El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF) determinó ayer que durante la ejecución de los programas
sociales del gobierno federal, 36 funcionarios, entre delegados,
subdelegados regionales y servidores de la nación, violaron el artículo
134 constitucional, al utilizar recursos públicos para realizar
promoción personalizada del presidente Andrés Manuel López Obrador.
En su resolución aprobada por mayoría, los magistrados de la sala
regional especializada no atribuyeron ninguna responsabilidad del hecho
al mandatario, a la secretaria de Bienestar, María Luisa Albores, y al
coordinador de Programas para el Desarrollo del gobierno federal,
Gabriel García Hernández, ya que
no existen hechos propios que les puedan ser reprochables en la ejecución de las conductasseñaladas.
También exoneraron al partido Morena de alguna responsabilidad en el caso, toda vez que no se acreditó su participación.
Los integrantes de la sala especializada acordaron dar vista al
Órgano Interno de Control de la Secretaría de Bienestar del gobierno
federal y a la titular de la misma, para que determine lo
correspondiente.
Autores intelectuales
La queja contra la actuación de los servidores de la
nación fue interpuesta por el Partido de la Revolución Democrática
(PRD), el cual anunció que impugnará el fallo ante la sala superior del
TEPJF, pues estimó que debe castigarse a los funcionarios exonerados,
por ser los autores intelectuales del funcionamiento de esa estructura.
En su denuncia, el partido del sol azteca precisó que los
funcionarios responsables de la ejecución de los programas sociales
realizaban promoción personalizada de López Obrador, toda vez que en su
indumentaria llevaban el nombre del mandatario y atribuían a él la
indicación para entregar los apoyos.
La sala regional especializada determinó que sí se vulneró el
artículo 134 constitucional, pues se detectó un uso indebido de recursos
públicos para realizar propaganda gubernamental con elementos de
promoción personalizada durante el otorgamiento de los respaldos, por
parte de los funcionarios involucrados en los proyectos sociales.
En el proyecto de resolución se señala que en las redes sociales de
esos servidores públicos se encontraron múltiples imágenes y videos
donde se observa que en su indumentaria, aparece el nombre del
Presidente y que al entregar el beneficio, se le atribuye la indicación
para el otorgamiento de los mismos.
También se menciona que se violentó el principio de imparcialidad al
desatender el carácter institucional y de incondicionalidad que debe
prevalecer en la implementación de cualquier programa social. Esto puede
repercutir en los procesos comiciales de los estados de Hidalgo y
Coahuila, se afirma.
Incumplimiento de medidas cautelares
De igual manera se encontró incumplimiento de las medidas
cautelares dictadas por la Comisión de Quejas del Instituto Nacional
Electoral (INE) al no retirar de Internet las publicaciones alusivas al
caso.
Durante el análisis del tema, la magistrada presidenta de la sala
especializada, Gabriela Villafuerte, consideró que sí se efectuó
propaganda gubernamental en periodo prohibido, pues la mayor parte de
las videograbaciones e imágenes se publicaron cuando estaban en marcha
las campañas electorales de 2019.
Sin embargo rechazó que se hubiera registrado la promoción
personalizada del Presidente, toda vez que en este momento, él no aspira
a otro cargo público.
Villafuerte señaló que en las publicaciones de los funcionarios se
observa a personas agradeciendo al Presidente el otorgamiento de los
programas, pero el establecimiento de tales vínculos de agradecimiento
puede ser arriesgado por los grados de pobreza y marginación que hay en
México.
Georgina Saldierna
Periódico La Jornada
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