A 16 años de haber sido agredidas por militares, sigue la impunidad
México, D.F., 10 jun 10 (CIMAC).- A 16 años de la violación sexual por parte de militares de las tres hermanas tzeltales, Ana, Beatriz y Celia González Pérez, el Estado mexicano no ha reparado el daño a las indígenas, pero además, mantiene la investigación en la jurisdicción militar, a pesar de que se comprometió con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a trasladar el caso a la justicia ordinaria.
El 4 de junio se cumplieron 16 años de la violación sexual de las tres hermanas tzeltales, quienes en 1994 –junto con su madre, Delia Pérez de González - fueron detenidas arbitrariamente en un retén militar en el municipio de Altamirano, Chiapas, con el objetivo de ser interrogadas y hacerles confesar su pertenencia al Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN).
Aunque el 4 de abril de 2001, la CIDH (en su Informe No. 53/01) concluyó que el Estado mexicano había violado los derechos a la integridad personal, la protección de la honra, la dignidad; y las garantías judiciales de las cuatro víctimas, no pudo remitir el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) porque México reconoció la competencia contenciosa de este organismo hasta 1998, dos años después de la denuncia.
Sin embargo, lo que si pudo hacer la CIDH fue formular una serie de recomendaciones al Estado mexicano, entre estas: investigar el caso de manera completa, imparcial y efectiva en la jurisdicción ordinaria y reparar adecuadamente a Ana, Beatriz y Celia González Pérez, así como a su madre Delia Pérez de González, por las violaciones de los derechos humanos de las que fueron víctimas.
AUSENCIA DE VOLUNTAD
Acompañadas del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), las agraviadas interpusieron una denuncia ante la CIDH el 16 de enero de 1996, para buscar justicia por la detención ilegal, violación, tortura y falta de investigación, pero también reparación del daño a las tres indígenas tzeltales.
El 19 de noviembre de 1999, la CIDH admitió el caso y en abril de 2001 hizo las recomendaciones antes mencionadas. No obstante, ese mismo mes, el Estado mexicano informó a la CIDH que de acuerdo con la legislación del país, el caso se investigaría en la Justicia Militar.
Finalmente el 12 de noviembre de 2009, el Estado mexicano informó a la CIDH que había demostrado su voluntad y puesto en funcionamiento todas las medidas a su alcance para esclarecer los hechos.
Además hizo un recuento de las diligencias de investigación y expresó que abordaría los aspectos relativos a la reparación del daño una vez que se concluyera totalmente con el procedimiento penal que “se encuentra en trámite”.
Por su parte, el 16 de diciembre de 2009, las peticionarias indicaron que en cumplimiento con el acuerdo alcanzado en la reunión de trabajo del 11 de marzo de 2008, el 21 de mayo de 2009 se desahogaron las últimas tres diligencias dentro de la investigación penal militar, con la finalidad de que esa autoridad remitiera la investigación al fuero ordinario para la continuación de las investigaciones.
Señalaron que una vez practicadas todas las diligencias, las autoridades militares no remitieron el caso a la jurisdicción ordinaria como lo habían acordado. Cabe señalar que este fue el primer caso donde se pidió al Estado mexicano que fuera la justicia civil u ordinaria la que investigara, después le seguirían dos más.
Estos dos casos se refieren a las indígenas tlapanecas Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, quienes en 2002, fueron a víctimas de violación sexual por parte de militares, y quienes sí pudieron llegar a la CoIDH en este año, por lo cual ahora están a la espera de una sentencia final.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario