Aleida Calleja
De las buenas, se aplica regulación a Televisa. De las malas, nombran a
nuevo director sin experiencia para el Canal 22 y se violan derechos de
los niños.
Una buena noticia en estos días aciagos
es el regreso del noticiero de Carmen Aristégui
y su equipo a través de internet. Enhorabuena.
El
pasado jueves 19 de enero el Primer Tribunal Colegiado en Materia
Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y
Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción
en toda la República, determinó que el Instituto Federal de
Telecomunicaciones (IFT) debe reponer el proceso que negó en su momento
para declarar a el Grupo Televisa (GT) con poder sustancial de mercado
en la TV de paga. Esa fue su determinación una vez que Total Play y
Televisora del Valle de México, filiales de TV Azteca y Grupo Dish,
filial de MVS, interpusieron un amparo ante los tribunales porque con su
negativa el IFT impidió la aplicación de una regulación asimétrica a la
empresa que tiene más del 62 por ciento del mercado de televisión
restringida en el país.
Como recordará, la denegación del Pleno
IFT para dicha declaratoria al GT fue una de las decisiones más
lamentables por cuanto ignoró los resultados de su Autoridad
Investigadora, que en marzo de 2015 encontró que Televisa sí era actor
dominante en la TV paga, con poder sustancial de mercado en 2.124
municipios del país lo que significaba más del 86 por ciento del total
de localidades en el país.
Esta resolución tuvo el voto en contra
de las dos comisionadas, Adriana Labardini y María Elena Estavillo,
quienes atinadamente reclamaron al Pleno no tomar en cuenta la
concentración regional y local para el servicio de TV de paga por parte
del GT, así como su dominancia en la producción de contenidos
audiovisuales lo que le permite contar con una buena reducción de costos
de operación y de adquisición de programas dándole una posición de
ventaja sobre sus competidores. Esta resolución del IFT en septiembre de
2015 se repitió en 2016 y en ambas ocasiones fue un escándalo
internacional.
La reciente sentencia del Tribunal Colegiado le
enmienda la plana el IFT por su resolución del 2015, por lo que deberá
de reponer el proceso con los elementos aportados por su Autoridad
Investigadora en ese mismo año. Es una buena noticia que el poder
judicial cumpla con su papel de control judicial frente a las acciones
del regulador, cuando éstas afecten la competencia y el pluralismo.
En
contraste con esta buena noticia la semana pasada, nuevamente en el
país tuvimos nota con hechos trágicos, las redes sociales y los medios
de comunicación.
Derechos de la niñez y los medios.
Cimbraron
los trágicos hechos en Monterrey, Nuevo León, sobre la agresión a
menores de edad a manos de uno de sus compañeros, que también disparó a
su maestra de clases.
Poco después de darse a conocer la noticia
empezó a difundirse un video e imágenes en las redes sociales sobre este
lamentable suceso, mismas que fueron retomadas por varios medios de
comunicación, violando flagrantemente los derechos de los menores. La
Ley General de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes prohíbe
la violación a su intimidad revelando su identidad y datos personales en
los servicios de prensa, radiodifusión, medios electrónicos y de
telecomunicaciones, porque de hacerlo ponen en riesgo el interés
superior de la niñez (artículos 76 al 81).
Los medios que
decidieron publicar esas imágenes sin edición alguna, no solamente
faltaron a la ética sino que también violaron la ley y derechos. No se
puede justificar el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a
la información pasando por encima de los derechos de la niñez, el
sector más vulnerable de la población, además en términos informativos
dichas imágenes no aportaban nada más que espectáculo y sangre. Tampoco
es aceptable la justificación de que lo hicieron porque primero
empezaron a difundirse a través de la redes, eso sería tanto como
admitir que yo violo derechos porque otros lo hacen primero.
Por
fortuna de inmediato también aparecieron en las redes cuestionamientos a
los medios de comunicación recordándoles su obligación de respetar la
ley y los derechos de la niñez, así como la obligación de la Secretaría
de Gobernación (Segob) para regular este tipo de conductas en los
medios. Hacia el medio día de ese fatídico 18 de enero, el Secretario de
Gobernación, Miguel Osorio Chong, emitió un Tweet diciendo “He
instruido que se verifique que las imágenes difundidas por medios y
plataformas digitales respeten la dignidad de las víctimas.”
Veremos
si la dependencia ejecuta el marco legal al que está obligado cumplir,
porque en materia de protección a la niñez ha resultado no sólo ineficaz
sino también fútil, como lo muestran los Lineamientos Generales de
Clasificación de Contenidos Audiovisuales, que permiten la transmisión
de contenidos violentos, sexuales y de consumo de drogas en horarios en
los que la niñez ve la televisión abierta y en la cual no hay
posibilidad de tener controles parentales. Como bien lo señala la
experta Clara Luz Álvarez, esos Lineamientos hacen posible que las tres
televisoras comerciales de cobertura nacional puedan transmitir las
llamadas narcoseries en horarios que de acuerdo al Instituto Federal de
Telecomunicaciones (IFT), la niñez es todavía audiencia masiva.
Este
tipo de series por su naturaleza muestran violencia, armas y valores
éticos cuestionables que los menores de edad ven, con el peligro de que
puedan percibir como normalidad este tipo de situaciones, pues no tienen
aún criterios firmes para discernir entre la realidad y la ficción,
pero a la Segob eso le tiene sin preocupación, por lo que para la
protección a la niñez y la regulación a los medios ha resultado
francamente inútil, esta omisión es un derroche de recursos públicos y
configura una negligencia al deber estatal de proteger derechos.
La
programación para la niñez en el país es casi un desierto, a los medios
comerciales les importa poco la atención a este sector, salvo que den
jugosas ganancias por la publicidad comercial, y son pocos los medios
públicos que le atienden (canal 11 con una señal completa sólo para
niños y niñas y canal 22 con un noticiero infantil), por su naturaleza
de servicio público deberían de tener una mayor responsabilidad para
integrar programación que fomente su desarrollo armónico. Eso no sucede
porque a anteriores gobiernos y al actual poco les han importando. Los
medios públicos, en tanto destinan miles de millones de pesos en
publicidad oficial a aquellos les recortan presupuesto.
Un ejemplo
de ello es el reciente nombramiento de Pedro Miguel Cota Tirado en la
dirección de canal 22, un perfil sin experiencia en contenidos
culturales ni televisión pública, hasta hace poco se desempeñaba como
Director General de Marca País para vender la imagen de México en el
exterior y antes de incorporarse al servicio público trabajó durante
seis años en Televisa. Espero equivocarme, pero ese perfil no acredita
la experiencia necesaria para llevar las riendas de uno de los más
importantes canales públicos del país que de acuerdo a la Ley Federal de
Telecomunicaciones y a la Constitución, debe estar regido a una
autonomía de gestión e independencia editorial como el resto de los
medios de servicio público.
El olvido de este tipo de medios se
repite continuamente también en los estados, veremos si la Ciudad de
México marca la diferencia, de manera reciente la constituyente aprobó
el artículo 21, inciso F, numeral 8 para la creación de un Sistema
Público de Radiodifusión, operado por un organismo público
descentralizado, no sectorizado. Contará con un Consejo de
Administración de siete integrantes con mayoría ciudadana como órgano de
gobierno; un Consejo Consultivo Ciudadano de Programación de once
integrantes y una persona titular de la Dirección General, designada por
el Consejo de Administración y electa a partir de una terna propuesta
por el Congreso de la Ciudad de México. Son muy buenas bases para un
diseño institucional que haga realidad un servicio público
independiente, por y para la gente. Habremos de ver si la legislación
secundaria hace realidad esta aspiración.
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