pinos nuevamente, a partir del 1 de diciembre de 2012 se transformará en una leal y dócil funcionaria pública.
Tales decisiones dañan seriamente a otra de las pocas instancias (una más sería la electoral) que han representado avances en la construcción de una institucionalidad democrática, aunque esto parece secundario para los actores políticos involucrados (Calderón, panistas y priistas), pues primero están sus intereses particulares.
Con la designación de Wanda Sigrid Arzt Colunga y María Elena Pérez-Jaén como nuevas comisionadas del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) se confirmó que para la ocupación de las vacantes en las que participan el Ejecutivo (como ponente) y el Legislativo (como poder que designa, ratifica o no objeta), las cuotas partidistas prevalecen sobre los requisitos de idoneidad de los candidatos.
La pareja designada deja claro que el presidente y los personeros del Partido Revolucionario Institucional acordaron repartirse los dos puestos: “uno para ti (Pérez-Jaén) y otro para mí (Arzt Colunga)”. El periodo que cubrirán en el IFAI será del 12 de septiembre de 2009 al 11 de septiembre de 2016, con lo cual estarán en su cargo los últimos tres años de este gobierno y los cuatro primeros del siguiente.
Aparte de los puestos otorgados a estas dos comisionadas del IFAI, en los próximos tres meses se ocuparán otras cuatro posiciones cruciales para la vida nacional: las correspondientes a dos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la presidencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y a la dirección o gubernatura del Banco de México, que tendrá efectos desde enero.
Por lo pronto, la ratificación en el Senado de Arturo Chávez Chávez como procurador general de la República, impulsado por Felipe Calderón, confirma que panistas y tricolores ya acordaron repartirse los puestos entre sus incondicionales.
Por lo que se refiere a los órganos autónomos, salta a la vista que, para ocupar las vacantes, en todos los casos, Calderón se decide por sus incondicionales, sin importar sus credenciales en la materia. Privilegia la lealtad sobre la capacidad; pero se le olvida que uno de los requisitos indispensables (aunque no suficiente) para lograr la confianza ciudadana y preservar la neutralidad política de los órganos autónomos es la idoneidad de sus integrantes.
Calderón interpreta que la idoneidad de los funcionarios depende de que le sirvan a él y a sus propósitos, no a las instituciones ni al país, como ya lo mostró al ocupar plazas previas en Banxico y en el mismo IFAI, así como al proponer a su secretario de Economía, Eduardo Sojo, para la presidencia del Inegi. Obviamente, lo mismo hacen los priistas, como ocurrió con toda claridad al designar a los integrantes del Consejo General y al contralor del Instituto Federal Electoral (IFE).
Con la designación de Arzt Colunga, Calderón procuró tener, aparte de una comisionada de su entera confianza, alguien que le permita cerrar todavía más el acceso a la información vinculada con el combate a la inseguridad. Tal es el sentido de echar mano de la exsecretaria técnica del Consejo de Seguridad Nacional.
Para Calderón y su gobierno, la lucha contra el narcotráfico es lo que para Bush fue el combate al terrorismo: el pretexto ideal para violar flagrante, pública e impunemente los derechos humanos, incluyendo el derecho a la información.
Cabe al respecto recordar que el acceso a la información de la PGR y de la Secretaría de Seguridad Pública han sido motivo de conflicto permanente entre el IFAI y los titulares de dichas dependencias.
Las resoluciones del IFAI lograron que la PGR abriera las averiguaciones previas en las que se había decretado el no ejercicio de la acción penal, es decir, aquéllas en las que el Ministerio Público (MP) consideraba que no existían elementos para consignar ante un juez. Y es que, mediante la mala integración de un expediente o la interpretación sesgada de lo que consta en el mismo, el MP –que en México tiene el monopolio de la acción penal– puede proteger a culpables decretando el inejercicio de la acción penal.
Acceder a los expedientes que no se consignan ante un juez tiene la mayor importancia porque constituye la única rendición de cuentas a la que puede sujetarse el MP, aunque la sanción que sus integrantes pueden recibir por conductas indebidas se reduzcan al ámbito de la opinión pública, pues rara vez se inicia un procedimiento administrativo o penal en contra de un agente del Ministerio Público.
Para contrarrestar dicha apertura, el 23 de enero de 2009 se reformó el artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, que ahora asienta:
…Para efectos de acceso a la información pública gubernamental, únicamente deberá proporcionarse una versión pública de la resolución de no ejercicio de la acción penal, siempre que haya transcurrido un plazo igual al de prescripción de los delitos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal Federal, sin que pueda ser menor de tres ni mayor de 12 años, contado a partir de que dicha resolución haya quedado firme.
Si la resolución de no ejercicio de acción penal resulta de la falta de datos que establezcan que se hubiese cometido el delito, el Ministerio Público podrá proporcionar la información de acuerdo a las disposiciones aplicables, siempre y cuando no se ponga en riesgo indagatoria alguna.
En ningún caso se podrá hacer referencia a información confidencial relativa a los datos personales del inculpado, víctima u ofendido, así como testigos, servidores públicos o cualquier persona relacionada o mencionada en la indagatoria.
El Ministerio Público no podrá proporcionar información, una vez que se haya ejercitado la acción penal, a quien no esté legitimado.
Al servidor público que quebrante la reserva de la información de la averiguación previa o proporcione copia de los documentos que contenga, se le sujetará al procedimiento de responsabilidad administrativa o penal que corresponda…
Sin embargo, pareciera que, para garantizar la opacidad en este campo, dicha reforma no era suficiente y se requería tener además, dentro del órgano de transparencia, a alguien que pudiera conseguir que la información en materia de seguridad fuera inaccesible. Para ello, qué mejor que una experta en seguridad que dispone de todas las confianzas del presidente.
El PRI, por su parte, buscó a alguien que en el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal comprobó que puede ser un incómodo y eficaz persecutor de un gobernante, papel que jugó María Elena Pérez-Jaén en contra del entonces jefe de Gobierno Andrés Manuel López Obrador. Ahora, durante tres años, será una tozuda y molesta comisionada para Calderón, y, como los priistas ya se ven en Los Pinos nuevamente, a partir del 1 de diciembre de 2012 se transformará en una leal y dócil funcionaria pública.
Tales decisiones dañan seriamente a otra de las pocas instancias (una más sería la electoral) que han representado avances en la construcción de una institucionalidad democrática, aunque esto parece secundario para los actores políticos involucrados (Calderón, panistas y priistas), pues primero están sus intereses particulares.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario