6/10/2010

Cuando pudo acceder al servicio, el doctor “no quiso problemas con militares”
Valentina Rosendo no recibió atención médica por violación

Por Anayeli García Martínez

México, D.F. 09 jun 10 (CIMAC).- Valentina Rosendo Cantú no sólo ha enfrentado obstáculos para acceder a la justicia, también para recibir los servicios de salud, pues a pesar de que se contagió del Virus del Papiloma Humano (VPH) después de ser golpeada y violada por dos soldados del Ejército mexicano, no recibió ninguna atención médica.

A ocho años de la agresión que vivió Valentina en la comunidad de Barranca Bejuco, municipio de Acatepec, en el estado de Guerrero, el sistema de salud de la entidad sólo cuenta con Módulos de atención Psicológica en algunos Hospitales y Centros de Salud, pero no con Unidades de Salud, exclusivas para atender casos de violencia sexual.

De acuerdo con información del área de Prevención y Atención a la Violencia Familiar, Sexual y de Género, de la Secretaría de Salud estatal, los casos de violencia contra las mujeres se atienden con base en “los lineamientos que establece el Manual de Operación del Modelo Integrado para la Prevención y Atención a la Violencia Familiar y Sexual y en la Norma Oficial Mexicana NOM-046 Violencia Familiar, Sexual y contra las Mujeres”.

Cabe mencionar que el Manual de Operación es un instrumento elaborado en 2006 por el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, mientras que la NOM-046 entró en vigor en 2009. Ambos obligan a los prestadores de servicios de salud a brindar atención médica y psicológica a las víctimas de violencia sexual y familiar.

En entrevista con Cimacnoticias, Miriam Aparicio González, coordinadora de Prevención y Atención a la Violencia Familiar, Sexual y de Género, informó que en los hospitales y centros de Salud “se da la atención médica esencial y especializada, tomando en cuenta la particularidad de cada caso, se otorga la atención psicológica, es decir, pueden ser primeros auxilios psicológicos o la terapia en sí”.

Si bien es cierto que, cuando Valentina fue agredida, estos servicios no existían, cuando ella se sintió mal y acudió a la clínica estatal de emergencia de la comunidad de Caxitepec -el 18 de febrero de 2002- se le negó el servicio porque el doctor en turno “no quería problemas con los militares”.

Esta negativa se dio aún cuando Ley Num. 159 de Salud del estado de Guerrero, en su artículo 140, establece que los prestadores de los servicios de salud “deberán dar atención preferente e inmediata” a menores y ancianos maltratados o víctimas de delitos que atenten contra su integridad física o mental, sin embargo Valentina no contó con este derecho.

VALENTINA REQUIRIÓ DE 2 AÑOS DE TRATAMIENTO

Los hechos quedaron de manifiesto el pasado 27 de mayo durante la audiencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) realizó para conocer el caso de la violación de Valentina a manos del Ejército mexicano.

Vidulfo Rosales Sierra, coordinador del área jurídica del Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan” y abogado de Valentina, dijo a Cimacnoticias que después de ser violada, el 16 de febrero de 2002, ella siguió sintiéndose mal, por lo cual sus representantes legales la llevaron a una clínica particular.

Lo anterior debido a que antes se le habían negado los servicios de salud pública. Es así que cuatro años después, en 2006, se le detecta el VPH y luego de esa fecha, le seguirían dos años de tratamiento y en consecuencia de gastos en medicamentos que asumió Tlachinollan.

Por otra parte, en la demanda que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presenta ante la CoIDH el dos de agosto de 2009, le pide al máximo tribunal que se pronuncie sobre la responsabilidad del Estado mexicano ante las dificultades que enfrentan las personas indígenas, en particular las mujeres, para acceder a los servicios de salud.

Asimismo pidió que la CoIDH exhortara al Estado mexicano a diseñar e implementar servicios multidisciplinarios en salud para las mujeres víctimas de violación sexual, que aborden las necesidades específicas de las mujeres indígenas para su recuperación, rehabilitación y reinserción plena en la comunidad.

D acuerdo con Aparicio González, la Secretaría de Salud estatal se han enfocado en mecanismos de prevención de la violencia contra las mujeres y que en casos de violencia sexual mantiene un trabajo coordinado de atención con la Procuraduría de justicia estatal a través del Sistema Estatal para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Este trabajo coordinado consiste en que la Secretaría de Salud estatal capacita al personal de las Agencias de Delitos Sexuales para atender a las víctimas y en que ambas instituciones comparten información de casos.

Aunque Aparicio González, coordinadora del área de prevención y atención, mencionó esta información, no precisó cuantos casos han atendido en conjunto con la Procuraduría estatal.

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