12/27/2017

Protección a víctimas de violencia política debe ser permanente


 Mujeres electas deben ejercer sus funciones sin violencia 


Las medidas de protección ordenadas por la autoridad jurisdiccional en casos de violencia política de género pueden mantenerse hasta que la víctima lo requiera, aun cuando se tenga por cumplido el fallo que les dio origen, señaló la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En la Tesis X/2017sobre “Violencia política de género. Las medidas de protección pueden mantenerse, incluso después de cumplido el fallo, en tanto lo requiera la víctima”, aprobada por el pleno del TEPJF, se expone la necesidad de garantizar que las mujeres electas a un cargo de elección popular puedan acceder a éste y ejercerlo.
Significa que cuando exista violencia política de género, el Tribunal Electoral debe dictar y solicitar medidas de protección que garanticen el respeto del ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres, por lo que es razonable que, aun cuando se tenga por cumplido el fallo, la protección se mantenga hasta en tanto lo requiera la víctima o concluya el cargo para el que fue electa.
La tesis, informó la autoridad en un comunicado, se fundamenta en la interpretación de los tratados internacionales y las leyes locales sobre violencia de género y deriva de la obligación del Estado mexicano de reconocer, respetar y garantizar el ejercicio de los Derechos Humanos establecidos en la Constitución.
Después de la reforma político-electoral de 2014, cuando se elevó a rango constitucional el principio de paridad de género, comenzaron a salir a la luz casos de violencia política, algunos de mujeres que fueron electas y obligadas a renunciar a sus cargos o que no podían ejercer sus funciones, por ejemplo, María Gloria Sánchez, alcaldesa de Oxchuc en Chiapas y Samantha Caballero Melo, alcaldesa del municipio oaxaqueño de San Juan Bautista Lo de Soto.
Sin embargo, es de recordar que en la legislación nacional no se ha legislado el concepto de violencia política de género toda vez que apenas el pasado 15 de diciembre la Cámara de Diputados aprobó incluir este tipo de violencia en cinco leyes generales pero las reformas aún deben ser avaladas por el Senado para ser publicadas y entra en vigor.
A pesar de este vacío normativo en noviembre las autoridades electorales reeditaron el “Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género” creado en 2016 por las autoridades como el TEPJF, el Instituto Nacional de las Mujeres, el Instituto Nacional Electoral y la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade).

Especial
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México .- 

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