1/24/2017

Entre las buenas y malas noticias


Aleida Calleja
De las buenas, se aplica regulación a Televisa. De las malas, nombran a nuevo director sin experiencia para el Canal 22 y se violan derechos de los niños.

Una buena noticia en estos días aciagos
 es el regreso del noticiero de Carmen Aristégui
 y su equipo a través de internet. Enhorabuena.

El pasado jueves 19 de enero el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, determinó que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) debe reponer el proceso que negó en su momento para declarar a el Grupo Televisa (GT) con poder sustancial de mercado en la TV de paga. Esa fue su determinación una vez que Total Play y Televisora del Valle de México, filiales de TV Azteca y Grupo Dish, filial de MVS, interpusieron un amparo ante los tribunales porque con su negativa el IFT impidió la aplicación de una regulación asimétrica a la empresa que tiene más del 62 por ciento del mercado de televisión restringida en el país.
Como recordará, la denegación del Pleno IFT para dicha declaratoria al GT fue una de las decisiones más lamentables por cuanto ignoró los resultados de su Autoridad Investigadora, que en marzo de 2015  encontró que Televisa sí era actor dominante en la TV paga, con poder sustancial de mercado en 2.124 municipios del país lo que significaba más del 86 por ciento del total de localidades en el país.
Esta resolución tuvo el voto en contra de las dos comisionadas, Adriana Labardini y María Elena Estavillo, quienes atinadamente reclamaron al Pleno no tomar en cuenta la concentración regional y local para el servicio de TV de paga por parte del GT, así como su dominancia en la producción de contenidos audiovisuales lo que le permite contar con una buena reducción de costos de operación y de adquisición de programas dándole una posición de ventaja sobre sus competidores. Esta resolución del IFT en septiembre de 2015 se repitió en 2016 y en ambas ocasiones fue un escándalo internacional.
La reciente sentencia del Tribunal Colegiado le enmienda la plana el IFT por su resolución del 2015, por lo que deberá de reponer el proceso con los elementos aportados por su Autoridad Investigadora en ese mismo año. Es una buena noticia que el poder judicial cumpla con su papel de control judicial frente a las acciones del regulador, cuando éstas afecten la competencia y el pluralismo.
En contraste con esta buena noticia la semana pasada, nuevamente en el país tuvimos nota con hechos trágicos, las redes sociales y los medios de comunicación.
Derechos de la niñez y los medios.
Cimbraron los trágicos hechos en Monterrey, Nuevo León, sobre la agresión a menores de edad a manos de uno de sus compañeros, que también disparó a su maestra de clases.
Poco después de darse a conocer la noticia empezó a difundirse un video e imágenes en las redes sociales sobre este lamentable suceso, mismas que fueron retomadas por varios medios de comunicación, violando flagrantemente los derechos de los menores. La Ley General de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes prohíbe la violación a su intimidad revelando su identidad y datos personales en los servicios de prensa, radiodifusión, medios electrónicos y de telecomunicaciones, porque de hacerlo ponen en riesgo el interés superior de la niñez (artículos 76 al 81).
Los medios que decidieron publicar esas imágenes sin edición alguna, no solamente faltaron a la ética sino que también violaron la ley y derechos. No se puede justificar el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información pasando por encima de los derechos de la niñez, el sector más vulnerable de la población, además en términos informativos dichas imágenes no aportaban nada más que espectáculo y sangre. Tampoco es aceptable la justificación de que lo hicieron porque primero empezaron a difundirse a través de la redes, eso sería tanto como admitir que yo violo derechos porque otros lo hacen primero.
Por fortuna de inmediato también aparecieron en las redes cuestionamientos a los medios de comunicación recordándoles su obligación de respetar la ley y los derechos de la niñez, así como la obligación de la Secretaría de Gobernación (Segob) para regular este tipo de conductas en los medios. Hacia el medio día de ese fatídico 18 de enero, el Secretario de Gobernación, Miguel Osorio Chong, emitió un Tweet diciendo “He instruido que se verifique que las imágenes difundidas por medios y plataformas digitales respeten la dignidad de las víctimas.”
Veremos si la dependencia ejecuta el marco legal al que está obligado cumplir, porque en materia de protección a la niñez ha resultado no sólo ineficaz sino también fútil, como lo muestran los Lineamientos Generales de Clasificación de Contenidos Audiovisuales, que permiten la transmisión de contenidos violentos, sexuales y de consumo de drogas en horarios en los que la niñez ve la televisión abierta y en la cual no hay posibilidad de tener controles parentales. Como bien lo señala la experta Clara Luz Álvarez, esos Lineamientos hacen posible que las tres televisoras comerciales de cobertura nacional puedan transmitir las llamadas narcoseries en horarios que de acuerdo al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la niñez es todavía audiencia masiva.
Este tipo de series por su naturaleza muestran violencia, armas y valores éticos cuestionables que los menores de edad ven, con el peligro de que puedan percibir como normalidad este tipo de situaciones, pues no tienen aún criterios firmes para discernir entre la realidad y la ficción, pero a la Segob eso le tiene sin preocupación, por lo que para la protección a la niñez y la regulación a los medios ha resultado francamente inútil, esta omisión es un derroche de recursos públicos y configura una negligencia al deber estatal de proteger derechos.
La programación para la niñez en el país es casi un desierto, a los medios comerciales les importa poco la atención a este sector, salvo que den jugosas ganancias por la publicidad comercial, y son pocos los medios públicos que le atienden (canal 11 con una señal completa sólo para niños y niñas y canal 22 con un noticiero infantil), por su naturaleza de servicio público deberían de tener una mayor responsabilidad para integrar programación que fomente su desarrollo armónico. Eso no sucede porque a anteriores gobiernos y al actual poco les han importando. Los medios públicos, en tanto destinan miles de millones de pesos en publicidad oficial a aquellos les recortan presupuesto.
Un ejemplo de ello es el reciente nombramiento de Pedro Miguel Cota Tirado en la dirección de canal 22, un perfil sin experiencia en contenidos culturales ni televisión pública, hasta hace poco se desempeñaba como Director General de Marca País para vender la imagen de México en el exterior y antes de incorporarse al servicio público  trabajó durante seis años en Televisa. Espero equivocarme, pero ese perfil no acredita la experiencia necesaria para llevar las riendas de uno de los más importantes canales públicos del país que de acuerdo a la Ley Federal de Telecomunicaciones y a la Constitución, debe estar regido a una autonomía de gestión e independencia editorial como el resto de los medios de servicio público.
El olvido de este tipo de medios se repite continuamente también en los estados, veremos si la Ciudad de México marca la diferencia, de manera reciente la constituyente aprobó el artículo 21, inciso F, numeral 8 para la creación de un Sistema Público de Radiodifusión, operado por un organismo público descentralizado, no sectorizado. Contará con un Consejo de Administración de siete integrantes con mayoría ciudadana como órgano de gobierno; un Consejo Consultivo Ciudadano de Programación de once integrantes y una persona titular de la Dirección General, designada por el Consejo de Administración y electa a partir de una terna propuesta por el Congreso de la Ciudad de México. Son muy buenas bases para un diseño institucional que haga realidad un servicio público independiente, por y para la gente. Habremos de ver si la legislación secundaria hace realidad esta aspiración.

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