6/25/2022

Sobre el encuentro de la Alianza Nacional de Redes Feministas sobre trata, prostitución y pornografía

 tribunafeminista.org

Teresa C. Ulloa Ziáurriz

Teresa C. Ulloa Ziáurriz

Directora de la Coalición Regional contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe, A.C. (CATWLAC por sus siglas en inglés).

Los días 17 y 18 de junio se llevaron a cabo las segundas Jornadas Abolicionistas de la Alianza Nacional de Redes Feministas sobre trata, prostitución y pornografía. Que fue hospedada por el Frente Nacional Feminista Abolicionista y el Frente Nacional de Lesbianas Feministas y el Movimiento Nacional de Lesbianas Feministas, también la WDI-México y el Frente Nacional Feministas. 

Tuvimos ponentes de lujo, entre las que destacan Grethell Baeza, Argentina Casanova, Guadalupe Ramos, Leticia Armijo y una servidora de México, Rosa Cobo y Rosario Carracedo de España y Sonia Sánchez de Argentina, con la moderación de Adriana Lecona.

Cuando una tiene la oportunidad de aproximarse a feministas jóvenes, se puede dar cuenta como el discurso de descalificación al abolicionismo ha permeado y que muchas aún que sean abolicionistas lo mantienen oculto por temor a los ataques de las reglamentarias que también se dicen feministas.

Por cuanto a mí, traté de hacer un recorrido de la historia y fundamentos del abolicionismo, hasta donde pude en 25 minutos que fue el tiempo que nos dieron a las ponentes. Y entre otras cosas planteé:

  • Primero tratamos de aclarar por qué el término “trata de blancas” no se debe usar, ya que es discriminatorio y racista y luego señalamos que la trata de personas se define como el reclutamiento, transporte, traslado acogida y recepción de personas con propósitos de explotación.
  • En los tiempos de Solón (640-558 A.C.), encontramos cómo se organiza el mercado de las mujeres y las normas establecidas para el acceso a sus cuerpos, se podría decir que ya desde entonces el patriarcado se encontraba perfectamente cimentado.  
  • En la Edad Media, la religión católica aportó la excusa moral para legitimar dichas prácticas. Estableció que merecía menor penitencia la fornicación con mujer soltera y sin vínculo que la fornicación con mujeres casadas, con varón o con bestia. 
  • El síndrome falocéntrico está íntimamente relacionado con el significado que en nuestra cultura tiene el pene y la penetración durante la relación sexual, como una forma de someter o poseer a la mujer a través de la introducción del pene, y que tiene como consecuencia la violación y el consumo de prostitución.
  • Ahora, por cuanto a la evolución histórica, debemos mencionar que el argumento para justificar la existencia de la prostitución es la misma desde siempre: su universalidad y su inevitabilidad, debido a su intrínseca relación con la satisfacción sexual masculina, que socialmente se justifica, normaliza y perpetua como insaciable, instintiva e incontrolable.
  • También abordamos la Convención del 49, La Convención para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena fue adoptada el 2 de diciembre de 1949 por Naciones Unidas.
  • Esta convención es el resultado de una larga lucha abolicionista y feminista, que nació en 1866 y fue llevada a cabo en Inglaterra por Josephine Butler. Alguien me comentó que es la Butler buena.
  • Expliqué los tres sistemas socio jurídicos con los que se ha abordado la prostitución, el prohibicionista, que sanciona a las mujeres, el reglamentarista que convierte a los proxenetas en hombres de negocio y el abolicionista que no sanciona a las mujeres, sino a los tratantes, proxenetas y a los puteros o prostituyentes (demanda).
  • Además, sobre el sistema reglamentarista, expresé que: surge en Francia, erigido por Napoleón III, para luchar contra las enfermedades venéreas y en nombre de la salud pública, pero es una medida para proteger a los consumidores de sexo de paga. Esa época se identifica como “higienista”, y pretendía proteger a los puteros o prostituyentes para que las “malas mujeres en prostitución” no los fueran a contagiar de alguna enfermedad venérea, de las que hoy conocemos como infecciones de trasmisión sexual (ITS).
  • Cuando abordé la responsabilidad masculina mencioné que los textos de Butler ponen el acento en la responsabilidad de los hombres y en su rol como proveedores y compradores de la prostitución. Sin embargo, en la Convención están ausentes.
  • En el tiempo de las sufragistas, se levantó una lucha feminista que Demandaba poner fin a la reglamentación de la prostitución.

Ya desde entonces era evidente que facilitaba la trata de seres humanos.

En Francia, es muy significativo que, al término de la Segunda Guerra Mundial, el voto de las mujeres coincidiera con el cierre de las casas de citas y zonas de tolerancia. 

