6/18/2022

Desde los 12 años “Mónica”, sobreviviente de abuso sexual, lucha por justicia en Oaxaca

Con la fuerza de su voz y el pleno conocimiento de sus derechos, hizo un llamado al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca: juzgar con perspectiva de infancia y de género en la audiencia de debate que se llevará a cabo el próximo 9 de junio.

Fue el 9 de abril de 2018 cuando “Mónica” −nombre falso adoptado para proteger su identidad−, acompañada de su abuela, denunció por abuso sexual agravado a su padrastro G.R.D., quien es pastor de una iglesia cristiana. El señalado por el crimen logró enfrentar su proceso penal en libertad con el pago de una fianza de 6 mil pesos.

Para Tilemy Santiago Gómez, académico en antropología social y criminalística que ha dado acompañamiento a “Mónica”, el inicio del proceso se vio inclinado a favorecer a G.R.D., sobre todo en la aceptación de pruebas de poco valor como la fotografía de una puerta cerrada como “evidencia” de que él no se encontraba en el lugar del delito. De igual manera, el hombre negó sostener una relación de pareja con la madre de “Mónica”; sin embargo, existen fotografías de la ceremonia de su unión cristiana.

“Nosotros en este momento tenemos una ministerio público que está haciendo bien su trabajo, pero ha sido solo hasta que llegó ella. Las ministerio público −que han sido cuatro, incluyendo un hombre− no se han comportado a la altura, incluso identificamos situaciones de violencia institucional en donde cuestiones que tienen que ver con la reparación fueron desestimadas por la MP anterior; las mismas características por las que se hace la imputación al agresor también fueron desestimadas. Este hombre cumplió el proceso en libertad, se dictaron medidas precautorias que no ha respetado”, explicó el antropólogo.

Además, el caso se ha visto alargado por la pandemia y en ocasiones específicas por brotes de COVID-19 en los juzgados.

El Artículo 241 del Código Penal del Estado de Oaxaca establece que comete delito de abuso sexual quien sin consentimiento de una persona ejecute en ella o la haga ejecutar un acto sexual que no sea la cópula, o la obligue a observar cualquier acto sexual, aun a través de medios electrónicos.

La sanción para este crimen va de los dos a los cinco años de prisión y puede llegar hasta los 12 si se comete contra una persona menor de 12 años.

Con todo en contra, incluso con la falta de credibilidad de su madre debido a la manipulación de G. R. D., “Mónica” se sostiene en esta lucha por sus hermanitos, en especial por uno que fue víctima de violencia familiar y posiblemente de violencia sexual.

“Cuando yo estaba con mi mamá, veía como ‘G’ le pegaba a mi hermano y antes de que yo le contara a mi abuela lo que estaba pasando, comencé a ver cambios en mi hermanito, cambios que igual pasaron conmigo: se comportaba mal, era grosero en la escuela, bajó sus calificaciones, se empezó a aislar. Yo sospecho que quizá le haría lo mismo que a mí”, concluyó la menor. 

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