  • La Convención del 49 es el único instrumento internacional de derechos humanos dedicado exclusivamente a la trata y la explotación de la prostitución ajena y no hace recaer la carga de la prueba sobre las víctimas, sino sobre aquellos que organizan la explotación de la prostitución y de la trata con fines de prostitución.
  • Ahora por cuanto a los principios de la Convención del 49, se pueden resumir en:
  • Los países no pueden reglamentar la prostitución o someter a las mujeres a registros u a otros controles.
  • El consentimiento no puede ser utilizado como instrumento de defensa de los acusados o como excluyente del delito.
  • La prostitución no puede ser reconocida como un trabajo.
  • No se puede hacer distinción entre prostitución “libre” y “forzada”.
  • La trata con fines de prostitución y “la explotación de la prostitución ajena” no pueden estar disociadas.
  • Por otro lado, la Convención de 1949 sirvió de referencia normativa para la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW) en 1979 y para la Convención de los Derechos de la Niñez de 1989. 
  • Además, al mencionar el Protocolo de Palermo, señale que este instrumento del 2000 aborda y reconoce el fenómeno de la demanda como elemento favorecedor de la trata en su Artículo 9, Fracción 5, que dice:

“Los Estados Parte deben adoptar o reforzar todas las medidas legislativas o de otra índole a fin de desalentar la demanda que propicia cualquier forma de explotación…”

  • Señalé algunos factores claves que se deben tomar en cuenta en la lucha contra la prostitución, la pornografía y la trata de personas, como:
  • El sistema patriarcal productor y reproductor de la opresión, esclavización y muerte de mujeres, y básicamente de las mujeres a quienes prostituye.
  • La demanda del prostituidor cliente que determina la existencia de la prostitución (sin demanda no hay oferta).
  • El sistema patriarcal productor y reproductor de la opresión, esclavización y muerte de mujeres, y básicamente de las mujeres a quienes prostituye.
  • La demanda del prostituidor cliente que determina la existencia de la prostitución (sin demanda no hay oferta).
  • Cuando decimos que hay dos posiciones feministas divergentes nos referimos a que hay una reglamentarista, que dudamos que sea feminista, a pesar de que Simone de Beauvoir sostiene que la prostitución es una práctica de resistencia y de liberación sexual de las mujeres frente a las normas sexuales y a los preceptos morales tradicionales que han servido para controlarlas y someterlas.
  • Por el otro lado, la corriente feminista radical, por el contrario, analiza la prostitución como una forma más de colonización de los cuerpos de las mujeres, como un soporte de control patriarcal y de la sujeción sexual, cuando afirma que el matrimonio representa la propiedad privada del cuerpo de las mujeres y la prostitución la propiedad colectiva.
  • Y al abordar el tema de la elección personal citamos lo siguiente:
  • La cuestión del consentimiento, o la “política de elección personal”, se basa en una visión liberal occidental de los derechos humanos que eleva la voluntad y las elecciones individuales por encima de todos los otros derechos humanos y de toda noción de bien común (BARRY, 1995).

Y mencionamos que la libertad personal está limitada por la libertad de las demás, porque, en el caso de la prostitución, perpetúa el estereotipo de la mujer objeto sexual y no sólo de las mujeres en prostitución, sino de todas las mujeres y las niñas.

  • La prostitución es una forma de explotación que debe ser abolida y no una profesión que se debe reglamentar. Es una forma de violencia contra las mujeres y las niñas. Porque el hecho de que se pague una cantidad de dinero no convierte esa violación pagada en “trabajo sexual”, como dijo Diez Gutiérrez en 2007.
  • La prostitución viola el derecho a la integridad, porque la sexualidad de las mujeres y las niñas se apropia, se envilece y se convierte en una cosa que se compra y se vende.
  • La prostitución debe ser reconocida como fundamento del sistema de subordinación patriarcal de las mujeres. Las feministas tenemos la obligación de imaginar un mundo sin prostitución y luchar porque se haga realidad.
  • El modelo reglamentarista plantea que la prostitución promueve la igualdad de género, ya que promueve el derecho de la mujer para hacer lo que quiera con su cuerpo. L@s proponentes dicen que la prostitución sólo es otra forma de trabajo y para proteger a las mujeres en prostitución proponen mejorar sus “condiciones de trabajo” y profesionalizar la prostitución o “trabajo sexual”. 
  • El modelo abolicionista define la prostitución como una violación de los derechos de las mujeres y las niñas y como una forma extrema de violencia contra ellas. Este modelo sostiene que normalizar la prostitución o legalizarla de cualquier manera, es legalizar la esclavitud sexual y la desigualdad de género para las mujeres (J. RAYMOND). 
  • Suecia adoptó en 2000 el modelo abolicionista, pero incluyó la sanción al prostituyentes/puteros. Es el 2009 cuando Noruega e Islandia adoptan el Modelo Sueco y se vuelve Nórdico con los mismos resultados.

También Filipinas, Corea, Albania, Canadá, Israel, Irlanda y Francia se han sumado, y se discute en Reino Unido y Dinamarca. También Guatemala y El Salvador.

  • En México, fallamos en lograr el Modelo Nórdico.  El Pacto Patriarcal se activó en el Congreso Mexicano y el machismo y sexismo impidió que avanzáramos para proteger su derecho a continuar teniendo acceso a los cuerpos de las mujeres y las niñas.  En mi país es sólo una simulación en lo que se refiere a la igualdad de la mujer y las políticas transversales o la lucha contra la violencia. 
  • La prostitución es una práctica intrínsicamente degradante, violenta e incompatible con los valores de una sociedad democrática y de la dignidad humana», porque supone «un retroceso en el camino a la igualdad real entre las mujeres y los hombres“. Sólo nos queda la abolición de la prostitución.

Las ponencias de nuestras invitadas internacionales no tuvieron desperdició. Les recomiendo entrar a Facebook a ver el video.

Finalmente dijimos que el feminismo es abolicionista o no es feminista y por eso decimos “Hasta el Abolicionismo Siempre”. 

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